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Observación (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129) - Madagascar (Ratificación : 1971)

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La Comisión toma nota con satisfacción de las informaciones proporcionadas por el Gobierno, en relación con la observación general de 1999. Sobre las acciones tomadas para organizar y reforzar las misiones de los inspectores del trabajo en materia de lucha contra el trabajo infantil. Una encuesta realizada en el marco del proyecto OIT/IPEC demostró que el trabajo de los niños es tan importante en el medio rural como en el medio urbano. Los inspectores del trabajo que ejercen en todo el territorio recibieron en mayo de 2000 formación para reforzar sus competencias en materia de control del trabajo infantil. La Comisión observa que esta formación les ha sensibilizado sobre los perjuicios del trabajo infantil y les ha permitido definir las acciones que se deben tomar para mejorar el control de la eliminación del fenómeno. Agradecería al Gobierno que le comunique de manera regular las informaciones disponibles en la materia, que indique los progresos realizados y que señale las dificultades encontradas por los inspectores del trabajo en el cumplimiento de esta misión.

Asimismo, la Comisión toma nota con interés de las informaciones proporcionadas por el Gobierno respecto a la manera en que se ha dado efecto al párrafo 2 del artículo 9 del Convenio del cual se desprende que, aunque el sistema de inspección tiene un campo de competencia general, existe la necesidad de dar una preparación específica a los inspectores destinados a ejercer en la agricultura. Haciendo asimismo notar que está previsto, en el proyecto de revisión de la legislación del trabajo, convertir en efectivos los controles de inspección sobre las condiciones del trabajo así como sobre las condiciones de vida en el sector agrícola, la Comisión agradecería al Gobierno que indique la fórmula de formación que se aplica en el marco de asistencia técnica para los inspectores de la agricultura: entre una especialización en el seno de la Escuela Nacional de Administración de Madagascar (ENAM) o en el extranjero por concesión de una beca de estudios.

La Comisión dirige directamente al Gobierno una solicitud respecto a otros puntos.

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