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Observación (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Hungría (Ratificación : 1957)

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La Comisión toma nota de los comentarios de la Confederación Nacional de los Sindicatos de Hungría (MSZOSZ), que se refieren a las leyes núms. 28, de 11 de julio de 1991 (sobre la protección de los bienes sindicales y la garantía a los trabajadores de iguales oportunidades de organizarse y a sus organizaciones de funcionar) y 29, de 11 de julio de 1991 (sobre las cotizaciones sindicales voluntarias) que, a juicio de la MSZOSZ, ponen trabas al derecho de los sindicatos de organizar libremente la administración de sus bienes, del mismo modo que las disposiciones del Código de Trabajo de 1992 y de la ley núm. 33, de 1992, sobre el estatuto de los funcionarios, que opera una distinción entre los sindicatos más representativos y los demás.

La Comisión solicita al Gobierno se sirva responder a estas observaciones añadiendo las observaciones que estime útiles a efectos de que la Comisión pueda tratar estas cuestiones específicas en su próxima reunión.

[Se ruega al Gobierno comunicar una memoria detallada para el período que finaliza el 30 de junio de 1993.]

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