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Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

La Comisión toma nota de la información complementaria proporcionada por el Gobierno a la luz de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 338.ª reunión (junio de 2020). La Comisión procede a examinar la aplicación del Convenio sobre la base de la información complementaria recibida del Gobierno este año, así como sobre la base de la información de la que disponía en 2019.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas relativas a la política del empleo. Impacto de la COVID-19. En sus observaciones anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que comunicara información sobre el impacto de las medidas en materia de empleo adoptadas en el marco de sus dos estrategias clave: el Plan de Acción para el Empleo y los Caminos hacia el trabajo 2016-2020. También pidió al Gobierno que siguiera proporcionando información sobre los procedimientos para decidir y examinar las medidas de empleo aplicadas en el marco de una política económica y social general. La Comisión toma nota con interés de que el Plan de Acción para el Empleo ha generado un fuerte crecimiento del empleo. En su memoria complementaria, el Gobierno indica que, en el primer trimestre de 2020, el empleo total había aumentado a 2 353 500 personas, lo que representa 490 300 personas más con empleo desde que se puso en marcha el Plan de Acción para el Empleo en 2012. La Comisión toma nota asimismo de que se trata de las cifras de empleo más elevadas jamás registradas en el país y que superan considerablemente el objetivo de 2,1 millones fijado por el Gobierno para 2020. El Gobierno indica que la tasa de desempleo, que alcanzó su punto máximo de casi el 16 por ciento en 2012 había descendido al 4,7 por ciento en el primer trimestre de 2020 y el desempleo de larga duración se había reducido al 1,2 por ciento, muy por debajo del objetivo del 2,5 por ciento establecido en «Caminos hacia el trabajo 2016-2020». La Comisión toma nota de que las políticas del Gobierno habían aumentado la tasa de empleo en más del 15 por ciento en las ocho regiones desde el primer trimestre de 2012 hasta el primer trimestre de 2020. La Comisión toma nota, además, de que se han superado los objetivos establecidos en el Programa para el Gobierno en 2016 para la creación de 200 000 puestos de trabajo adicionales para 2020, incluidos 135 000 puestos de trabajo fuera de Dublín, con un total de 272 700 puestos de trabajo creados. El Gobierno indica que el impacto de la COVID-19 en la economía de Irlanda se pone de manifiesto en las cifras de la Encuesta sobre la Fuerza de Trabajo para el segundo trimestre de 2020, que indican que el empleo se redujo en 149 800 (-6,3 por ciento), con lo que el empleo total se redujo a 2 222 500. La Comisión toma nota de que, en junio de 2020, se introdujo un nuevo Programa para el Gobierno, en el que se establece el nuevo objetivo de crear 200 000 puestos de trabajo adicionales para 2025. En cuanto a los procedimientos para decidir y revisar las medidas de empleo aplicadas, el Gobierno indica que se utiliza un conjunto de hitos y parámetros como indicadores de progreso para abordar los desafíos y cumplir con la iniciativa «Caminos hacia el trabajo 2016-2020». Los progresos en relación con los hitos se presentan trimestralmente al Comité del Gabinete y los parámetros se publican en el sitio web del Departamento y se revisan y actualizan anualmente para reflejar los principales retos y cuestiones que se abordan cada año en el marco de esta estrategia. La Comisión toma nota de que, según la información complementaria proporcionada por el Gobierno, la mayoría de las actividades de «Caminos hacia el trabajo 2016-2020» ya se han completado y reflejan el panorama económico muy diferente resultante de la pandemia de COVID 19. A este respecto, el Gobierno indica que el Departamento de Asuntos de Empleo y Protección Social (DEASP) está elaborando una estrategia sucesora para el periodo 2020-2025, encaminada a garantizar que se logren resultados positivos en el mercado laboral para todos los grupos de la sociedad irlandesa y que la fuerza de trabajo irlandesa esté bien situada para responder a los desafíos económicos actuales y futuros. El Gobierno indica además que el DEASP seguirá examinando sus programas de activación del mercado laboral para asegurarse de que se mantengan en consonancia con las necesidades del mercado laboral. Se prevé que el Consejo Asesor del Mercado Laboral siga siendo un componente importante del proceso de recuperación, y que proporcione orientación sobre las respuestas de política activa del mercado laboral necesarias para hacer frente a los desafíos económicos a los que se enfrenta Irlanda de forma inmediata y a más largo plazo. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información detallada y actualizada, incluidos datos estadísticos desglosados por sexo, edad, región y sector económico, sobre el impacto de la pandemia de COVID-19 en el empleo, el desempleo y el subempleo visible y sobre las medidas adoptadas o previstas para hacer frente a los desafíos que se plantean. La Comisión pide además al Gobierno que proporcione información sobre la aplicación y los resultados del nuevo Programa de creación de 200 000 empleos adicionales para 2025. Se pide asimismo al Gobierno que proporcione información actualizada sobre la elaboración, la aplicación y los efectos de la estrategia de empleo para el periodo 2020-2025.
Políticas y programas de educación y formación. La Comisión había pedido anteriormente al Gobierno que proporcionara información sobre las repercusiones del Plan de Acción para la educación, la Estrategia nacional de formación de 2025 y la Estrategia nacional para mejorar la educación y la formación de 2014 a 2019. El Gobierno indica que el examen anual del Plan de Acción para la Educación registra una tasa de rendimiento del 85 por ciento para 2018, que se eleva al 86 por ciento en el primer trimestre de 2019. Entre los principales logros del Plan de Acción de 2018 a 2020 figuran: el establecimiento de la Universidad Tecnológica de Dublín; una encuesta de satisfacción de los empleadores, así como la puesta en marcha de once nuevos programas de aprendizaje en 2019 y tres en 2020. El Gobierno indica que, gracias al Plan de Acción para ampliar el aprendizaje y la formación para el periodo 2016-2020, el número de programas de aprendizaje ha aumentado de 25 a 58 y se están elaborando otros 20. También se han revisado las vías de participación en el aprendizaje para asegurar que el sistema nacional de aprendizaje sea más inclusivo de diversos orígenes y accesible para todos. Además, el Gobierno puso en marcha una plataforma nacional de empleos de aprendices en 2019 (www.apprenticeshipjobs.ie) y se creó una campaña nacional de promoción, Generación Aprendizaje, para promover la participación y las oportunidades de aprendizaje a nivel local, regional y nacional. La Comisión toma nota de que el número de empleadores que participan en el sistema de aprendizaje aumentó de 3 558 en 2015 a más de 6 000 en 2019 y que las inscripciones anuales de nuevos aprendices aumentaron de 3 153 a 6 177 entre 2015 y 2019. El Gobierno indica que la pandemia de COVID-19 ha repercutido en la contratación en los programas de aprendizaje, ya que la contratación se redujo en un 60 por ciento a mediados de 2020. Se ha introducido un Plan de Incentivos para el Aprendizaje, de duración limitada, para los empleadores de aprendices, en virtud del cual se paga una subvención de 3 000 euros durante un periodo de dos años por cada nuevo aprendiz que se registrado entre el 1.º de marzo y el 31 de diciembre de 2020 y retenido en el tercer trimestre de 2021. Con respecto a la Estrategia Nacional en materia de calificaciones para 2025, el Gobierno indica que el nivel de participación de los adultos en el aprendizaje permanente en Irlanda aumentó del 6,9 por ciento en 2016 al 12,6 por ciento en 2019. Se han establecido un Consejo Nacional de Aptitudes y un Grupo de Expertos sobre futuras necesidades en materia de competencias (EGFSN) para asesorar al Gobierno sobre las futuras necesidades de aptitudes y las cuestiones conexas del mercado de trabajo que puedan repercutir en el potencial nacional de crecimiento del empleo. El Gobierno añade que se han establecido nueve foros regionales sobre conocimientos especializados para colaborar con los empleadores, las empresas y los proveedores de educación y formación a nivel regional a fin de adaptar las respuestas a las necesidades de conocimientos especializados. En 2019, esos Foros se ocuparon de más de 1 498 empresas, el 75 por ciento de las cuales eran pequeñas, medianas y microempresas. La Comisión toma nota de la aplicación de la Estrategia para mejorar la educación y la formación para 2014-2019, que ha permitido realizar importantes progresos en materia de educación y que se evalúa y revisa periódicamente. El Gobierno indica que, como parte del presupuesto de 2018, se ha aumentado la tasa del gravamen del Fondo Nacional de Formación (NTF) (del 0,1 por ciento en 2018 al 0,8 por ciento y otro 0,1 por ciento tanto en 2019 como en 2020) y se ha adjuntado al fondo un conjunto de reformas, elaborado en consulta con los empleadores, para que responda mejor a las necesidades de estos. El Gobierno indica además que, como parte del paquete de reformas, se han implementado diversas políticas y programas, como Skills to Advance, Springboard+ y Skillnet Ireland, para promover el perfeccionamiento y la readaptación de la fuerza de trabajo actual. La Comisión toma nota de que Skills to Advance, que es un marco normativo de desarrollo de los empleados, permite prestar apoyo específico a los grupos en situación de vulnerabilidad de la fuerza de trabajo irlandesa, centrándose en particular en aquellos con niveles de habilidad más bajos. También apoya a las pequeñas y medianas empresas en el desarrollo de su fuerza de trabajo. La Comisión toma nota, además, de que el Gobierno también ha iniciado el programa «Skill to Compete» en respuesta a la urgente necesidad de activar, perfeccionar y readaptar a los trabajadores que han sido desplazados de sus puestos de trabajo como consecuencia de la COVID-19. Este programa proporcionará 19 000 plazas adicionales a tiempo completo y parcial, dando prioridad a la colocación de las personas que han perdido sus empleos como resultado de la pandemia. El Gobierno prevé que se necesitará un periodo de al menos 18 meses para hacer frente plenamente a la perturbación del mercado laboral causada por la COVID-19. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando información detallada y actualizada, incluidas estadísticas desglosadas por edad y sexo, sobre el impacto del Plan de Acción para la Educación, la Estrategia Nacional en materia de calificaciones para 2025, los programas de aprendizaje y otras medidas pertinentes, en cuanto a permitir que los jóvenes, las mujeres y las personas pertenecientes a grupos desfavorecidos obtengan un empleo duradero. La Comisión pide además al Gobierno que proporcione información sobre las repercusiones de las iniciativas y programas de perfeccionamiento y readaptación profesional, como los programas Skill to Compete y Springboard+ 2020, en las personas que han perdido su empleo como consecuencia de la COVID-19 y en las tendencias del empleo.
Artículo 3. Consultas con los interlocutores sociales. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno proporcionase más información sobre las actividades del Foro Económico de los Empleadores y Trabajadores (LEEF) con respecto a la elaboración, la aplicación y el examen de medidas y programas coordinados en materia de política de empleo y sus vínculos con otras políticas económicas y sociales. En su información complementaria, el Gobierno indica que, en respuesta a la COVID 19, en mayo de 2020 se introdujo el Protocolo nacional de regreso al trabajo en condiciones de seguridad. Su finalidad es apoyar a los empleadores y a los trabajadores en la aplicación de medidas para prevenir la difusión de la COVID-19 en el lugar de trabajo. La iniciativa fue dirigida conjuntamente por el Departamento del Primer Ministro (el Taoiseach), el Departamento de Negocios, Empresa e Innovación y la Autoridad de Salud y Seguridad. El Protocolo se elaboró y aprobó tras el debate celebrado en la LEEF, como foro de diálogo de alto nivel entre el Gobierno, los sindicatos y los representantes de los empleadores sobre cuestiones de importancia estratégica nacional. La Comisión toma nota de que se ha establecido un subgrupo de la LEEF para supervisar la aplicación del Protocolo en toda Irlanda, en paralelo con los requisitos legales vigentes en materia de salud y seguridad en el trabajo. La Comisión pide al Gobierno que siga dando ejemplos de la participación de los interlocutores sociales en el desarrollo, la aplicación y el examen de las medidas adoptadas para fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido, incluidas las medidas destinadas a superar el profundo impacto de la COVID-19 en el mercado laboral.

Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas de política del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que proporcionara información sobre la aplicación del artículo 2 del Convenio, incluso sobre la manera en la que se adoptan y examinan las medidas de política del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que continúa combatiendo el desempleo a través de dos estrategias clave: el Plan de acción para el empleo (Action Plan for Jobs (APJ)) y la estrategia caminos hacia el trabajo (Pathways to Work). El APJ complementa la estrategia Pathways to Work que tiene por objetivo ayudar a los desempleados y a los jóvenes a encontrar empleo. A través de estas dos estrategias el Gobierno pretende que en 2018 haya 2,1 millones de personas que trabajan. Con arreglo al examen realizado en 2014 por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) del proceso relativo a la estrategia APJ, se estableció un marco de evaluación del rendimiento para vincular más claramente estas acciones a los objetivos estratégicos de alto nivel del Gobierno. El APJ se publica cada año y aprovecha los progresos logrados a través de planes anteriores. La Comisión toma nota de que los principales objetivos del actual APJ, iniciado en febrero de 2017, para el horizonte 2020 son: aumentar el número de personas que trabajan en 200 000; sumar 45 000 nuevos trabajos, y reducir la tasa de desempleo hasta el 6 por ciento. Entre junio de 2015 y enero de 2016, se publicaron ocho estrategias APJ regionales con las que se pretende incrementar el empleo entre un 10 y un 15 por ciento más en cada región, para 2020, y garantizar que en esas regiones la tasa de desempleo se encuentra dentro de un margen del 1 por ciento de la media estatal. Los objetivos principales de los APJ regionales incluyen incrementar el número de emprendedores/nuevas empresas en cada región en al menos el 25 por ciento, que estos emprendedores o nuevas empresas estén operativos más de cinco años y hacer que aumente la inversión extranjera directa en cada región un 30 o 40 por ciento. La segunda estrategia clave del Gobierno, Pathways to Work 2016-2020, adoptada en enero de 2016, recoge medidas para apoyar el acceso al mercado de trabajo de los desempleados de larga data y de los jóvenes desempleados. El Gobierno añade que esta estrategia tiene por objetivo revertir el gran aumento del número de desempleados que buscan trabajo y figuran en el barómetro de los niveles de desempleo. La estrategia Pathways to Work 2012-2015 ha desempeñado un papel fundamental para incrementar el número de personas que trabajan, que pronto superarán los 2 millones, y para que entre 2012 y 2015 el número de desempleados se redujera aproximadamente el 30 por ciento y la tasa global de desempleo se redujera hasta el 8,8 por ciento. Además, según el informe de 2017 del APJ, el número de jóvenes desempleados se redujo, pasando de 61 700 en diciembre de 2012 a 29 400 en diciembre de 2016. Reconociendo que del examen de otros procesos de recuperación se ha aprendido que por sí sola la creación de empleo no es suficiente para alcanzar el pleno empleo, Pathways to Work 2016 2020, que se lleva a cabo a través de amplias consultas con las partes interesadas y los trabajadores de primera línea que proporcionan servicios del empleo, refleja una transición de la «activación en tiempo de recesión» a la «activación en tiempo de recuperación y crecimiento». La Comisión se refiere a sus comentarios con arreglo al Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), en los que toma nota de que, sobre la base de seis líneas de acción, la estrategia se centra en: mejorar el empleo, la educación y los servicios de formación para los solicitantes de empleo; las reformas a fin de que trabajar resulte rentable, y en incrementar la colaboración con los empleadores a fin de ofrecer oportunidades de empleo. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el impacto de las medidas de empleo adoptadas con arreglo a estas dos estrategias: Action Plan for Jobs y Pathways to Work 2016-2020. También pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre los procedimientos para determinar y revisar las medidas de empleo aplicadas en el marco de una política económica y social general.
Políticas y programas de educación y formación. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que en septiembre de 2016 se adoptó el primer Plan de acción para la educación 2016-2019, que tiene por objetivo que para 2026 el servicio irlandés de educación y formación sea el mejor de Europa. Prevé la realización de consultas con las partes interesadas para elaborar y supervisar cada programa anual. La Comisión toma nota de que en el contexto de una importante reforma de la educación y la formación, el Gobierno inició la Estrategia nacional de formación 2025, que tiene por objetivo apoyar el desarrollo de una fuerza de trabajo bien educada, bien formada y adaptable, y la Estrategia para mejorar la educación y la formación 2014-2019, que facilita el aprendizaje durante toda la vida, la inclusión social y el acceso a oportunidades de educación y formación. Estas estrategias incluyen entre sus principales prioridades hacer frente al desafío del desempleo y establecer programas de desarrollo de las capacidades que ayuden a los solicitantes de empleo a readaptarse profesionalmente y mejorar sus calificaciones, especialmente en áreas en las que están surgiendo oportunidades de empleos sostenibles. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre el impacto del Plan de acción para la educación 2016-2019, la Estrategia nacional de formación 2025, y la Estrategia para mejorar la educación y la formación 2014-2019. Asimismo, pide al Gobierno que indique la forma en la que se realizan consultas con los interlocutores sociales y otras partes interesadas en relación con la elaboración de programas de educación y formación que se adapten a las necesidades del mercado de trabajo.
Artículo 3. Consultas con los interlocutores sociales. El Gobierno indica que la elaboración, implementación y revisión de las estrategias Action Plan for Jobs y Pathways to Work se basa en la realización de amplias consultas con las partes interesadas, incluidas las organizaciones de empleadores y de trabajadores, el Congreso Irlandés de Sindicatos (ICTU), y la Confederación Irlandesa de las Empresas y los Empleadores (IBEC), respectivamente, así como con los desempleados. La Comisión toma nota con interés del establecimiento de un Foro Económico de Trabajadores y Empleadores (LEEF), como nueva estructura formal para el diálogo entre los interlocutores sociales a fin de debatir las políticas económicas y sociales que afectan al empleo y a los lugares de trabajo. La Comisión pide al Gobierno que proporcione más información sobre las actividades del LEEF en materia de elaboración, implementación y revisión de medidas y programas de política del empleo coordinados así como acerca de sus vínculos con otras políticas económicas y sociales.

Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
Medidas de política del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica que la tasa de desempleo fue del 14 por ciento en marzo 2013 y que, si bien ha descendido del 15 por ciento, en febrero de 2012, después de varios años de aumentos, la tasa sigue aun inaceptablemente elevada. El Gobierno añade que es una nueva preocupación que el desempleo de larga duración represente el 60 por ciento del desempleo total en el cuarto trimestre de 2012 y el 46 por ciento del desempleo de los menores de 25 años de edad. La Comisión toma nota de que el Gobierno está abordando el desempleo y la estabilización de la tasa de empleo, a través de una doble estrategia del Plan de acción para el empleo (Action Plan for Jobs) y Caminos para el trabajo (Pathways to Work). El primer plan es un proceso plurianual dirigido a tener 100 000 personas más en el trabajo, en 2016, y a 2 millones de personas en el trabajo, en 2020, a través de la introducción de medidas adicionales de apoyo al empleo. Incluye proyectos de referencia que fueron seleccionados debido a su impacto potencialmente importante en la creación de empleo. El programa Caminos para el trabajo que se inició en febrero de 2012, introdujo un nuevo servicio de empleo y apoyo integrado que implica la transformación de oficinas de bienestar social locales en una «ventanilla única» (llamada INTREO), que permite que los demandantes de empleo accedan a sus derechos y obtengan una ayuda en la planificación de su retorno al trabajo. El Gobierno indica que, en 2013, se dará un renovado enfoque al objetivo de lugares de activación en el desempleo de larga duración. El Gobierno indica asimismo, en respuesta a la observación anterior de la Comisión, que la doble estrategia mencionada proporciona una amplia variedad de medidas específicas que son complementarias de los esfuerzos en curso para abordar las restricciones del mercado laboral. Además, la Comisión toma nota de que se invita a los interlocutores sociales a que contribuyan a los preparativos de una actualización de los progresos realizados en el objetivo del empleo, que elaboró la Comisión Europea. El Gobierno también indica que se celebraron amplias consultas con los empleadores durante la preparación del Plan de acción para el trabajo y que se nombraron a seis interlocutores de la industria para asociarse con el Gobierno en la aplicación de las reformas contenidas en el Plan de acción para el trabajo de 2013. Tomando nota del alto nivel de desempleo de larga duración, la Comisión invita al Gobierno a que indique de qué manera se aplica el artículo 2 del Convenio, comunicando información sobre el modo en que se deciden las medidas relativas a la política de empleo y se revisan en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión también invita al Gobierno a que comunique información actualizada sobre el impacto de aquellas medidas activas de mercado del trabajo adoptadas para abordar el desempleo de larga duración y el desempleo juvenil. Sírvase también seguir comunicando información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales acerca de las medidas relativas a la política del empleo (artículo 3).
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Medidas de política del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en agosto de 2013, que incluye información detallada en respuesta a la observación de 2012 y una actualización del Programa Nacional de Reforma (NRP) de Irlanda. El Gobierno indica que la tasa de desempleo fue del 14 por ciento en marzo 2013 y que, si bien ha descendido del 15 por ciento, en febrero de 2012, después de varios años de aumentos, la tasa sigue aún inaceptablemente elevada. El Gobierno añade que es una nueva preocupación que el desempleo de larga duración represente el 60 por ciento del desempleo total en el cuarto trimestre de 2012 y el 46 por ciento del desempleo de los menores de 25 años de edad. La Comisión toma nota de que el Gobierno está abordando el desempleo y la estabilización de la tasa de empleo, a través de una doble estrategia del Plan de acción para el empleo (Action Plan for Jobs) y Caminos para el trabajo (Pathways to Work). El primer plan es un proceso plurianual dirigido a tener 100 000 personas más en el trabajo, en 2016, y a 2 millones de personas en el trabajo, en 2020, a través de la introducción de medidas adicionales de apoyo al empleo. Incluye proyectos de referencia que fueron seleccionados debido a su impacto potencialmente importante en la creación de empleo. El programa Caminos para el trabajo que se inició en febrero de 2012, introdujo un nuevo servicio de empleo y apoyo integrado que implica la transformación de oficinas de bienestar social locales en una «ventanilla única» (llamada INTREO), que permite que los demandantes de empleo accedan a sus derechos y obtengan una ayuda en la planificación de su retorno al trabajo. El Gobierno indica que, en 2013, se dará un renovado enfoque al objetivo de lugares de activación en el desempleo de larga duración. El Gobierno indica asimismo, en respuesta a la observación anterior de la Comisión, que la doble estrategia mencionada proporciona una amplia variedad de medidas específicas que son complementarias de los esfuerzos en curso para abordar las restricciones del mercado laboral. Además, la Comisión toma nota de que se invita a los interlocutores sociales a que contribuyan a los preparativos de una actualización de los progresos realizados en el objetivo del empleo, que elaboró la Comisión Europea. El Gobierno también indica que se celebraron amplias consultas con los empleadores durante la preparación del Plan de acción para el trabajo y que se nombraron a seis interlocutores de la industria para asociarse con el Gobierno en la aplicación de las reformas contenidas en el Plan de acción para el trabajo de 2013. Tomando nota del alto nivel de desempleo de larga duración, la Comisión invita al Gobierno a que indique, en su próxima memoria, de qué manera se aplica el artículo 2 del Convenio, comunicando información sobre el modo en que se deciden las medidas relativas a la política de empleo y se revisan en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión también invita al Gobierno a que comunique información actualizada sobre el impacto de aquellas medidas activas de mercado del trabajo adoptadas para abordar el desempleo de larga duración y el desempleo juvenil. Sírvase también seguir comunicando información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales acerca de las medidas relativas a la política del empleo (artículo 3).

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas de política del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno en su memoria, recibida en agosto de 2012, y de la información proporcionada por el Departamento de Educación y Formación. La Comisión toma nota de que la memoria anterior se recibió en 2005, y que desde entonces el país se ha visto fuertemente golpeado por la crisis económica y financiera y ha conocido un importante aumento del desempleo. El Gobierno de Irlanda ha recibido apoyo financiero de la Unión Europea y del Fondo Monetario Internacional (FMI) a fin de afrontar la crisis bancaria. En su memoria el Gobierno indica que, desde que en el último trimestre de 2007 se alcanzó la cifra de 2 140 000 personas empleadas, se han perdido 325 000 empleos, a saber, un 15 por ciento (el producto interno bruto real, en comparación, descendió un 12,5 por ciento desde que alcanzó su máximo nivel). Aunque se ha reducido tanto el empleo masculino como femenino, la pérdida de empleos en el caso de los hombres ha sido más significativa ((20,4 por ciento) que la pérdida de empleos en el de las mujeres ((8,4 por ciento) debido a la predominancia de los primeros en el sector de la construcción. El impacto en los jóvenes (de 15 a 24 años de edad) también ha sido importante, y representa más de la mitad del total de los empleos perdidos. La Comisión toma nota de las medidas de formación y educación introducidas por el Gobierno y de que, en 2011, había aproximadamente 276 000 plazas de formación y educación continua a disposición de los desempleados. Asimismo, los datos estadísticos de Eurostat indican que en Irlanda, en agosto de 2012, el desempleo alcanzó el 15 por ciento. El Gobierno indica en su memoria que considera que entre las dificultades que plantea el mercado laboral de Irlanda, cabe citar: una baja demanda del mercado de trabajo, especialmente en los servicios nacionales; elementos estructurales y a largo plazo en lo que respecta al desempleo, y el hecho que el desempleo a largo plazo represente el 51,5 por ciento del desempleo total; acceso a oportunidades para mejorar las cualificaciones y la reconversión; el desafío de dirigir los programas de actividades más eficaces en términos de costos hacia las personas que corren un mayor riesgo de perder el contacto con el mercado de trabajo y caer en el desempleo de larga duración; y responder de forma más eficaz y directa a las necesidades de los desempleados y eliminar los elementos que desincentivan el aprovechamiento de las oportunidades de formación, educación y empleo. Aunque tienen que abordarse muchos problemas en relación con el mercado de trabajo, el Gobierno sigue centrándose en la creación de empleo a través del crecimiento de las exportaciones y la mejora de la competitividad. La Comisión toma nota de que las iniciativas esbozadas en el Plan nacional de recuperación 2011-2014 en relación con las políticas de activación incluyen: una racionalización del Plan nacional de acción en materia de empleo para aumentar su capacidad y su eficacia; una intervención más frecuente e intensa destinada a los grupos prioritarios; el desarrollo en 2011 de un sistema de perfiles y gestión de casos; sanciones en los casos de personas desempleadas que estén registradas como tales y se nieguen de forma injustificada a cooperar con el plan o con las medidas apropiadas en materia de formación, educación y empleo, y cambios en las prestaciones que se otorgan a las familias monoparentales a fin de revertir la naturaleza pasiva del mantenimiento de los ingresos que prevalece en la actualidad. El Gobierno indica que se compromete a generar un entorno que creará nuevos empleos así como a mantener los que existen. Con este fin, se ha creado una cartera ministerial centrada en los empleos. Además, el Gobierno anunció su intención de presentar una iniciativa en materia de empleos y se comprometió a adherirse a las reformas estructurales necesarias para acelerar el crecimiento, la creación de empleos y la sostenibilidad de la deuda, coincidiendo en líneas generales con las disposiciones del programa de la Unión Europea (UE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Central Europeo (BCE) de apoyo financiero a Irlanda. A este respecto, el Gobierno se compromete a revertir el reciente recorte de salario mínimo nacional y a compensar sus efectos sobre los costos de las empresas, reduciendo el monto de las cotizaciones a la seguridad social ligado a los salarios que deben pagar los empleadores. Habida cuenta de que la próxima memoria se debe presentar en 2013, la Comisión invita al Gobierno a especificar de manera más detallada la manera en que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revisa regularmente las medidas y políticas adoptadas con arreglo a los resultados alcanzados en relación con el cumplimiento de los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido que se contemplan en el artículo 1. La Comisión recuerda que, en virtud de este artículo, se deberá llevar a cabo una política activa de empleo «como un objetivo de mayor importancia». Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre el impacto de sus medidas activas de mercado de trabajo adoptadas a fin de abordar las deficiencias del mercado de trabajo y superar los efectos negativos de las medidas de ajuste.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene información sobre la participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de las políticas del empleo. La Comisión recuerda que en sus conclusiones finales del Estudio General sobre los instrumentos relativos al empleo de 2010 subrayó que el diálogo social es esencial en circunstancias normales, y más aún en tiempos de crisis (párrafo 794 del Estudio General de 2010). Por consiguiente, la Comisión pide nuevamente al Gobierno que transmita información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales tanto en la etapa de formulación como en la aplicación de las políticas del empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

La Comisión toma nota con grave preocupación que desde 2005 no se ha recibido ninguna memoria del Gobierno. La Comisión confía en que el Gobierno podrá transmitir una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, que incluya información sobre las cuestiones siguientes.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Tendencias del empleo y políticas de mercado del trabajo. Tras el deterioro de la situación del empleo que se produjo desde 2008, la Comisión pide al Gobierno que proporcione una evaluación del impacto de las medidas activas de mercado del trabajo adoptadas para superar los efectos negativos de la crisis económica global sobre el mercado de trabajo. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a incluir información sobre la forma en la que se determinan las medidas para promover el pleno empleo productivo en el «marco de una política económica y social coordinada».
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión pide al Gobierno que transmita información sobre las consultas realizadas con los interlocutores sociales, tanto en la fase de formulación como en la fase de aplicación de las políticas del empleo.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

La Comisión lamenta tomar nota de que no ha recibido la memoria del Gobierno desde 2005. La Comisión confía en que el Gobierno podrá transmitir una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, incluida información sobre los siguientes asuntos:

Artículos 1 y 2 del Convenio. Tendencias del empleo y políticas del mercado del trabajo. La Comisión invita al Gobierno a que proporcione una evaluación del impacto de sus medidas activas sobre el mercado del trabajo. Asimismo, apreciaría recibir información sobre la manera en que las medidas adoptadas para fomentar un pleno empleo productivo funcionan dentro de un «marco de una política social y económica coordinada».

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión solicita al Gobierno que suministre información sobre las consultas mantenidas con los representantes de las personas afectadas, tanto en la fase de formulación de las políticas de empleo, como en relación con la aplicación de las medidas adoptadas bajo dichas políticas.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

La Comisión lamenta tomar nota de que no ha recibido la memoria del Gobierno desde 2005. La Comisión confía en que el Gobierno podrá transmitir una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, incluida información sobre los siguientes asuntos:

Artículos 1 y 2 del Convenio. Tendencias del empleo y políticas del mercado de trabajo.La Comisión invita al Gobierno a que proporcione una evaluación del impacto de sus medidas activas sobre el mercado de trabajo. Asimismo, apreciaría recibir información sobre la manera en que las medidas adoptadas para fomentar un empleo pleno y productivo funcionan dentro de un «marco de una política social y económica coordinada», incluida información sobre los logros del Programa Nacional de Acción de Empleo, respecto a la creación del empleo.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales.La Comisión solicita al Gobierno que suministre información sobre las consultas mantenidas con los representantes de las personas afectadas, tanto en la fase de formulación de las políticas de empleo, como en relación con la aplicación de las medidas adoptadas bajo dichas políticas.

[Se invita al Gobierno que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2010.]

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

La Comisión toma nota de la información contenida en la detallada memoria del Gobierno para el período que finaliza en mayo de 2003 y de la documentación útil que se adjunta.

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota con interés de que los objetivos fijados por el Gobierno en el Plan de Acción para el Empleo para 1998, en relación con los desempleados de larga duración se alcanzaron de manera muy satisfactoria. Entre 1993 y 2000 el desempleo a largo plazo como porcentaje del desempleo total, descendió del 9 al 1,2 por ciento, y representó una reducción total del 84 por ciento. El Gobierno afirma que la reducción espectacular del desempleo de larga duración en un período de tiempo relativamente corto es un logro notable y una significativa contribución para reintegrar a los grupos desfavorecidos de trabajadores en el mercado laboral. Los datos más recientes de una encuesta relativa a la fuerza del trabajo muestran que, durante el período en cuestión su crecimiento siguió superando la expansión del empleo, con la consecuencia de que el desempleo también siguió incrementándose. En el primer trimestre de 2003, la tasa de desempleo fue del 4,6 por ciento, en comparación con el 3,7 por ciento correspondiente al primer trimestre de 2001. En términos de crecimiento del empleo, el sector público mostró el incremento más significativo, mientras que el empleo en la agricultura continuó en disminución.

2. El Gobierno explica que con el objetivo de reducir la pobreza persistente adoptó una estrategia nacional contra la pobreza que constituye un marco coherente para hacer frente a la exclusión y a las condiciones desventajosas en la sociedad. La estrategia nacional contra la pobreza se revisa en consulta con los interlocutores sociales mediante consultas centradas en seis cuestiones principales: la desventaja educativa; el empleo; la pobreza rural; la desventaja en el sector urbano; la vivienda/el alojamiento; y la salud. El Gobierno también señala que ha concluido un acuerdo con los interlocutores sociales, denominado Mantener el Progreso - Acuerdo Social 2003-2005, en el que se fijan algunos objetivos principales que incluyen mantener la competitividad internacional de Irlanda mediante políticas de aliento a la empresa y la inversión, destinadas a garantizar que las personas en actividad tengan una participación equitativa en la mayor prosperidad nacional, aumentar sustancialmente los recursos asignados a la inclusión social y permitir que la sociedad irlandesa esté orientada a la enseñanza y a los conocimientos, con la capacidad de aprovechar con confianza las oportunidades ofrecidas por el progreso tecnológico. La Comisión toma nota con interés de esta información y espera que el Gobierno continuará proporcionando informaciones acerca de los acuerdos y convenios establecidos con los interlocutores sociales y sobre las repercusiones que éstos puedan tener para el logro de los objetivos del Convenio. Asimismo, sírvase seguir proporcionando mayor información general sobre la manera en que se consultan a los representantes de los trabajadores y de los empleadores, tal como lo requiere el artículo 3 del Convenio.

3. El Gobierno señala que ha implementado una serie de políticas e instrumentos legislativos destinados a cumplir el objetivo de incrementar la tasa de participación de la fuerza laboral femenina. Los recientes progresos legislativos, tales como un incremento de la licencia por maternidad, la introducción de la ley sobre licencia para cuidados familiares, de 2001 y la ley sobre los trabajadores a tiempo parcial, de 2001, tienen el propósito de facilitar que la mujer permanezca y progrese en el empleo. Además, en relación con la inversión para el cuidado de los niños, el Gobierno ha asignado 437 millones de euros al Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, que hasta la fecha ha subvencionado 12.200 lugares adicionales para el cuidado de los niños. La Comisión toma nota de que el relativamente considerable aumento del empleo femenino en los últimos años ha sido un factor importante para el mantenimiento de la oferta laboral en un contexto de crecimiento rápido. Entre 1998 y 2003 el empleo femenino aumentó en un 26 por ciento, mientras que el empleo masculino se incrementó en un 15 por ciento.

4. El Gobierno indica que la inmigración de mano de obra de países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo aumentó sustancialmente en los últimos años. Los permisos de trabajo expedidos ascendieron de 6.000 en 1999 a 36.000 en 2001. Debido al incremento del desempleo, se introdujeron modificaciones en el sistema de permisos de trabajo para garantizar que, en cuanto a los empleos vacantes, se otorgue prioridad a los trabajadores del mercado nacional y del mercado laboral del Espacio Económico Europeo (véase observación sobre el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111). Entre 1998 y 2002 la proporción de extranjeros en la fuerza laboral de Irlanda se incrementó del 3,3 al 5,4 por ciento. El total de no nacionales del Espacio Económico Europeo aumentó más rápidamente en los últimos años, pasando de 10.000 en 1998 a más de 40.000 en 2002. Según el Gobierno, en la actualidad se está elaborando una nueva legislación destinada a regular la inmigración y los permisos de trabajo, que se presentará en el Parlamento en el período de sesiones de otoño de 2003. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información sobre las repercusiones de la nueva legislación adoptada para la integración de los trabajadores migrantes en el mercado laboral de Irlanda.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

1. La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno para el período que finaliza en septiembre de 1998. En abril de 1999, la tasa de desempleo era del 6,8 por ciento, según Eurostat. El Gobierno declara que la tasa de desempleo a largo plazo ha caído al 5,6 por ciento en 1997, y que el empleo ha crecido en un 7,5 por ciento desde 1995, el 84 por ciento de los nuevos puestos de trabajo son a pleno tiempo. El Gobierno declara que sus principales objetivos de política económica son garantizar y dar vigor a la capacidad de crear empleo, crecimiento económico e inclusión social sostenibles. A tal fin, un comité tripartito ha logrado llegar a un acuerdo sobre finanzas públicas, un tipo de cambio estrictamente fijo, una estrategia salarial coordinada y un compromiso con la solidaridad económica y social.

2. La Comisión toma nota en particular de los considerables progresos del Gobierno para hacer disminuir el desempleo juvenil, que pasó de un máximo del 27 por ciento en 1993 al 9 por ciento aproximadamente en abril de 1999, según Eurostat. El Gobierno declara en su memoria que todas las personas de 25 años de edad y menores y que perciben subsidio de desempleo durante más de 12 meses "entran en formación para el empleo o en otros programas constructivos" según se dispone en el plan de acción para el empleo, de abril de 1998. La Comisión desearía recibir ejemplos concretos de tales programas y alguna evaluación de los mismos, y desea asimismo que se la tenga al corriente de nuevos cambios en la tasa de desempleo juvenil.

3. Además de abordar el problema del desempleo juvenil, el plan de acción para el empleo tiene por objetivo disminuir el porcentaje de desempleados de larga duración de una manera más general. En su memoria, el Gobierno reconoce que el desempleo de larga duración sigue siendo excesivamente elevado, y se fija como objetivo crear empleo y dar oportunidades a los que buscan trabajo. La Comisión toma nota de esta información y solicita más detalles sobre el éxito del citado plan de acción para el empleo en la disminución del desempleo de larga duración, particularmente para los trabajadores de sexo masculino mayores de 45 años y los trabajadores con niveles de especialización relativamente bajo.

4. Por último, la Comisión toma nota de la información contenida en la memoria respecto de la evaluación independiente del programa de desarrollo de los recursos humanos emprendido por el Gobierno. La Comisión agradecería estar informada de toda acción de seguimiento a la luz de las recomendaciones de la memoria, en particular en lo que afecta a las perspectivas de empleo, según se pide en el párrafo 3 del formulario de memoria a tenor del artículo 1 del Convenio.

5. La Comisión toma nota de las observaciones del Scheme Workers Alliance, apoyadas por el Amalgamated Transport and General Workers' Union, que alegan violaciones del artículo 1 en relación con la libre elección del empleo. La Comisión aplaza sus comentarios sobre esta cuestión dado que ha recibido tardíamente la respuesta del Gobierno.

Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en junio de 1996. La Comisión toma nota de que según los datos más recientes de la OCDE, se ha confirmado la tendencia al mejoramiento de la situación del empleo que ya se observaba a fines del período anterior. Paralelamente, a la fuerte expansión de la actividad económica, el incremento del empleo total alcanzó 3,5 por ciento en 1994, 4,4 por ciento en 1995, y 4 por ciento en 1996. Si bien sigue creciendo la población activa, la tasa de desempleo pasó de 14,2 por ciento en 1994 a 11,3 por ciento en 1996. No obstante, el Gobierno considera que la tasa de desempleo sigue siendo inaceptable y subraya la fuerte incidencia del desempleo de larga duración, que representa aproximadamente el 60 por ciento del desempleo total y afecta en particular a los trabajadores con pocas calificaciones y de más de 45 años de edad.

2. El Gobierno indica que su política encaminada a lograr, en un plazo definido, el pleno empleo sigue estando enmarcada en el programa para la competitividad y el trabajo y del programa nacional de desarrollo para 1994-1999, acordados con los interlocutores sociales. Sin embargo, la Comisión observa que la memoria sólo contiene informaciones sobre las medidas de política activa del mercado del trabajo, de política social y de formación. La Comisión agradecería al Gobierno que comunicara asimismo, como en el pasado, informaciones sobre las principales orientaciones de la política económica general que tienen incidencia sobre el empleo. A este respecto, la Comisión toma nota de que la disminución significativa de la tasa de desempleo se ha producido en un contexto de control de la inflación y del déficit presupuestario. La Comisión invita al Gobierno a describir en su próxima memoria de qué manera las medidas tomadas en ámbitos tales como la política monetaria, presupuestaria y de tipos de cambio, así como en materia de políticas de ingresos, contribuyen a la consecución de los objetivos de empleo del Convenio.

3. La Comisión toma nota de la descripción de las medidas activas de política del mercado de trabajo encaminadas en particular a reforzar los incentivos al trabajo mediante la adaptación del impuesto a los ingresos y de las prestaciones de seguridad social, así como a favorecer la reinserción en el mundo del trabajo de los desempleados de larga duración mediante programas de empleo público, de asignaciones por reingreso al empleo y de exoneración de cotizaciones sociales. En relación con su solicitud anterior, la Comisión invita al Gobierno a que comunique en su próxima memoria toda evaluación disponible sobre la eficacia de cada uno de los numerosos programas puestos en práctica, medida en función de la inserción efectiva y duradera de sus beneficiarios en el empleo. De manera general, la Comisión confía en que las medidas tomadas tanto a nivel de las políticas económicas generales como a nivel de las intervenciones en el mercado de trabajo contribuirán a acentuar la disminución del desempleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno para el período que finalizó en junio de 1994 y de la útil documentación que ha transmitido. La Comisión observa que, gracias a una tasa de crecimiento de la economía que no tiene parangón con los demás países europeos que han ratificado el Convenio, el empleo no ha dejado de progresar en el curso del período: en un primer momento a un ritmo modesto (0,5 por ciento y 0,6 por ciento en 1992 y 1993), y posteriormente de manera más sostenida (2,6 por ciento en 1994 y 2,4 por ciento en 1995, según las estimaciones de la OCDE). A pesar de la paralela evolución del crecimiento de la población activa, el desempleo ha podido descender a partir de 1993, alcanzando la tasa de desempleo estandarizada de la OCDE al 14,8 por ciento en 1994 contra más del 16 por ciento en 1992. El Gobierno indica sin embargo que el fuerte crecimiento de la producción ha estado acompañado de ganancias de productividad muy elevadas que atenúan en esa medida su incidencia favorable en el empleo. La Comisión observa que a pesar de esta tendencia a la reducción de la tasa de desempleo, que ha proseguido en 1995, su nivel continúa siendo muy elevado. Además, si los programas de política de mercado de trabajo han contribuido a una disminución significativa de la tasa de desempleo de los jóvenes, la parte de desempleo de larga duración ha seguido creciendo hasta representar alrededor de la mitad del desempleo total.

2. La Comisión observa que en su programa para 1993-1997, el Gobierno se ha fijado como objetivo prioritario "que el país vuelva al trabajo", reforzando los estímulos para trabajar en el marco de una economía mixta que, reconociendo un papel dinámico al sector privado y al sector público, constituye el medio más eficaz para promover el empleo y la elevación de los niveles de vida. Este programa subraya que el sostenimiento del crecimiento en favor del empleo exige el control de las finanzas públicas, ya que reviste carácter primordial el respeto de las exigencias del Tratado de 1992 sobre la Unión Europea en materia de déficit presupuestario. El Gobierno indica además que su activa intervención es necesaria para promover las posibilidades de empleo, particularmente en la lucha contra el desempleo de larga duración, que debe constituir la prioridad de todos los interlocutores sociales. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de que las organizaciones de empleadores y de trabajadores han acordado con el Gobierno un nuevo Programa para la competitividad y el trabajo (1994-1996) que define las orientaciones de la política de rentas y de las políticas presupuestaria y social en función de la incidencia que se prevé sobre el empleo y el desempleo. La Comisión observa que el Plan Nacional de Desarrollo 1994-1999, elaborado en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, fija los principales objetivos de la acción gubernamental de promoción del empleo en el marco de una estrategia integrada de desarrollo industrial y de promoción de la formación. El Gobierno transmite igualmente el primer informe sobre la aplicación de la reforma del sistema de sostenimiento de la empresa sobre la base de las recomendaciones del grupo de trabajo sobre la política industrial (informe Culliton).

3. En relación con su observación anterior, la Comisión toma nota de las reformas que se han emprendido para reforzar el sistema de formación, poniendo énfasis en particular en el desarrollo de las actividades de formación continua de los trabajadores que tienen empleo. La Comisión agradecería al Gobierno que enviara igualmente en su próxima memoria informaciones sobre las medidas de formación y demás medidas de política activa del mercado de trabajo aplicadas por el Gobierno para favorecer la reinserción de los desempleados. La Comisión invita también al Gobierno a que continúe enviando informaciones sobre toda medida que se tome o se contemple tomar para coordinar mejor las políticas de enseñanza y de formación con las perspectivas del empleo, llamando la atención sobre la útil complementariedad de las disposiciones del Convenio núm. 122 y con el Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142).

4. Por último, parece que a pesar de los resultados económicos y del consenso social sobre las estrategias y políticas de crecimiento, renta y empleo, los niveles de desempleo y particularmente de desempleo de larga duración continúan siendo excepcionalmente elevados con respecto a los otros países de Europa. La Comisión ha tomado nota de la voluntad afirmada de que aumente la intensidad del crecimiento de los empleos y destaca que el Instituto de Investigación Económica y Social ha realizado recientemente un nuevo examen del fenómeno de "crecimiento sin empleo" al que la Comisión se había referido en su observación anterior. La Comisión desea invitar al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para analizar y superar las dificultades encontradas para alcanzar los objetivos de pleno empleo productivo y libremente escogido previstos en el Convenio. La Comisión espera que las próximas memorias contendrán informaciones que puedan mostrar la eficacia de las políticas y programas aplicados al respecto y que confirmarán la tendencia constatada hacia una mejora en la situación del empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en junio de 1992 y de los útiles documentos transmitidos en anexo. Al referirse asimismo a los estudios de la OCDE, toma nota de que el empleo total dejó de aumentar en el curso del período. El crecimiento de la población activa y la inversión de los flujos migratorios han ocasionado un sensible aumento de la tasa de desempleo a partir de 1990. La tasa de desempleo calculada por la OCDE, establecida en base a la encuesta de población activa, que se situaba en el 13,7 por ciento en 1990, alcanzaba el 15,6 por ciento en 1991, y cerca del 17 por ciento en 1992. En cuanto a la tasa de desempleo declarado, establecida en base a las estadísticas de los servicios de empleo comunicadas por el Gobierno, se pasó del 16,5 por ciento de 1990, a más del 21 por ciento al final del período. Además, el desempleo de larga duración tiene una incidencia elevada (60,7 por ciento del desempleo total en 1990) y afecta especialmente a los jóvenes. Tanto por razones del nivel de desempleo, como de sus características estructurales, la situación del empleo sigue siendo muy preocupante. Es al mismo tiempo sorprendente comprobar que esta situación se desarrolló en un contexto de crecimiento económico relativamente elevado (alrededor de más del doble de la media de los países de la OCDE). La Comisión agradecería al Gobierno que comunicara un análisis de este fenómeno de crecimiento sin empleo y que describiera las relaciones existentes entre los objetivos de la política del empleo y los demás objetivos económicos y sociales (artículo 1 del Convenio - véase el punto 4 que figura más adelante).

2. El Gobierno indica en su memoria que su política de empleo se dirige a garantizar la estabilidad económica necesaria para el crecimiento de la producción y del empleo, especialmente mediante la búsqueda de un consenso sobre la evolución de los ingresos y la prosecución de reformas estructurales encaminadas a mejorar la competitividad. Considera que el crecimiento moderado, pero continuado, del empleo en la industria y en los servicios, así como los buenos resultados obtenidos de la exportación en un período de recesión mundial, han demostrado lo bien fundada que estaba esa política. A este respecto, el Gobierno precisa que el objetivo de creación de 20.000 empleos suplementarios por año, fijado por el Programa de recuperación nacional 1987-1990, había sido plenamente alcanzado y reconducido en el marco del nuevo Programa de progreso económico y social (PESP), que le había sucedido para los años 1991 a 1993. La Comisión toma nota con interés que este Programa, convenido entre el Gobierno y los interlocutores sociales en enero de 1991, se fija como principales objetivos el crecimiento económico y la elevación de los niveles de vida, el crecimiento sustancial del empleo y la lucha contra el desempleo de larga duración. Toma nota de que el desempleo se encuentra así identificado como el principal problema del país para todos los responsables de la política económica y que una comisión tripartita está encargada de velar por la aplicación del Programa de progreso económico y social. Agradecería al Gobierno que continuara comunicando informaciones sobre la realización de los objetivos del empleo de este Programa, precisando las dificultades particulares encontradas a la hora de alcanzarlos y en qué medida han sido superados.

3. El Gobierno señala que la formación de la mano de obra es parte integrante de la política del empleo y comunica informaciones sobre la aplicación y los resultados de los programas especiales de empleo y de formación, especialmente en favor de los jóvenes, de las mujeres y de los desempleados de larga duración. A este respecto, la Comisión toma nota de que el informe del Grupo de Trabajo sobre la política laboral (informe Culliton) se ha pronunciado por la inadaptación del sistema de formación inicial y continua a las necesidades de la economía y ha formulado recomendaciones que se refieren, en particular, a la organización de la Autoridad de la formación y del empleo (FAS) y a la asignación de sus recursos. La Comisión invita al Gobierno a que indique en su próxima memoria las medidas adoptadas o previstas, como consecuencia de estas recomendaciones, con miras a garantizar una mejor coordinación de las políticas de educación y de formación con las perspectivas del empleo.

4. Por último, la Comisión ha tomado nota de la reciente creación de una comisión parlamentaria conjunta sobre el empleo, con la finalidad de examinar todos los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia en la creación de empleo y en la reducción del desempleo y, de modo especial, los efectos sobre el empleo del sistema fiscal, de los estímulos profesionales, así como del sistema de protección social. Agradecería al Gobierno tuviera a bien comunicar informaciones sobre las recomendaciones formuladas por esta Comisión y el curso que se les ha dado.

Observación (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

1. La Comisión ha tomado nota de dos memorias del Gobierno relativas a los períodos sucesivos que van del 1.o de julio de 1988 al 30 de junio de 1989 y del 1.o de julio de 1989 al 30 de junio de 1990. Los datos comunicados por el Gobierno, así como los que figuran en informes y estudios de la OCDE, muestran una actividad económica dinámica durante el período considerado (con un aumento del PIB de 5 y de 6,6 por ciento en 1989 y 1990, respectivamente) y de un rápido progreso del empleo (3,3 por ciento en 1990), con la consiguiente disminución notable de la tasa de desempleo que del 16,7 por ciento en 1988 pasó al 15,6 por ciento en 1989 y al 13,7 por ciento en 1990, según las tasas normalizadas de la OCDE. El desempleo de los jóvenes en relación con el total del desempleo disminuyó ligeramente pero permaneció estable el alto nivel, de aproximadamente el 45 por ciento, del desempleo de larga duración. Además, el deterioro de la situación del empleo, que comenzó luego del fin del período tratado en las memorias, ha puesto en tela de juicio las conquistas logradas en dos años de crecimiento económico sostenido. Así, en 1991 la tasa de desempleo registró un fuerte aumento alcanzando un nivel ligeramente superior al de 1989, de 15,8 por ciento. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que sigue siendo inquietante la situación del empleo, caracterizada por una de las tasas de desempleo más elevadas de Europa.

2. El Gobierno indica que la mejora de la situación del empleo en el curso del período tratado en las memorias es el resultado de las medidas adoptadas para crear un entorno favorable al desarrollo de la economía, principalmente por la limitación del gasto público. Destaca que la aplicación de su política se vio reforzada por el apoyo de los interlocutores sociales, con quienes concluyó en octubre de 1987 un acuerdo general para establecer un Programa de recuperación nacional, de tres años de duración. El clima de confianza y estabilidad así instaurado permitieron el aumento de las inversiones, la mayor competitividad de las empresas y mejores niveles de vida, además de la creación de más empleos. La Comisión toma nota de que el comité tripartito encargado de velar por la aplicación del programa para la recuperación nacional indicaba en su informe de febrero de 1990 que el objetivo de crear 20.000 empleos por año había sido alcanzado en 1988 y en 1989. El Gobierno describe además medidas de política industrial encaminadas a promover el desarrollo de industrias y servicios competitivos que puedan contribuir así al crecimiento del empleo e indica que actualmente dicha política se orienta a dar prioridad a los esfuerzos de investigación y comercialización que desarrollen las empresas.

3. La Comisión toma nota de las informaciones relativas a las medidas sobre la política del mercado de trabajo, que principalmente se refieren a la promoción del empleo independiente y a la formación profesional. La Comisión también toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en sus memorias sobre la aplicación del Convenio núm. 88 sobre el servicio del empleo, 1948, y núm. 142 sobre el desarrollo de los recursos humanos, 1975, donde se mencionan en particular la introducción de programas orientados a favorecer la inserción profesional de los jóvenes sin calificaciones y de los desempleados de larga duración.

4. La Comisión toma nota de que en marzo de 1989 se publicó el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1993, donde se prevé un conjunto de medidas estructurales que el Gobierno se propone aplicar en cooperación con fondos estructurales de la Comunidad Europea y cuyo objetivo es crear 100.000 empleos durante dicho período. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar un ejemplar de dicho Plan e indicar en su próxima memoria los resultados alcanzados en relación con los objetivos establecidos en materia de empleo. La Comisión invita además al Gobierno a que continúe comunicando informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas por la Oficina de Formación y Empleo (FAS), precisando especialmente el alcance de los distintos programas y sus resultados en cuanto a la inserción de los beneficiarios en el empleo. Habida cuenta de la persistencia de una situación preocupante del empleo, la Comisión espera que el Gobierno perseguirá como objetivo esencial de una política activa la promoción del pleno empleo, productivo y libremente elegido.

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finalizó en junio de 1988 y sus documentos anejos.

2. La Comisión toma nota de que el elemento primordial en la estrategia oficial en favor del empleo es crear un ambiente que favorezca la inversión y el crecimiento económico, generado por las políticas fiscales y monetarias. A juicio del Gobierno varias características primordiales del rendimiento económico (el PNB real aumentó un 5 por ciento en 1987) ayudarán a la creación de empleo y consiguiente disminución del desempleo, que alcanza un alto nivel. La piedra angular de la política de empleo seguida por el Gobierno es el Programa para la recuperación nacional (Programme for National Recovery), un conjunto de medidas, fruto de un consenso, encaminadas a lograr un crecimiento sin desmedro de la justicia social, que fueron acordadas en octubre de 1987 entre el Gobierno, el Congreso de Sindicatos Irlandeses, la Federación de Asociaciones de Empleadores, la Confederación de la Industria Irlandesa, la Federación de la Industria de la Construcción, la Asociación Irlandesa de Granjeros, la Asociación de Jóvenes Agricultores y la Sociedad Irlandesa de Cooperativas. Según la memoria, una de las principales estrategias del Programa, que se prorrogó hasta fines de 1990, es crear empleo visible en la economía legal y no en la economía subterránea. Para la creación de nuevos empleos se funda en el desarrollo sectorial con una serie de medidas específicas y de objetivos de creación de empleos, 20 000 por año, en la industria manufacturera en particular, durante los próximos diez años.

3. El Gobierno también comunica en su memoria informaciones sobre acontecimientos relativos a sus planes y programas de mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que en virtud de la ley de servicios laborales, de 1987, en enero de 1988 se estableció la Oficina de Formación y Empleo (FAS), que actualmente asume las funciones que desempeñaba la AnCO (Oficina Nacional de Formación), el Servicio Nacional de Mano de Obra y la Oficina de Empleo de Jóvenes. Las principales preocupaciones de la FAS son brindar o fomentar una formación y readaptación que favorezcan el empleo, ayudar a mejorar la experiencia profesional, contribuir a la creación de empleos mediante programas de empleo, empleo en el sector estatal, empleo independiente y ofrecer puestos de trabajo y servicios de orientación profesional a los desempleados.

4. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de datos más recientes (Quarterly Economic Commentary del Economic and Social Research Institute, Dublín, agosto de 1984; informe económico de la OCDE de 1989), según los cuales, tras una ligera disminución del empleo en 1987, la situación actual parece ser más favorable. A fines de junio de 1988 la tasa de desempleo era de 18,1 por ciento, mientras era del 18,7 por ciento en junio del año anterior. El desempleo registrado de los jóvenes disminuyó con mayor rapidez el número de desempleados de 45 y más años de edad aumentó aproximadamente y el 45 por ciento de los desempleados registrados permanecieron en tal situación durante más de un año. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que la situación del empleo continúa siendo muy grave. El nivel del desempleo es uno de los más altos de Europa (muy superior a la tasa media, estimada en 10,2 por ciento en 1988) pese al elevado aumento de las tasas de emigración y a una disminución de los integrantes de la fuerza de trabajo.

5. En consideración de lo anterior, la Comisión agradecería al Gobierno se sirviera comunicar en sus próximas memorias informaciones sobre los progresos realizados para alcanzar los objetivos que en materia de empleo se ha fijado el Programa y, si se han encontrado dificultades especiales a este respecto, indicar en qué medida se las ha podido superar. Además, la Comisión confía en que el Gobierno también comunicará ejemplares del documento de discusión que se anuncia en el Programa, que debía examinar aspectos legislativos relacionados con la política del empleo (despido injustificado, igualdad en el empleo, pago de remuneraciones); y las repercusiones que para la creación de empleos han tenido las medidas adoptadas por la FAS (Oficina de Formación y Empleo). La Comisión espera que el Gobierno no escatimará esfuerzos para continuar, como uno de sus objetivos esenciales, una política activa destinada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido, de conformidad con el artículo 1 del Convenio. La Comisión espera que el Gobierno continuará revisando con atención las medidas adoptadas para lograr los objetivos previstos, según lo exige el artículo 2 y asegurará, según lo requiere el artículo 3, la celebración de las consultas necesarias entre organizaciones de empleadores y de trabajadores en relación con las medidas para aplicar el Convenio.

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