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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 372, Junio 2014

Caso núm. 1787 (Colombia) - Fecha de presentación de la queja:: 28-JUN-94 - En seguimiento

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 20. El Comité examinó este caso — relativo a asesinatos y otros casos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, así como a despidos antisindicales — por última vez en su reunión de marzo de 2012 [véase 363.er informe, marzo de 2012, párrafos 22 a 32] y en esa ocasión el Comité: i) urgió al Gobierno a que, en consulta con las organizaciones de trabajadores y empleadores, siga tomando medidas para combatir la impunidad; ii) pidió al Gobierno que incluya la información relativa a la situación procesal de las investigaciones en una lista siguiendo el orden cronológico de los casos de violencia; iii) reiteró su anterior recomendación relativa al establecimiento de criterios por el Gobierno y los interlocutores sociales para poder ordenar de manera tripartita la información que se transmitirá a las instancias de investigación, y pidió al Gobierno que le informe al respecto; iv) pidió de nuevo a las organizaciones querellantes que faciliten a los órganos de justicia competentes las informaciones que puedan servir en el avance de las investigaciones, y v) en relación con los alegatos relativos al plan denominado «Operación Dragón» que tendría por objeto la eliminación de varios dirigentes sindicales, invitó a las organizaciones querellantes a que formulen comentarios sobre las declaraciones del Gobierno consecutivas al fallo proferido por la Procuraduría General de la Nación en donde se archiva el expediente correspondiente.
  2. 21. El Gobierno envió informaciones por medio de comunicaciones de mayo, agosto y noviembre de 2012 y de marzo y septiembre de 2013. En una comunicación de mayo de 2012, el Gobierno indica que se han realizado avances significativos en las investigaciones de los homicidios y otros actos de violencia examinados en el marco del presente caso, destacándose los resultados siguientes: 1 504 casos están asignados, 1 001 son activos, 618 se encuentran en fase preliminar e indagación, 336 se encuentran en instrucción e investigación, se han producido 464 sentencias condenatorias con 594 personas condenadas. Adicionalmente, el Gobierno proporciona un cuadro conteniendo informaciones detalladas respecto de 1 210 casos de homicidio y violencia examinados en el marco del presente caso y adjunta un estudio realizado por la Fiscalía General de la Nación en 2011 sobre las sentencias proferidas de 2000 a 2011 por la justicia colombiana a este respecto. En una comunicación recibida el 30 de septiembre de 2013 en el marco del caso núm. 2761 en instancia ante el Comité de Libertad Sindical, el Gobierno proporciona estadísticas globales sobre las investigaciones relativas a todos los casos de homicidios y otros actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas (incluyendo tanto aquellos casos examinados por el Comité en el marco del presente caso como aquellos examinados en el marco del caso núm. 2761) con fecha de corte en junio de 2013, destacándose los resultados siguientes: 1 542 casos están asignados, 312 personas se encuentran acusadas, 190 casos se encuentran en fase de juicio, se dictaron 579 sentencias condenatorias con 599 personas condenadas (533 con respecto de casos de homicidio).
  3. 22. Adicionalmente, el Gobierno indica que se ha reactivado la Comisión Interinstitucional para la Promoción y protección de los Derechos Humanos, el objetivo de este mecanismo de trabajo tripartito sigue siendo el de atender inquietudes y comentarios frente a la gestión de investigación de los casos de violencia cometidos contra los trabajadores sindicalizados. El Gobierno informa de las reuniones llevadas a cabo por dicha Comisión el 31 de agosto de 2012 y el 6 de marzo de 2013, estando presentes representantes del Ministerio de Trabajo, del Ministerio de Justicia, del Ministerio del Interior, de la Fiscalía General de la Nación y los interlocutores sociales. El Gobierno señala que la mencionada Comisión ha incluido en su orden del día la unificación de criterios para poder ordenar de manera tripartita la información que se transmitirá a las instancias de investigación con el objetivo de lograr un consenso en este tema. Por otra parte, el Gobierno informa que la Fiscalía General de la Nación expidió la directiva núm. 001 de 4 de octubre de 2012 «por medio de la cual se adoptan unos criterios de priorización de situaciones y casos y se crea un nuevo sistema de investigación penal y de gestión de aquéllos en la Fiscalía General de la Nación». Dentro de la implementación de esta política se creó la Unidad de Análisis y Contextos con el objetivo de articular la información aislada que actualmente se encuentra en las diversas unidades de la Fiscalía General de la Nación. Esta unidad tiene priorizada la problemática de la violencia cometida contra sindicalistas y ya cuenta con un equipo de cinco fiscales, seis analistas y cuatro investigadores.
  4. 23. El Comité recuerda que este caso cubre más de 1 580 casos de asesinatos de dirigentes sindicales y sindicalistas colombianos y actos de violencia que tuvieron lugar entre la presentación de la queja en 1994 y junio de 2009. El Comité no puede dejar de reiterar firmemente su indignación y su condena por estos crímenes y recuerda que en algunos períodos, como en los primeros de los años noventa, la cifra de asesinatos llegó a alcanzar 250 por año. El Comité desea también recordar que el objetivo principal del seguimiento de este caso, ya examinado en cuanto al fondo repetidas veces, es lograr que se ponga fin a la impunidad en cada uno de los casos que le han sido sometidos.
  5. 24. El Comité toma nota de las informaciones proporcionadas por el Gobierno y, en particular, de las estadísticas relativas al estado de avance y a los resultados de las investigaciones relativas a asesinatos y otros casos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas examinados en el marco de este caso. Al tiempo que saluda los avances significativos obtenidos entre 2010 y junio de 2013, especialmente en el número de sentencias condenatorias dictadas y de personas condenadas, el Comité observa que estos resultados están todavía lejos de alcanzar el esclarecimiento y las condenas de los más de 1 500 asesinatos y actos de violencia examinados por el Comité en el marco de este caso. Adicionalmente, el Comité toma también nota de que, según las informaciones contenidas en el estudio de la Fiscalía General de la Nación sobre las sentencias proferidas de 2000 a 2011 por la justicia colombiana en materia de crímenes contra sindicalistas, «sólo en un escaso porcentaje se condena a quienes instigaron, convencieron, persuadieron u ordenaron la realización de la conducta (7,3 por ciento)». El Comité urge por lo tanto al Gobierno a que, en consulta con las organizaciones de trabajadores y empleadores, siga tomando todas las medidas necesarias para combatir la impunidad y poder identificar tanto a los autores materiales como intelectuales de todos los homicidios y actos de violencia examinados en el marco de este caso. El Comité pide al Gobierno que le siga informando de las acciones tomadas y de los resultados obtenidos a este respecto.
  6. 25. El Comité toma nota con interés de la reactivación de la Comisión Interinstitucional para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos. El Comité considera que este espacio de carácter tripartito puede desempeñar un papel importante para facilitar el intercambio de informaciones necesarias para el avance de las investigaciones y para determinar los ajustes necesarios en la realización de las mismas. El Comité pide por lo tanto al Gobierno que le siga informando del desarrollo de las reuniones de dicha Comisión y de los resultados de sus labores, especialmente con respecto del establecimiento de criterios por el Gobierno y los interlocutores sociales para poder ordenar de manera tripartita la información que se transmitirá a las instancias de investigación. El Comité toma también nota de la creación de la Unidad de Análisis y Contextos con el objetivo de articular la información aislada que actualmente se encuentra en las diversas unidades de la Fiscalía General de la Nación y saluda que esta Unidad tenga priorizada la problemática de la violencia cometida contra dirigentes sindicales y sindicalistas. El Comité espera firmemente que esta unidad seguirá recibiendo los recursos necesarios para cumplir con su mandato y contribuir de manera decisiva a que se identifiquen y sancionen a los autores materiales e intelectuales de todos los homicidios y actos de violencia examinados en el marco de este caso.
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