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Observation (CEACR) - adopted 2006, published 96th ILC session (2007)

Minimum Wage-Fixing Machinery Convention, 1928 (No. 26) - China (Ratification: 1930)

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Observation
  1. 2006
  2. 1995
  3. 1994
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  1. 2018

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La Comisión toma nota de las observaciones realizadas por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) sobre la aplicación del Convenio. La CIOSL alega que debido especialmente a la poca observancia y control, la mayoría de los trabajadores, en particular los trabajadores migrantes, no cobran el salario mínimo legal. Según la CIOSL, los directores de fábricas a menudo falsifican las tarjetas de tiempo y los registros de nóminas de pago a fin de no pagar los mínimos legales y también están demasiado generalizados los casos de impago y deducciones salariales ilegales, todo lo cual tiende a reducir los ingresos a niveles por debajo del mínimo, incluso los de las personas que de forma nominal reciben un salario superior al salario mínimo. La CIOSL también indica que la gran proporción de trabajadores sin contrato legal implica que decenas de millones de trabajadores no se benefician de las normas sobre salario mínimo. Asimismo, señala que en general los trabajadores desconocen las tasas de salario mínimo que se les tienen que aplicar, o están confundidos por varios pagos a destajo o cálculos complicados de tarifas horarias. Respecto a la función de las organizaciones de trabajadores, la CIOSL considera que la Federación de Sindicatos de China (ACFTU) no es un verdadero sindicato y no puede negociar de forma adecuada e independiente con las empresas privadas y el Gobierno. Aunque reconoce que recientemente se han conseguido mejoras en el marco jurídico relativo al cálculo y observancia de los salarios mínimos, la CIOSL lamenta el control insuficiente de las empresas que impide garantizar la observancia, los limitados medios de reparación judicial de los que disponen los trabajadores y el secretismo del Estado que impide el acceso a estadísticas claras, precisas y transparentes. La Comisión invita al Gobierno a transmitir comentarios sobre los puntos planteados en la comunicación de la CIOSL a fin de que pueda examinarlos detalladamente en su próxima reunión.

Asimismo, la Comisión dirige una solicitud directa al Gobierno sobre otros puntos.

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