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Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - Noruega (Ratificación : 1996)

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Artículo 2 del Convenio. Inclusión de cláusulas laborales en los contratos celebrados por las autoridades públicas. La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación de Comercio e Industria de Noruega (NHO) sobre el impacto de la reciente evolución legislativa en la aplicación del Convenio. Más concretamente, la NHO expresa su oposición a los términos de la nueva cláusula sobre salarios y condiciones laborales que había entrado en vigor en marzo de 2008 y que es en la actualidad aplicable a todas las ofertas, tanto de las autoridades centrales como de las autoridades municipales. Según la Confederación de Empleadores, existen unas reglas superpuestas — e incluso contradictorias —, en el terreno de los salarios y de las condiciones laborales aplicables a los trabajadores extranjeros, incluidos la Ley de Inmigración, el Reglamento sobre los trabajadores desplazados, la Ley relativa a la Aplicación General de los Acuerdos Salariales y el nuevo Reglamento sobre las condiciones de trabajo en los contratos celebrados por las autoridades públicas, que sólo pueden generar una incertidumbre añadida en cuanto a los requisitos que son verdaderamente aplicables. La NHO agrega que, como consecuencia, será muy difícil interpretar y aplicar en la práctica la nueva cláusula. La Comisión solicita al Gobierno que comunique todo comentario que pueda querer realizar en respuesta a las observaciones de la NHO.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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