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Observation (CEACR) - adopted 2003, published 92nd ILC session (2004)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - El Salvador (Ratification: 1995)

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1. Artículo 1 del Convenio. En relación con la observación de 2001, la Comisión toma nota de la detallada y completa memoria del Gobierno recibida en diciembre de 2002. El Gobierno indica en su memoria que, con el apoyo del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Oficina de Area de la OIT, ha sido posible ejecutar programas para hacer frente al desafío de reconstrucción luego de los terremotos que golpearon a El Salvador en enero y febrero del 2001. El Gobierno se refiere específicamente al Programa de Reactivación del Empleo Rural que además de rehabilitar 941.409 empleos durante el periodo enero/junio del 2001, permitió la reconstrucción de las infraestructuras siniestradas por causa de la catástrofe natural. Por otra parte, el Gobierno menciona su estrategia de creación de empleos mediante el aumento de exportaciones que provendrá de los nuevos tratados de libre comercio que han sido suscritos con sus principales socios comerciales. Dentro del marco de estas políticas se prevé que el empleo total en el sector de exportaciones llegue a 405.000 plazas de trabajo para el 2005. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre los resultados concretos alcanzados para la generación de empleo productivo por estas medidas. Sírvase comunicar toda otra información relativa a la reestructuración de la economía y a aquellos programas destinados al mercado laboral que se hayan ejecutado para armonizar la oferta y la demanda de mano de obra de manera de asegurar que las categorías de trabajadores afectadas por dichas transformaciones estructurales o los cambios en el comercio internacional puedan ingresar y permanecer en el mercado de trabajo.

2. Artículo 2. El Gobierno confirma - por medio de los datos estadísticos recopilados y comunicados - que pese a la disciplina macroeconómica alcanzada, la subutilización de recursos humanos continua a pesar sobre las perspectivas de desarrollo en El Salvador. La Comisión observa con preocupación que el subempleo - que afecta a cerca de un tercio de la población activa - golpea particularmente en las áreas rurales, provocando pobreza e incentivando las migraciones rural-urbanas. La urbanización del subempleo se manifiesta en el crecimiento de las actividades informales urbanas y en el aumento de la pobreza urbana. En este sentido, la Comisión agradecería al Gobierno que incluya en su próxima memoria, informaciones relativas a la evolución del subempleo en El Salvador. Asimismo, la Comisión confía en que el Gobierno le seguirá dando prioridad en sus planes al desarrollo de una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.

3. Artículo 3. En noviembre de 2002, la Oficina comunicó al Gobierno las observaciones de la Comisión Intersindical de El Salvador (CIES) sugiriendo, entre otras cuestiones, que el Gobierno no tendría una política de empleo. La abolición del Ministerio de Planificación y Coordinación del Desarrollo Social habría dificultado disponer de medios técnicos para preparar políticas de desarrollo y concretamente la del empleo. Las organizaciones de trabajadores no habrían sido tomadas en cuenta o consultadas para la formulación de una política del empleo. La CIES afirma también que el sector privado no tendría una acción favorable a la creación de empleos y frente a la desaceleración de la economía habría adoptado como respuesta única e inmediata el despido de trabajadores para poder competir. La Comisión toma también debida nota de los comentarios que ha hecho llegar el Gobierno, en diciembre de 2002, en relación con las observaciones de la CIES. El Gobierno se remite nuevamente a las medidas tomadas en el marco del Programa de Reactivación del Empleo Rural y a las expectativas de generar empleo en el sector de las exportaciones. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social desarrolla un plan nacional de empleo en coordinación con diferentes instituciones públicas y privadas a nivel nacional. Se destacan los estudios sobre el impacto de los programas de formación profesional desarrollado por el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP). El Gobierno reconoce que el valioso apoyo permanente que brinda la OIT a través de los diferentes programas y proyectos (fortalecimiento del diálogo social, gestión de empleo, fortalecimiento de las inspecciones de trabajo, erradicación del trabajo infantil, modernización del Ministerio de Trabajo) han contribuido para que El Salvador sea uno de los siete países de América Latina que ha registrado avances en materia de trabajo decente. La Comisión recuerda que el artículo 3 del Convenio dispone que las medidas que hayan de ser adoptadas en relación con la política del empleo deben tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, de manera de obtener su plena cooperación en la labor de formular y ejecutar la política de empleo. La Comisión confía que, en su próxima memoria, el Gobierno podrá dar mayores detalles de los esfuerzos desplegados para celebrar las consultas que requiere esta importante disposición y mostrar también la manera en que se ha tenido en cuenta la opinión de los representantes de las personas interesadas en las medidas de política del empleo - incluyendo la opinión de representantes del sector rural y de la economía informal - de manera de asegurar que se vayan alcanzando los objetivos del Convenio.

4. En una solicitud directa sobre la aplicación del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142), la Comisión evoca cuestiones relativas a la coordinación de las políticas de enseñanza y formación profesionales con perspectivas de oportunidades de empleo.

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