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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129) - Noruega (Ratificación : 1971)

Otros comentarios sobre C129

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La Comisión toma nota de los comentarios de la Confederación de Comercio e Industria de Noruega (NHO) de septiembre de 2011, recibidos junto con la memoria del Gobierno el 18 de abril de 2012.
Artículos 6, 13, 18 y 24 del Convenio. Actividades de la inspección del trabajo en la agricultura. La Comisión toma nota de los comentarios de la NHO, en los cuales se indica que el número de visitas de inspección en la agricultura ha aumentado, tras una declaración de aplicación general de una convención colectiva en la agricultura emitida en 2010. Toma nota de que las inspecciones tienen como objetivo controlar los montos de los salarios, con el fin de evitar el «dumping social». No obstante, sólo un pequeño número de infracciones relativas a las condiciones salariales ha sido descubierto y un cierto número de conminaciones generales han sido emitidas en el área de la seguridad y la salud en el trabajo (SST). La Comisión toma nota asimismo de las informaciones proporcionadas por la NHO, según las cuales, la Asociación de Empleadores Agrícolas Noruegos lanzó en 2009 un proyecto piloto intitulado «El agricultor en tanto que empleador (de trabajadores extranjeros)», que culminó en mayo de 2011, pero debería ser objeto de un seguimiento. Dado que la agricultura noruega se compone de unidades muy pequeñas y que los agricultores tienen con frecuencia poca experiencia como empleadores, y por ende también pocos conocimientos sobre las cuestiones jurídicas y contractuales, el proyecto tiene como objetivo sensibilizar a los agricultores con respecto a sus responsabilidades como empleadores y mejorar sus conocimientos sobre las cuestiones jurídicas y contractuales. Según la NHO, esto debería permitir mejorar las condiciones de trabajo en la agricultura, incluso en lo que atañe a la SST. La Comisión toma nota igualmente de las informaciones que figuran sobre el sitio web de la Inspección Nacional del Trabajo sobre los derechos y las obligaciones de los trabajadores migrantes, incluso los términos y las condiciones de empleo, así como los salarios y los horarios de trabajo en la agricultura. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar informaciones sobre los efectos del aumento del número de visitas de inspección, y de las actividades de sensibilización en el sector agrícola y realizadas en colaboración con los interlocutores sociales, sobre las condiciones de trabajo y el número de accidentes de trabajo y de casos de enfermedad profesional en el sector. La Comisión solicita en particular al Gobierno que comunique estadísticas sobre las infracciones detectadas, las sanciones impuestas y los apercibimientos emitidos por los inspectores del trabajo.
Artículos 13 y 19. 1. Colaboración entre la inspección del trabajo y los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de las informaciones proporcionadas por la NHO sobre la firma de un protocolo por parte de los interlocutores sociales en el área de la agricultura, para el lanzamiento de una campaña sobre la SST en el sector, cuyo objetivo es reducir el número de accidentes del trabajo y de los casos de enfermedad profesional y que será ejecutada por «el servicio de SST en la agricultura». Este proyecto será financiado por los interlocutores sociales del sector y por actores privados. Este proyecto es igualmente apoyado en el marco del «Foro nacional de cooperación para la SST en la agricultura», presidido por el Ministro de la Alimentación y de la Agricultura. La Comisión toma nota además de que la NHO alude al plan para establecer un comité de SST, sobre el modelo de los comités existentes en la silvicultura y la pesca, que comenzará a funcionar este año. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información detallada sobre los proyectos mencionados (actividades llevadas a cabo, el efecto de esas actividades sobre las condiciones de trabajo en la agricultura, el número de accidentes del trabajo y de los casos de enfermedad profesional en el sector, etc.), así como sobre la contribución o la participación de los inspectores del trabajo a este respecto. La Comisión agradecería asimismo al Gobierno que se sirva comunicar información sobre el mandato y la composición del «servicio de SST en la agricultura» y del comité de SST en el sector.
2. Notificación de los accidentes del trabajo y de los casos de enfermedad profesional. En relación con los progresos realizados con el establecimiento de un módulo especial para el registro de los accidentes del trabajo, como parte de la base nacional de datos sobre accidentes y lesiones, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual se espera que el módulo tenga plena aplicación en un futuro próximo. Además, en relación con los progresos realizados con el establecimiento de un sistema de registro electrónico de los accidentes del trabajo y de los casos de enfermedad profesional, conocido como «Red de Salud», el Gobierno se refiere a las dificultades técnicas, pero indica que prosigue el trabajo para su establecimiento, en colaboración con la Asociación Médica de Noruega y el Ministerio de Salud. Tras sus comentarios anteriores al respecto, la Comisión también toma nota de que aún no se ha comunicado copia del documento sobre el sistema obligatorio de gestión de la calidad, que incluye aspectos de seguridad y salud en el trabajo, establecido por la Cooperación Agrícola Noruega y compañías clientes de las explotaciones agrícolas, que el Gobierno indica se adjunta a la memoria. La Comisión espera que el Gobierno pueda informar a la OIT, en un futuro próximo, de los progresos logrados en términos de la transmisión a la inspección del trabajo de datos sobre los accidentes del trabajo y los casos de enfermedad profesional, y de su impacto en las actividades de prevención de los riesgos laborales en las empresas agrícolas y sus resultados.
La Comisión solicita una vez más al Gobierno que transmita una copia del documento relacionado con el sistema obligatorio de gestión de la calidad, incluidos los aspectos de salud y seguridad en el trabajo, establecido por la Cooperación Agrícola Noruega y las compañías clientes de las explotaciones agrícolas.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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