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Observación (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

Convenio sobre el descanso semanal (comercio y oficinas), 1957 (núm. 106) - Chipre (Ratificación : 1966)

Otros comentarios sobre C106

Observación
  1. 1991
  2. 1987
Solicitud directa
  1. 2022
  2. 2013
  3. 2009
  4. 2003

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En relación a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con satisfacción de la promulgación del decreto de 18 de mayo de 1990 sobre la duración del trabajo de los empleados (enmendado), que prevé expresamente que en los casos en los que el trabajo ha de realizarse durante el día de descanso semanal, deberá garantizarse un descanso compensatorio, de acuerdo con el artículo 8, párrafo 3, del Convenio.

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