National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión lamenta tomar nota de que por quinta vez consecutiva no se ha recibido la memoria del Gobierno. Expresa la esperanza de que el Gobierno estará en condiciones de proporcionar una memoria para su examen por la Comisión en su próxima reunión.
2. La Comisión toma nota del programa Better Factories Cambodia (Mejora de Fábricas en Camboya) creado en 2001, gestionado por la OIT y apoyado por el Gobierno, la Asociación de Fabricantes de Prendas de Vestir de Camboya (GMAC) y los sindicatos (véase http://www.betterfactories.org/ILO/). El programa está financiado por los gobiernos de los Estados Unidos, Francia y Camboya, así como por la GMAC y compradores internacionales. Better Factories Cambodia crea servicios para ayudar a que la industria mejore las condiciones de trabajo, así como la calidad y la productividad. Además está ofreciendo progresivamente a la industria una serie de oportunidades de formación y de recursos. La Comisión agradecería recibir mayor información sobre el resultado de este programa y la manera en que contribuye a la creación de empleo.
3. En memorias anteriores recibidas hasta el 2000, el Gobierno había indicado que la creación de empleo era la estrategia más importante para lograr la reducción de la pobreza. La Comisión había tomado nota con anterioridad que una mayor diversificación de la actividad económica era necesaria a los fines de la reducción de la pobreza y la creación de empleo. En consecuencia, agradecería recibir mayores informaciones sobre los progresos realizados para diversificar la economía, en particular en lo concerniente al desarrollo agrícola y rural. Además, solicita al Gobierno que facilite información en su próxima memoria sobre las medidas tomadas para garantizar que el empleo, como elemento clave en la reducción de la pobreza, es un componente esencial de la política macroeconómica y social. Además, sería necesario poder examinar información sobre los resultados obtenidos para mejorar la oferta de formación y orientación profesional así como en el fomento de una cultura empresarial (artículos 1 y 2 del Convenio y Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189)).
4. La Comisión había tomado nota con anterioridad de que las estadísticas del país no eran muy fiables y que la OIT había proporcionado asistencia al ministerio competente para la elaboración de indicadores del mercado laboral. A este respecto, la Comisión recuerda la importancia de establecer un sistema para la compilación de datos del mercado de trabajo y solicita al Gobierno que informe sobre todo progreso realizado en este ámbito y facilite en su próxima memoria informaciones sobre las medidas de la política de empleo adoptadas como consecuencia del establecimiento de nuevos sistemas de información.
5. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión había tomado nota con anterioridad de que en 1999 se había constituido una Comisión Consultiva Laboral. Sírvase proporcionar informaciones sobre las actividades de la Comisión Consultiva Laboral, incluida información sobre si se la consulta en la elaboración y revisión de las políticas y programas de empleo. Sírvase también proporcionar informaciones sobre la manera en que se tienen en cuenta las opiniones de las personas interesadas, como los trabajadores de los sectores rural e informal (artículo 3).
6. Por último, la Comisión subraya que la preparación de una memoria detallada, incluyendo las indicaciones solicitadas en la presente observación, proporcionará al Gobierno y a los interlocutores sociales una oportunidad de evaluar el logro de los objetivos del pleno empleo productivo, previstos en el Convenio. La Comisión señala a la atención del Gobierno que puede recurrir a la asistencia técnica de la Oficina, que podrá ser de utilidad para el cumplimiento de la obligación de presentar memorias y la aplicación de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.