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Informe definitivo - Informe núm. 149, Noviembre 1975

Caso núm. 797 (Jordania) - Fecha de presentación de la queja:: 15-JUL-74 - Cerrado

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  1. 23. La queja de la Federación Sindical Mundial (FSM) consta en una comunicación de 15 de julio de 1974, y la formulada por la Federación General de Sindicatos Jordanos (Damasco), en una carta de 20 de julio de 1974. El Gobierno envió sus observaciones en una comunicación de 13 de octubre de 1974.
  2. 24. Jordania no ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación 1948, (núm. 87), pero si el Convenio sobre el derecho de organización y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  1. 25. En su comunicación de 15 de julio de 1974, la FSM declara que las autoridades jordanas habían arrestado a principios del mes de julio a los Sres. Mohammad Kassem, secretario del Sindicato de Mecánicos de Amman, y Abdul Kader Khattab, miembro del Comité Ejecutivo del Sindicato de Empleados del Banco de Amman, como consecuencia de una queja que dichos sindicalistas presentaron contra el Ministro de Trabajo, que los había borrado de la lista electoral durante las recientes elecciones sindicales. La FSM agrega que era la segunda vez que los mencionados sindicalistas se encontraban en la cárcel por sus actividades sindicales.
  2. 26. En su respuesta, el Gobierno declara que las personas citadas no están detenidas, e incluso proporciona los datos necesarios para entrar en contacto con ellas.

B. B. Conclusiones del Comité

B. B. Conclusiones del Comité
  1. 27. El Comité observa que, según la FSM, los Sres. Mohammad Kassem y Abdul Kader Khattab se hallaban detenidos por segunda vez, como consecuencia de una queja formulada contra el ministro del Trabajo, que los había borrado de la lista electoral durante las recientes elecciones sindicales. A este respecto, el Comité recuerda ciertas informaciones que le había suministrado, en relación con los casos núms. 668 y 730 referentes también a Jordania, el representante del Director General que se trasladó a dicho país, donde permaneció del 23 de abril al 5 de mayo de 1974 para verificar los hechos, de conformidad con el procedimiento aplicable en materia de contactos directos. Dicho representante indicaba en su informe, en particular, que le habían sido comunicados los nombres de tres candidatos eliminados de las listas electorales: Mohammad Kassem, Abu Shamaa y Abdul Kader Khattab. Los interesados habían llevado el asunto a los tribunales, y la causa seguía su curso.
  2. 28. El representante del Director General señalaba asimismo que uno de esos sindicalistas, Abdul Kader Khattab, había sido detenido durante su estadía en Jordania. Se le acusaba de haber distribuido octavillas hostiles al régimen, lo que constituía un delito punible con quince años de prisión. No obstante, se esperaba su liberación dentro de cierto tiempo, sin que hubiera de comparecer ante los tribunales.
  3. 29. El Comité observa que el tercer sindicalista cuyo nombre fue borrado de las listas electorales, el Sr. Abu Shamaa, no figura entre las personas que, según los querellantes, fueron detenidas. De todos modos, el Gobierno declara que los sindicalistas citados en la queja no están detenidos e incluso da precisiones para poder entrar en contacto con ellos.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 30. En estas circunstancias, el Comité recomienda al Consejo de Administración que decida que el caso no requiere un examen más detenido de su parte.
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