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Informe provisional - Informe núm. 381, Marzo 2017

Caso núm. 2923 (El Salvador) - Fecha de presentación de la queja:: 13-ENE-12 - Activo

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Alegatos: asesinato de un dirigente sindical

  1. 386. El Comité examinó por última vez el presente caso en su reunión de marzo de 2016 y presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 377.º informe, párrafos 299 a 313, aprobado por el Consejo de Administración en su 326.ª reunión (marzo de 2016)].
  2. 387. El Gobierno envió nuevas observaciones por comunicación de fecha 31 de octubre de 2016.
  3. 388. El Salvador ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), el Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm. 135) y el Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 389. En su último examen del caso en marzo de 2016 el Comité formuló las recomendaciones siguientes [véase 377.º informe, párrafo 313]:
    • — al tiempo que deplora profundamente y condena el asesinato del dirigente sindical, Sr. Victoriano Abel Vega, el Comité insta firmemente al Gobierno que le mantenga informado sobre la evolución del proceso judicial penal, esperando constatar en un futuro próximo progresos tangibles en cuanto al esclarecimiento de los hechos, la identificación de los culpables y la aplicación de sanciones proporcionales de acuerdo con la legislación y para prevenir y evitar así la realización de este tipo de actos delictivos. El Comité insta firmemente al Gobierno y a todas las autoridades competentes a que tomen sin demora todas las medidas a su alcance de conformidad con la legislación para identificar a los responsables de este asesinato y para que las investigaciones profundicen también sobre la alegada motivación antisindical del mismo;
    • — en este sentido, teniendo en cuenta que las organizaciones querellantes han vinculado el asesinato de este dirigente sindical a sus actividades sindicales y en especial al hecho de haber promovido la constitución de un sindicato en la alcaldía municipal de San Sebastián, insta al Gobierno a que refiera a las autoridades competentes los alegatos de despidos de los fundadores del sindicato y, a este efecto, invita a las organizaciones querellantes a que brinden mayores informaciones sobre estos alegatos, así como sobre toda denuncia interpuesta en relación a los mismos. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto, y
    • — por último, el Comité llama nuevamente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.

B. Respuesta del Gobierno

B. Respuesta del Gobierno
  1. 390. En su comunicación de 31 de octubre de 2016 el Gobierno reitera su firme compromiso para esclarecer el asesinato del Sr. Victoriano Abel Vega. Al respecto, el Gobierno informa que la investigación fue trasladada a la Unidad especializada contra delitos de crimen organizado de la policía nacional civil, a fin de esclarecer los hechos e identificar a los sujetos responsables. El Gobierno precisa que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social solicitó asimismo la creación de una comisión especial para concluir la investigación del caso pero que la Fiscalía General de la República estimó que ello no procedía al haberse asignado la investigación a una unidad especializada del Ministerio Público.
  2. 391. En cuanto al desarrollo de las investigaciones, el Gobierno indica que en marzo de 2016 el nuevo Fiscal General de la República informó que entre las líneas de investigación se ha incluido la posibilidad de que hubiera una conexión entre las actividades sindicales del Sr. Abel Vega y su asesinato, pero que a la fecha el único nuevo elemento identificado era que una de las armas de fuego utilizadas para cometer el crimen estaría vinculada a pandillas.
  3. 392. Asimismo, el Gobierno informa que ha continuado con sus gestiones para facilitar el avance de la investigación, entre las que destaca la remisión de notas y reuniones bilaterales entre las entidades concernidas para recabar insumos sobre los progresos realizados, así como para informar sobre las implicaciones internacionales del caso aludiendo a las conclusiones del Comité, así como las de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones y de la Comisión de Aplicación de Normas. En este sentido, el Gobierno indica que la Ministra de Trabajo y Previsión Social se reunió otra vez con el Fiscal General de la República en agosto de 2016, que ambos reafirmaron el interés en concluir la investigación y resolver el caso lo antes posible y que en septiembre de 2016 la Ministra solicitó una nueva audiencia al Fiscal General. El Gobierno reafirma su compromiso de esclarecer el crimen para que no quede impune y declara que continuará haciendo las gestiones necesarias que contribuyan a que las instancias competentes agilicen el proceso de investigación.

C. Conclusiones del Comité

C. Conclusiones del Comité
  1. 393. El Comité recuerda que los alegatos del presente caso se refieren al asesinato, el 16 de enero de 2010, en la ciudad de Santa Ana, del Sr. Victoriano Abel Vega (secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía Municipal de Santa Ana (SITRAMSA)) a consecuencia de múltiples impactos de bala cuando salía de las oficinas del departamento de aseo urbano donde había acudido para presentar una carta pidiendo permiso para asistir a una reunión sindical en la Central Autónoma de Trabajadores Salvadoreños (CATS). Las organizaciones querellantes pusieron de relieve que, a la salida, cinco sujetos esperaban al Sr. Victoriano Abel Vega, que ya había recibido amenazas de muerte por su actividad sindical para asesinarlo, huyendo los asesinos en un vehículo que los esperaba.
  2. 394. En su anterior examen del caso, el Comité tomó nota de la declaración del Gobierno de que a pesar de las diversas diligencias realizadas no se había podido identificar a los culpables, de que la investigación permanecía activa y de que el Fiscal General de la República expresó su interés en agilizar la misma. El Comité toma nota de las últimas observaciones del Gobierno, según las cuales: i) han continuado las reuniones y comunicaciones con las instancias competentes para agilizar la investigación, en particular con el Fiscal General de la República, en las que se ha reafirmado el interés en resolver el caso lo antes posible, y ii) a pesar de las diversas diligencias realizadas todavía no se ha podido identificar a los culpables, pero la investigación permanece activa en una unidad especializada del Ministerio Público y entre las líneas de investigación se ha incluido la posibilidad de que hubiera una conexión entre las actividades sindicales del Sr. Abel Vega y su asesinato.
  3. 395. Al tiempo que toma debida nota de las acciones indicadas por el Gobierno y de su compromiso de esclarecer el crimen para que no quede impune, el Comité deplora profundamente y condena el asesinato del dirigente sindical Sr. Victoriano Abel Vega y lamenta profundamente que, a pesar de que el asesinato se produjo el 16 de enero de 2010, más de siete años después las autoridades no hayan identificado los autores y cómplices de este abyecto asesinato. Tomando nota una vez más de que a pesar de las diligencias realizadas no parece que se hayan producido progresos tangibles en la investigación, el Comité insta nuevamente al Gobierno y a todas las autoridades competentes a que sin demora tomen todas las medidas a su alcance para identificar a los responsables del asesinato y para que las investigaciones sigan profundizando también sobre la alegada motivación antisindical del mismo.
  4. 396. El Comité destaca nuevamente la gravedad de los hechos alegados, deplora profundamente y condena una vez más el asesinato de este dirigente sindical y reitera nuevamente su recomendación formulada en su reunión de junio de 2014 pidiendo al Gobierno que le mantenga informado sobre la evolución del proceso judicial penal, esperando constatar en un futuro próximo progresos tangibles en cuanto al esclarecimiento de los hechos, la identificación de los culpables y la aplicación de sanciones proporcionales de acuerdo con la legislación y para prevenir y evitar así la realización de este tipo de actos delictivos.
  5. 397. En relación a los alegatos de despidos de fundadores del sindicato, el Comité lamenta que el Gobierno no haya dado ninguna respuesta en relación a la recomendación del Comité de remitir la investigación de los alegatos a las autoridades competentes y observa que las organizaciones querellantes tampoco brindan informaciones adicionales sobre los mismos. El Comité recuerda que nadie debe ser despedido u objeto de medidas perjudiciales en el empleo a causa de su afiliación sindical o de la realización de actividades sindicales legítimas, y es importante que en la práctica se prohíban y sancionen todos los actos de discriminación en relación con el empleo [véase Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, quinta edición (revisada), 2006, párrafo 771]. El Comité reitera su recomendación anterior y pide al Gobierno y a las organizaciones querellantes que le mantengan informado de toda cuestión pendiente al respecto.

Recomendaciones del Comité

Recomendaciones del Comité
  1. 398. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) al tiempo que deplora profundamente y condena el asesinato del dirigente sindical, Sr. Victoriano Abel Vega, el Comité urge firmemente y nuevamente al Gobierno que le mantenga informado sobre la evolución del proceso judicial penal, esperando constatar en un futuro próximo progresos tangibles en cuanto al esclarecimiento de los hechos, la identificación de los culpables y la aplicación de sanciones proporcionales de acuerdo con la legislación y para prevenir y evitar así la realización de este tipo de actos delictivos. El Comité insta nuevamente al Gobierno y a todas las autoridades competentes que sin demora tomen todas las medidas a su alcance de conformidad con la legislación para identificar a los responsables de este asesinato y para que las investigaciones sigan profundizando también sobre la alegada motivación antisindical del mismo;
    • b) el Comité pide una vez más al Gobierno y a las organizaciones querellantes que le mantengan informado de toda cuestión pendiente en relación a los alegatos de despidos de los fundadores del sindicato, incluida su remisión a las autoridades competentes, y
    • c) por último, el Comité llama nuevamente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.
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