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Observación (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) - Guatemala (Ratificación : 1990)

Otros comentarios sobre C138

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La Comisión toma nota de una comunicación de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), de fecha 10 de enero de 2002, que contiene algunos comentarios sobre la aplicación del Convenio. Copia de dicha comunicación fue enviada al Gobierno, el 28 de enero de 2002, para que formulara los comentarios que estimase convenientes sobre las cuestiones que allí se plantean. Hasta la fecha, la Oficina no ha recibido los comentarios del Gobierno. A la espera de esa respuesta, la Comisión se refiere a la comunicación de la CIOSL en los siguientes comentarios.

En su comunicación, la CIOSL declara que el trabajo infantil está muy extendido en Guatemala. La CIOSL hace referencia a las estadísticas suministradas por el Gobierno, según las cuales, aproximadamente 821.875 niños de entre 7 y 14 años son económicamente activos, y la mayor parte de ellos trabajan en la agricultura o en actividades urbanas informales, tales como la limpieza de calzado y la participación en espectáculos callejeros. Los niños también se dedican a la mendicidad.

La CIOSL añade en su comunicación que los niños que trabajan son a menudo objeto de explotación y trabajan en las peores condiciones. La legislación relativa a la salud y la seguridad es inexistente y hay niños trabajando en actividades sumamente peligrosas, como las que se realizan en las fábricas de fuegos artificiales o en las canteras. La CIOSL subraya que la industria de los fuegos artificiales es especialmente peligrosa y que, con frecuencia, los niños resultan con graves heridas y perderían la vida a causa de los accidentes que se registran. Según la CIOSL, si bien la mayor parte de las actividades se efectúan en talleres familiares, aproximadamente el 10 por ciento de los niños trabajarían en fábricas, en las que se realizan los trabajos más peligrosos, entre los que cabe mencionar la dosificación de las mezclas explosivas.

La Comisión solicita al Gobierno tenga a bien comunicar sus comentarios sobre las declaraciones de la CIOSL.

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