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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - El Salvador (Ratificación : 2000)

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Artículo 4, párrafos 1 y 3, del Convenio. Determinación y examen periódico de los tipos de trabajo peligrosos. La Comisión toma nota con interés de que el acuerdo núm. 241 publicado en el Diario Oficial del mes de agosto de 2011 establece una lista detallada de trabajos peligrosos prohibidos a los niños y adolescentes menores de 18 años, y que incluye 29 ámbitos de actividades diferentes.
Artículo 5 del Convenio. Mecanismos de control. Inspección del trabajo. La Comisión tomó nota anteriormente de que se estaba implementando en el país un proyecto de la OIT para la modernización de los servicios de inspección del trabajo y de que una de las partes de ese proyecto concierne al trabajo infantil. La Comisión pidió al Gobierno que transmitiera información sobre las medidas adoptadas en el marco de ese proyecto para mejorar el sistema de inspección del trabajo en lo que respecta a la erradicación de las peores formas de trabajo infantil.
La Comisión toma nota con interés de las informaciones comunicadas por el Gobierno, según las cuales, la Dirección general de Inspección del Trabajo está incrementando sus efectivos, y de 21 inspectores en el año 2000, se tiene previsto llegar en el año 2010 a un número de 208 inspectores. La Comisión también toma nota de que se han modificado los horarios de trabajo de los inspectores para que puedan iniciar su jornada a partir del momento en que es más probable detectar casos de trabajo infantil, especialmente en el sector agrícola. La Comisión toma nota de que, según la información que contiene el informe definitivo de la OIT/IPEC de marzo de 2010 sobre la implementación de la fase II del programa de duración determinada (PDD) (informe definitivo de la OIT/IPEC), todas las oficinas departamentales y regionales del Ministerio de Trabajo disponen de un agente encargado de coordinar las actividades relativas al trabajo infantil en el terreno y de informar a la Unidad para la erradicación del trabajo infantil dependiente el Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Además, durante la aplicación de la fase II del PDD (entre octubre de 2006 y diciembre de 2009) se han realizado 2.857 inspecciones específicas en las plantaciones de caña de azúcar y de café, en la industria pirotécnica y en el sector de la pesca.
Sistema de vigilancia y control del trabajo infantil. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que se está diseñando un nuevo programa informático denominado SVYSTI (Software de Vigilancia y Seguimiento de Trabajo Infantil) sobre la base de un sistema piloto de vigilancia y control de trabajo infantil creado en el marco de la implementación de la fase II del PDD. Este sistema trata de obtener la participación activa de la comunidad a través de los comités comunitarios o locales a fin de que la vigilancia del trabajo infantil en el ámbito comunitario sea apoyada por un sistema de remisión que establezca un vínculo entre los servicio competentes y los niños retirados del trabajo. Además, este sistema permite seguir la evolución de los niños retirados de su trabajo a fin de evitar que vuelvan a la situación anterior. La Comisión también toma nota de que el programa informático SVYSTI se está rediseñando para lograr una mejor sistematización de la información compilada. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien seguir comunicando informaciones sobre la implementación del sistema de vigilancia y control de trabajo infantil SVYSTI en el ámbito nacional.
Artículo 6. Programas de acción. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que el Gobierno ha elaborado, en colaboración con la OIT/IPEC, una «Hoja de ruta» para hacer del Salvador un país libre de trabajo infantil y sus peores formas. Este programa constituye el marco estratégico nacional destinado a realizar los objetivos definidos en la Agenda para el trabajo decente en las Américas — Agenda Hemisférica —, a saber, la erradicación de las peores formas de trabajo infantil en 2015 y la erradicación de trabajo infantil en todas sus formas en 2020. El marco estratégico propuesto por la Hoja de ruta comprende seis dimensiones: i) lucha contra la pobreza; ii) salud; iii) educación; iv) protección integral de los derechos y marco jurídico e institucional; v) sensibilización y movilización social, y vi) creación de conocimientos y seguimiento. La Comisión solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre las medidas adoptadas en el marco de la aplicación de la Hoja de ruta con miras a lograr la erradicación de las peores formas de trabajo infantil en 2015.
Artículo 7, párrafo 2. Medidas efectivas en un plazo determinado. Apartados a) y b). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil y librarlos de esas peores formas de trabajo. Aplicación del PDD. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de los resultados obtenidos al finalizar la aplicación de la fase II del PDD. Según el informe definitivo de la OIT/IPEC, se han retirado del trabajo e inscrito en un programa educativo incluido en el proyecto a 3.249 niños entre octubre de 29.006 y diciembre de 2009. La mayor parte (80 por ciento) finalizó dicho programa. Además, 120 niños ingresaron en un programa de aprendizaje, que fue finalizado por el 95 por ciento de los asistentes. Por lo que respecta a la prevención, se impidió la ocupación de 9.555 niños, que fueron inscritos en un programa educativo incluido en el proyecto. Además, 746 familias se beneficiaron de servicios destinados a generar ingresos alternativos. La Comisión observa que el PDD finalizó en diciembre de 2009. Al tomar nota de que ha finalizado la fase II del PDD, la Comisión solicita al Gobierno tenga a bien transmitir informaciones sobre las medidas adoptadas o previstas en un plazo determinado, en particular en el marco de la aplicación de la Hoja de ruta, para impedir que los niños sean víctimas de las peores formas de trabajo infantil, prever la ayuda directa necesaria y apropiada para librarlos de esas peores formas y asegurar su rehabilitación e integración social. A este respecto, la Comisión solicita tenga a bien comunicar informaciones sobre los resultados obtenidos indicando el número de niños a los que se impidió efectivamente su ocupación o que fueron retirados de esas peores formas de trabajo y que se beneficiaron de medidas de reinserción.
Artículo 8. Cooperación y asistencia internacional. Reducción de la pobreza. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó buena nota de las medidas adoptadas en el marco del programa «Red Solidaria» para reducir la pobreza. En particular, la Comisión tomó nota de que, de octubre de 2005 a diciembre de 2008, 48.659 familias de 47 municipios pobres se beneficiaron de este programa. Además, estaba previsto que en 2008, el programa se aplique en 77 municipios pobres o de extrema pobreza.
La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno según las cuales el programa Red Solidaria y Oportunidades finalizó en 2009. La Comisión toma nota de que se ha lanzado un nuevo programa de transferencia monetaria, denominado «Comunidades solidarias urbanas y comunidades solidarias rurales». Este programa está encaminado, en particular, a incorporar a los niños en el sistema escolar y brindarles un servicio de salud. La Comisión también toma nota de que la lucha contra la pobreza es uno de los objetivos de la Hoja de ruta para hacer del Salvador un país libre de trabajo infantil y de sus peores formas, elaborado por el Gobierno salvadoreño. En efecto, según el documento marco que determina el ámbito estratégico de la Hoja de ruta, en 2007, el 40 por ciento de la población del Salvador vivía en la pobreza, y de esa cifra el 15,6 por ciento estaba debajo del nivel de pobreza. A este respecto, la Comisión observa que el Comité de los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 17 de febrero de 2010 sobre los informes periódicos tercero y cuarto del Salvador (documento CRC/C/SLV/CO/3-4, párrafo 66), expresó su inquietud por el hecho de que, aunque la pobreza haya disminuido, seis de cada diez niños viven todavía en esa situación y siguen siendo considerables las disparidades entre las zonas rurales y las urbanas. Al considerar que los programas de reducción de la pobreza contribuyen a salir del círculo de la pobreza, esencial para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, la Comisión alienta encarecidamente al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos y solicita tenga a bien comunicar informaciones sobre los resultados obtenidos al finalizar el programa «Comunidades solidarias urbanas y comunidades solidarias rurales», así como sobre las medidas concretas adoptadas en el marco de la Hoja de ruta para combatir la pobreza infantil.
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