National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. La Comisión toma nota de la detallada información contenida en la memoria recibida en septiembre de 2008, que incluye un documento muy descriptivo del Ministerio de Economía sobre los planes del Gobierno para el período 2008-2012. Se destacan cuatro programas estratégicos: solidaridad; gobernanza; productividad y regionalismo. Para fortalecer la actividad productiva se ha establecido un plan de emergencia relativo a la producción de cereales básicos, el arrendamiento de tierras y la entrega de fertilizantes, a precios subsidiados. Además, el Gobierno se propone diseñar una política agrícola que permita satisfacer las necesidades del consumo interno y comercializar los excedentes en el exterior. El Gobierno comunicó también las orientaciones básicas de la política monetaria, cambiaria y crediticia, aprobadas por el Banco de Guatemala. La Comisión expresa su aprecio por la información recibida y pide al Gobierno que continúe enviando memorias sobre la aplicación del Convenio que permitan examinar la manera en que se asegura que «el mejoramiento del nivel de vida» ha sido considerado como «el objetivo principal de los planes de desarrollo económico» (artículo 2 del Convenio). Sírvase precisar si se han alcanzado los resultados previstos en el plan del Gobierno para el período 2008-2012 y si se ha logrado aumentar la capacidad de producción y mejorar el nivel de vida de los productores agrícolas (artículo 4).
Parte IV. Salario. En una solicitud directa, la Comisión pide al Gobierno que envíe información sobre la manera en que asegura la aplicación del artículo 12 del Convenio, sobre los anticipos de remuneración de los trabajadores.
Parte VI. Educación y formación profesionales. La Comisión ha tomado nota de las informaciones transmitidas por el Gobierno sobre las carreras que ofrece el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP). La Comisión se remite a los comentarios relativos al Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) en relación con la adecuación entre la oferta en materia de educación y formación profesionales y las políticas del empleo.