ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajos no industriales), 1946 (núm. 78) - Bolivia (Estado Plurinacional de) (Ratificación : 1973)

Otros comentarios sobre C078

Solicitud directa
  1. 1992
  2. 1990

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

1. Artículo 1 del Convenio. En su memoria relativa al Convenio núm. 77, el Gobierno ha indicado que la adopción del Reglamento General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar permitirá la adopción de disposiciones relativas al examen médico de los menores. La Comisión espera que tales medidas serán aplicables a los menores empleados en trabajos no industriales.

2. Artículo 2. Véase el comentario formulado para el Convenio núm. 77.

3. La Comisión invita al Gobierno a tomar en consideración la Recomendación núm. 79 sobre el examen médico de los menores, en particular el párrafo 14 sobre métodos de aplicación relativo a los menores ocupados por cuenta propia o por cuenta de sus padres en el comercio ambulante o en cualquier otra profesión que se ejerza en la calle o en cualquier otro lugar público.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer