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Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Convenio sobre el benceno, 1971 (núm. 136) - Guyana (Ratificación : 1983)

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La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Expresa su profunda preocupación al respecto. Espera que la próxima memoria contenga información completa sobre los asuntos planteados en sus comentarios anteriores.
La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no comunica ninguna información sobre la aplicación del Convenio, tanto en la ley como en la práctica. La Comisión reitera que las leyes y reglamentaciones nacionales actuales son demasiado generales para dar pleno efecto a las disposiciones del Convenio y que deberían adoptarse medidas específicas para regular el uso del benceno y de los productos que contienen benceno, de conformidad con el Convenio. En consecuencia, la Comisión solicita una vez más al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar que se apliquen, en la ley y en la práctica, las disposiciones del Convenio. La Comisión también quisiera informar al Gobierno que la Oficina está disponible para brindar la asistencia técnica pertinente, a efectos de asistir en sus esfuerzos orientados a armonizar la ley y la práctica nacionales con este Convenio.
La Comisión espera que el Gobierno no escatime esfuerzos para adoptar, en un futuro próximo, las medidas necesarias.
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