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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 404, Octubre 2023

Caso núm. 2566 (Irán (República Islámica del)) - Fecha de presentación de la queja:: 25-MAY-07 - En seguimiento

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 49. El Comité examinó por última vez este caso, que se presentó en mayo de 2007 y en el que se alega la continua represión de docentes sindicalistas, en su reunión de octubre de 2020 [véase 392.º informe, párrafos 64 a 75]. En esa ocasión, el Comité urgió al Gobierno a que señalase sus conclusiones a la atención de las autoridades judiciales para que, en el futuro, los sindicalistas no sean condenados arbitrariamente por ese tipo de cargos tan generales que se les imputan por el ejercicio pacífico de actividades sindicales, a que adoptase todas las medidas que estuvieran a su alcance para que se libere inmediatamente a los sindicalistas detenidos, y a que lo mantuviera informado de toda evolución de la situación a este respecto. El Comité también pidió al Gobierno que velase por que, en el futuro, todos los alegatos relativos a la violación de los derechos de los sindicalistas detenidos se investiguen rápida y eficazmente.
  2. 50. En una comunicación de fecha 23 de diciembre de 2022, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Internacional de la Educación (IE) presentaron información complementaria en relación con el caso. En ella exponen que el Gobierno ha seguido deteniendo a sindicalistas y trabajadores y que, desde el 16 de septiembre de 2022, las protestas pacíficas masivas que siguieron al asesinato de Jina Mahsa Amini cuando se encontraba bajo custodia de la «Policía de la moral» dieron lugar a una fuerte represión y a numerosas detenciones, incluidas las de sindicalistas y trabajadores activistas. Dos jóvenes trabajadores, Mohsen Shekari y Majid Reza Rahnavardi, ambos de 23 años, fueron ejecutados en diciembre de 2022.
  3. 51. La CSI y la IE indicaron además que, a principios de 2022, más de 230 docentes estaban presos por su participación en las celebraciones del Primero de Mayo, y que posteriormente fueron puestos en libertad bajo fianza. Asimismo, antes del 1.º de mayo, las autoridades ordenaron el allanamiento de los domicilios de varios destacados sindicalistas del sector educativo, que fueron detenidos y condenados a varios años de prisión. Diversos miembros de asociaciones sindicales de docentes iraníes también denunciaron haber recibido llamadas telefónicas y citaciones de las oficinas del servicio de inteligencia o de los tribunales revolucionarios en relación con casos inactivos, acusándolos de atentado contra la seguridad, así como amenazas y advertencias con respecto a su eventual participación en las manifestaciones del Primero de Mayo. Según el Consejo de Coordinación de las Asociaciones Sindicales de Docentes Iraníes (CCITTA), por lo menos 12 sindicalistas permanecían en detención arbitraria por el mero hecho de ejercer pacíficamente sus derechos de libertad de expresión y de manifestación con el fin de exigir mejores condiciones de enseñanza y aprendizaje en el sector educativo. La CSI y la IE proporcionan más detalles sobre los 14 dirigentes y afiliados sindicales de las secciones provinciales del CCITTA que estaban en el punto de mira de las autoridades por su participación en protestas pacíficas u otras formas pacíficas de activismo sindical:
    • El Sr. Esmail Abdi, antiguo secretario general de la Asociación Sindical de Docentes de Teherán (ITTA), ha estado recluido en las prisiones de Evin, Karaj Central y Kechui desde 2015. Fue detenido por primera vez en julio de 2015 para evitar su participación en el congreso de la IE que se celebró en el Canadá. Acumula varias sentencias sucesivas, lo que significa que no será puesto en libertad hasta 2031. Su solicitud de un nuevo juicio se desestimó en cuatro ocasiones, hasta que en diciembre de 2022 un tribunal admitió a trámite la solicitud, pero las fuerzas de inteligencia siguieron negándose a ponerlo en libertad, incluso por razones médicas. Su estado de salud ha empeorado debido a la falta de acceso a atención médica. Su familia también ha sufrido el acoso de las autoridades, que desde 2014 han suspendido su seguro social y sus prestaciones. La esposa del Sr. Abdi, la Sra. Monireh Abdi, ha perdido su trabajo como arquitecta y no ha podido encontrar otro trabajo debido a su inclusión en la lista negra. Las autoridades la han advertido de que, si sigue dando entrevistas o participando en concentraciones, incoarán una causa contra ella y se le impondrá una pena de prisión.
    • El Sr. Rasoul Bodaghi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Eslamshahr y secretario general del CCITTA, fue condenado a cuatro años de prisión el 12 de abril de 2022 por «reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional» y a un año de reclusión por «propaganda contra el Estado» como consecuencia de su colaboración pacífica con el CCITTA. El 30 de abril de 2022 las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio y lo detuvieron violentamente, y desde entonces está recluido en la prisión de Evin. El Tribunal de Apelación confirmó la sentencia el 1.º de junio de 2022. Tiene prohibido viajar durante un año y residir en Teherán y las provincias limítrofes, así como formar parte de partidos políticos y movimientos sociales durante dos años. El Sr. Bodaghi ha sido condenado a varias penas de prisión y ha estado encarcelado seis años por idénticas condenas en 2010 y 2015.
    • El Sr. Jafar Ebrahimi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Teherán e inspector del CCITTA, fue detenido sin una orden judicial cuando las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio el 30 de abril de 2022. El 27 de noviembre de 2022, el Tribunal de Apelación de Teherán ratificó una sentencia de cinco años contra el Sr. Ebrahimi por «propaganda contra el Estado» y «reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional». En diciembre de 2022 fue trasladado al hospital por una urgencia médica. Permaneció encadenado a la cama del hospital y estuvo vigilado por oficiales de seguridad. En febrero de 2020, el Sr. Ebrahimi fue condenado de nuevo a una pena de prisión de cuatro años y seis meses en relación con otro caso.
    • El Sr. Masoud Farhikhteh, miembro de la junta directiva de la ITTA de Eslamshahr y copresidente del CCITTA fue detenido el 13 de mayo de 2022 durante las protestas organizadas por el personal docente en todo el país. Fue puesto en libertad bajo fianza el 8 de junio de 2022 y condenado a un año de reclusión y 74 latigazos por alteración del orden público. Posteriormente, el fallo se suspendió por dos años. Sin embargo, las fuerzas de seguridad volvieron a detener al Sr. Farhikhteh en Karaj el 3 de diciembre de 2022 y en el momento de redactar la comunicación este se encontraba recluido en régimen de aislamiento en la prisión de Evin.
    • El Sr. Mehdi Fathi, miembro de la ITTA de Fars fue detenido de nuevo el 7 de junio de 2022 por haber participado en las protestas del personal docente en Shiraz. El Tribunal de Apelación de la provincia ratificó una condena de ocho años de prisión contra el interesado. Además, le fue retirado el pasaporte y se le prohibió salir del país. El Sr. Fathi se encuentra actualmente recluido en la prisión de Adel Abad, en Shiraz. Anteriormente, en 2021, fue procesado como consecuencia del ejercicio de actividades sindicales y de su participación en protestas pacíficas. Pasó 113 días en régimen de aislamiento en la prisión de Adel Abad antes de ser puesto en libertad bajo fianza el 4 de enero de 2022.
    • El Sr. Mohammad Habibi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Teherán, sufrió años de acoso judicial debido a su activismo sindical. En octubre de 2022 fue condenado a una pena de prisión de tres años y siete meses. El 30 de abril de 2022, las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio, confiscaron los dispositivos electrónicos del interesado y de su esposa, y detuvieron violentamente al Sr. Habibi, este se encontraba en prisión en el momento de redactar la comunicación. Anteriormente, en agosto de 2018, el Tribunal Revolucionario de Teherán condenó al Sr. Habibi a una pena de prisión de siete años y seis meses por «conspiración para atentar contra la seguridad nacional», «propaganda contra el Estado» y «alteración del orden público» como consecuencia de su participación pacífica en las actividades sindicales. Transcurridos 30 meses, se redujo la condena con arreglo a una nueva directiva emitida por la máxima autoridad del Poder Judicial, y fue puesto en libertad en noviembre de 2020. Además, durante el periodo de reclusión, el Sr. Habibi fue suspendido dos veces de su puesto docente por «ausencia injustificada».
    • El Sr. Hashem Khastar, miembro de la junta directiva de la ITTA de Mashhad y activista de los derechos civiles, fue citado a declarar el 1.º de agosto de 2022 con solo un día de antelación cuando se encontraba cumpliendo condena en la prisión de Vakil Abad (Mashhad). El Sr. Khastar ha sido encarcelado en varias ocasiones como consecuencia del ejercicio de sus actividades sindicales.
    • La Sra. Zhila Khayer, miembro de la ITTA de Kazoroon (provincia de Fars), fue detenida en su ciudad natal, Kazoroon, en diciembre de 2022 y recluida en la prisión de Adel Abad, en Shiraz. Fue trasladada al Centro de Reclusión de Soroush para ser interrogada y fue posteriormente devuelta a Vakil Abad. En el momento de redactar la comunicación, estaba prevista su puesta en libertad bajo fianza.
    • El Sr. Eskander (Soran) Lotfi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Mariwan (provincia del Kurdistán) y portavoz del CCITTA, fue detenido por última vez el 8 de octubre de 2022. El 3 de diciembre de 2022 fue duramente golpeado en la Gran Prisión de Teherán durante un interrogatorio por prestar asistencia humanitaria a jóvenes detenidos durante la revuelta. Fue puesto en libertad el 5 de diciembre, pero está a la espera de un nuevo juicio y una posible sentencia condenatoria. El Sr. Lotfi fue apresado anteriormente en relación con los acontecimientos del Primero de Mayo. El 8 de febrero de 2020, la Corte Penal de Sanandaj lo condenó a una pena de dos años de prisión por «propaganda contra el Estado» y «divulgación de información falsa» como consecuencia del ejercicio de actividades sindicales. No obstante, en julio de 2020 el Tribunal de Apelación le absolvió de estos cargos.
    • La Sra. Shiva Mafakheri, profesora de matemáticas y activista afiliada a la ITTA de Sanandaj (provincia del Kurdistán), fue detenida a mediados de noviembre de 2022 y se desconocía su paradero en el momento de redactar la comunicación. Al parecer el motivo de su detención es que no permitió que las autoridades intervinieran en su clase para castigar a los estudiantes que habían participado en las protestas.
    • El Sr. Shaban Mohammadi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Marivan, fue objeto del allanamiento y registro de su domicilio en la madrugada del 30 de abril de 2022 y de la confiscación de todos sus dispositivos electrónicos, y fue detenido por tercera vez en lo que iba de año. Esta detención estaba relacionada con la preparación de la concentración de docentes con ocasión del Primero de Mayo en Teherán y otras ciudades. El Sr. Mohammadi fue detenido por cuarta vez el 11 de mayo de 2022, cuando visitaba a otro líder sindical, el Sr. Massoud Nikkhah. El 5 de junio fue trasladado a la prisión de Evin, en Teherán, y fue puesto en libertad bajo fianza el 20 de agosto de 2022. El 8 de octubre de 2022, las fuerzas de seguridad allanaron el domicilio del Sr. Mohammadi a las 7 de la mañana para detenerlo, pero se encontraba ausente y, dado que las autoridades judiciales no produjeron ningún documento jurídico para justificar su detención, el Sr. Mohammadi no se presentó ante ellas ulteriormente. Desde octubre de 2022 permanece oculto por temor a ser detenido de nuevo y en el momento de redactar la comunicación se encuentra en paradero desconocido.
    • El Sr. Pirouz Naami, secretario general de la ITTA de Juzestán, fue detenido durante el levantamiento popular de 2022 y fue puesto en libertad bajo fianza un mes después; sin embargo, posteriormente, la oficina regional del Ministerio de Educación le informó de que las fuerzas de seguridad habían cancelado su último contrato permanente con el Ministerio y su salario se reducía al monto establecido en un contrato anterior. La presión financiera sobre el Sr. Naami y su familia se utiliza como herramienta punitiva para silenciar a los docentes activistas.
    • El Sr. Masoud Nikkhah, miembro de la junta directiva de la ITTA de Marivan (provincia del Kurdistán) fue detenido el 30 de abril de 2022 antes de las celebraciones del Primero de Mayo, puesto en libertad y detenido de nuevo el 11 de mayo. Fue trasladado a la prisión de Evin, en Teherán, junto con otros docentes activistas. El 12 de mayo de 2022 las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio y se incautaron de todos los dispositivos electrónicos. Mientras estaba recluido, el Sr. Nikhkhah fue torturado por la Guardia Revolucionaria Islámica. El 20 de agosto de 2022 fue liberado bajo una fuerte fianza, pero fue detenido de nuevo y enviado a prisión en octubre de 2022. El 5 de diciembre de 2022 volvió a ser liberado bajo fianza.
    • El Sr. Hamid Rahmati, miembro de la ITTA de Shahreza (provincia de Ispahán) fue detenido por última vez el 2 de octubre de 2022 e inició una huelga de hambre en prisión el 9 de diciembre de 2022. Había sido detenido en numerosas ocasiones desde 2008.
  4. 52. La CSI y la IE concluyen que los allanamientos, detenciones, privaciones de libertad y duras condenas contra las bases y los dirigentes sindicales forman parte de un patrón de represión sistemática aplicado por las autoridades iraníes para instaurar un clima de miedo y violencia y reprimir el ejercicio legítimo del derecho de libertad sindical, y piden al Comité que inste al Gobierno a que retire de inmediato todos los cargos contra los sindicalistas mencionados y libere a los que aún se encuentran retenidos; se abstenga de allanar los domicilios de los sindicalistas y de confiscar los bienes y documentos de viaje de estos y de sus familias, y ponga fin al acoso policial y judicial de los miembros del CCITTA.
  5. 53. El Comité toma nota de la respuesta del Gobierno de fecha 1.º de mayo de 2023. El Gobierno indica que la Sra. Cécile Kohler y el Sr. Jacques Paris, dos docentes y sindicalistas de nacionalidad francesa detenidos en Irán el 8 de mayo de 2022 y que aún se encuentran en prisión provisional en la cárcel de Evin por «reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional», se habían reunido con los miembros de las asociaciones sindicales de docentes y del CCITTA a fin de estudiar cómo transformar las reivindicaciones de los docentes y del Sindicato de Trabajadores de la Empresa de Autobuses de Teherán y Suburbios (SVATH) en acciones de protesta callejera contra el Estado. Conforme a la respuesta correspondiente al caso núm. 2508, el Gobierno reitera que, antes de su llegada, cuando aún se encontraban en Francia, habían organizado reuniones virtuales y seminarios web de formación con la participación del CCITTA. Durante esas reuniones virtuales, se presentaron métodos de organización, contactos seguros y lucha contra el Estado y se proporcionaron folletos de formación. El Gobierno añade que la Sra. Kohler y el Sr. Paris también habían celebrado varios seminarios virtuales y cursos de formación presenciales en un domicilio seguro situado en un barrio de Teherán con el objetivo de organizar huelgas y protestas sindicales de profesores; inyectaron importantes cantidades de dinero en concepto de apoyo financiero y apoyo a los elementos clave; proporcionaron apoyo técnico y enviaron artículos técnicos con el fin de comunicarse de forma encubierta y no ser descubiertos por los servicios de inteligencia en sus esfuerzos por derrocar a la República Islámica del Irán.
  6. 54. El Gobierno proporciona las siguientes indicaciones sobre la situación de algunos de los sindicalistas mencionados en la comunicación de la CSI y la IE:
    • El Sr. Esmaeil Abdi fue condenado a una pena de 10 años de prisión bajo la acusación de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y propaganda contra el Estado, que empezó a cumplir el 11 de enero de 2021.
    • El Sr. Rasoul Bodaghi fue detenido en una ocasión por propaganda contra el Estado, reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional, y alteración del orden público por participar en las concentraciones ilegales el 11 de diciembre de 2021, y fue puesto en libertad bajo fianza el 21 de diciembre de 2021. Durante su estancia en la cárcel ha recibido la visita de familiares en primer grado en seis ocasiones. No tiene derecho a permisos y no ha acudido a la enfermería de la prisión. Según la información más reciente, fue condenado a una pena de cuatro años de cárcel, que empezó a cumplir el 7 de mayo de 2022, y que finalizará el 6 de agosto de 2026.
    • El Sr. Jafar Ebrahimi se encuentra en prisión preventiva desde el 30 de abril de 2022 por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y propaganda contra el Estado. Todos los procesos judiciales relacionados con el caso están pendientes de resolución.
    • El Sr. Massoud Farhikhteh está acusado de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y propaganda contra el Estado. Fue detenido el 3 de diciembre de 2022 y puesto en libertad bajo fianza el 1.º de febrero de 2023.
    • El Sr. Mehdi Fathi fue condenado a una pena de cinco años de prisión por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional. Fue detenido el 8 de junio de 2022 y está cumpliendo condena en el bloque de seguridad de la Prisión Central de Shiraz.
    • El Sr. Hashem Khastar fue condenado a una pena de 10 años de prisión por pertenencia a grupos opositores al Estado y organización de concentraciones y grupos con el fin de atentar contra la seguridad nacional. Actualmente cumple condena en la prisión de Mashhad y será liberado al finalizar su pena, el 18 de junio de 2029.
    • La Sra. Zhila Khayyer fue detenida el 22 de noviembre y se encuentra en prisión provisional; se le imputa un delito de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional. El auto de acusación se dictó el 9 de enero de 2023 y compareció ante el Tribunal Revolucionario de Shiraz. En el momento de redactar la comunicación aún no se había pronunciado sentencia.
    • Los Sres. Eskandar Lotfi, Shaban Mohammadi y Massoud Nikkhah están acusados de los delitos de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y de propaganda contra el Estado. Fueron detenidos el 1.º de mayo de 2022 y puestos en libertad bajo fianza el 17 de agosto de 2022; se les detuvo de nuevo el 8 de octubre de 2022 y fueron liberados bajo fianza el 5 de diciembre de 2022.
    • La Sra. Shiva Mafakheri fue detenida el 22 de noviembre de 2022 por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional. El caso se remitió a la fiscalía de Sanandaj. Fue puesta en libertad bajo fianza el 26 de enero de 2022. Posteriormente, se emitió una orden de sobreseimiento y se archivó el caso.
    • El Sr. Pirouz Nami fue condenado en rebeldía por un delito de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional. Su abogado ha solicitado una rebaja de la pena.
    • El Sr. Hamid Rahmati fue detenido el 3 de octubre de 2022 por un delito de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional, y puesto en libertad bajo fianza el 15 de diciembre de 2022.
  7. 55. El Comité toma nota de la información actualizada facilitada por la CSI y la IE, así como de la respuesta del Gobierno. El Comité toma nota con profunda preocupación de que, desde el último examen del caso, parecen haberse intensificado significativamente las medidas contra los afiliados y dirigentes del CCITTA y las asociaciones sindicales de docentes a nivel local, ya que supuestamente un gran número de ellos han sido detenidos, privados de libertad, procesados y condenados, y se les han aplicado sanciones administrativas en relación con el ejercicio de sus actividades sindicales legítimas. El Comité toma nota de que, a excepción de un caso, las causas de todos los afiliados y dirigentes sindicales referidos en la comunicación de la organización querellante de diciembre de 2022 seguían abiertas en el momento del examen.
  8. 56. El Comité toma nota de que los siguientes sindicalistas están encarcelados, cumpliendo sentencias firmes dictadas por tribunales revolucionarios o penales, principalmente en virtud de los artículos 500 y 610 del Código Penal Islámico (CPI), que corresponden respectivamente a los delitos de «propaganda contra el Estado» y «reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional»: el Sr. Esamail Abdi (15 años), el Sr. Rasoul Bodaghi (4 años), el Sr. Jafar Ebrahimi (5 años), el Sr. Mehdi Fathi (8 años), y el Sr. Hashem Khastar (10 años). El Comité observa que el Sr. Jafar Ebrahimi fue condenado a una pena de 5 años de prisión —cuatro de ellos ejecutables— con arreglo a los artículos 500 y 610 del CPI, y está privado de libertad desde el 30 de abril de 2022. No obstante, el Gobierno indica que el procedimiento judicial está pendiente de resolución, aunque no proporciona más detalles.
  9. 57. El Comité toma nota de que, según la información presentada por la organización querellante y la información publicada por el CCITTA, los siguientes sindicalistas han sido puestos en libertad bajo fianza, a la espera de juicio y posible condena:
    • El Sr. Massoud Farhikhteh fue liberado el 25 de mayo después de pasar 25 días en régimen de aislamiento. El Comité toma nota de que el Gobierno indica que al Sr. Farhikhteh se le imputan los delitos contemplados en los artículos 500 y 610 del CPI.
    • El Sr. Mohammad Habibi fue liberado por última vez el 21 de mayo de 2023 después de estar retenido durante 47 días, 21 de ellos en régimen de aislamiento. Se le imputan los delitos contemplados en los artículos 500 y 610 del CPI.
    • La Sra. Zhila Khayer fue puesta en libertad bajo fianza el 23 de enero de 2023; se le imputaron los delitos de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional (artículo 610 del CPI).
    • Los Sres. Eskandar Lotfi, Shaban Mohammadi y Massoud Nikkhah fueron liberados bajo fianza por última vez el 5 de diciembre de 2022; se les imputan los delitos previstos en los artículos 500 y 610 del CPI.
    • El Sr. Pirouz Naami fue puesto en libertad bajo fianza por última vez el 9 de noviembre de 2022. Los juicios por los delitos de propaganda a favor de grupos opositores, pertenencia a grupos para atentar contra la seguridad nacional y el relativo al artículo 610 del CPI siguen pendientes de resolución.
    • El Sr. Hamid Rahmati fue detenido por última vez el 2 de octubre de 2022 y puesto en libertad bajo fianza el 15 de diciembre de 2022, tras pasar 74 días retenido. El Comité toma nota de que el Gobierno indica que se le imputa un delito previsto en el artículo 610 del CPI.
  10. 58. El Comité toma nota con profunda preocupación de las numerosas detenciones, prolongadas estancias en prisión preventiva, procesamientos y duras condenas a prisión de los dirigentes y afiliados del CCITTA y de las asociaciones sindicales de docentes locales desde abril de 2022. El Comité toma nota de que el Gobierno indica los delitos que se les imputan a los docentes sindicalistas detenidos y condenados, sin especificar los hechos concretos que se les atribuyen. Además, observa que de los alegatos de la organización querellante y de las fuentes públicamente disponibles se desprende que las detenciones y las medidas judiciales aplicadas a los sindicalistas están relacionadas con el ejercicio de sus actividades sindicales, en particular la participación en manifestaciones y la expresión pública de opiniones sobre cuestiones de interés para los docentes y sobre las políticas gubernamentales en materia educativa, social y económica. El Comité toma nota en particular de los allanamientos simultáneos de los domicilios de los Sres. Bodaghi, Ebrahimi, Habibi, Lotfi, Mohammadi y Nikkhah en la madrugada del 30 de abril, un día antes de las manifestaciones del Primero de Mayo de 2022, seguidos de la detención, prolongada estancia en prisión preventiva y juicio de estos cargos del CCITTA, así como de la nueva detención del Sr. Farhikhteh el 1.º de mayo de 2023. El Comité observa que en las disposiciones relativas a la seguridad nacional y el orden público del CPI (en particular en los artículos 500 y 610 del CPI) se reproduce el patrón habitual que consiste en tipificar como delito las actividades sindicales legítimas.
  11. 59. En lo que concierne al Sr. Esmail Abdi, secretario general de la ITTA, el Comité recuerda que fue detenido por primera vez en 2015 y empezó a cumplir una pena de prisión en 2016 por un delito contemplado en los artículos 500 y 610 del CPI. El Comité recuerda también que en 2020 el Gobierno indicó que el Sr. Abdi sería puesto en libertad el 22 de diciembre de 2020, una vez cumplida su condena [392.º informe, párrafo 67]. Sin embargo, el Comité toma nota con profunda preocupación de que, en su última comunicación, el Gobierno indica que el Sr. Abdi empezó a cumplir una pena de 10 años de prisión por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y propaganda contra el Estado el 11 de enero de 2021. El Comité observa que, según la información disponible públicamente, a finales de 2020, cuando el Sr. Abdi hubiera debido ser excarcelado, las autoridades judiciales dictaron la ejecución de una sentencia anterior, que había sido suspendida, en la que se le condenaba a 10 años de prisión por un delito de espionaje. El Comité observa además que el 16 de noviembre de 2022 el Tribunal Supremo de Irán anuló esta condena y admitió el recurso del Sr. Abdi para que se repitiera el juicio relativo al caso de espionaje, remitiéndolo a otra sala del Tribunal Revolucionario de Teherán para que se celebrara un nuevo juicio. No obstante, el Comité toma nota con profunda preocupación de que meses después de que se anulara la sentencia condenatoria, no se ha celebrado un nuevo juicio ni se ha liberado al Sr. Abdi, y el Gobierno indica en su comunicación que este se encuentra cumpliendo una condena de 10 años de prisión. El Comité considera que la arbitrariedad manifiesta de la reclusión del Sr. Abdi después de la anulación de una antigua sentencia que supuestamente justifica su permanencia en prisión es extremadamente alarmante. A este respecto, el Comité recuerda que la detención de dirigentes sindicales o sindicalistas por motivos relacionados con actividades de defensa de los intereses de los trabajadores constituye una grave violación de las libertades públicas en general y de las libertades sindicales en particular [véase Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical, sexta edición, 2018, párrafo 123]. Asimismo, nadie debe ser privado de libertad, ni ser objeto de sanciones por el mero hecho de organizar o haber participado en una huelga, reuniones públicas o desfiles pacíficos, sobre todo con ocasión del Primero de Mayo [véase Recopilación, párrafo 156]. Por consiguiente, el Comité insta al Gobierno a que retire de inmediato los cargos y ponga en libertad a los docentes a los que se hace referencia en este caso cuya detención o imputación se hayan producido como consecuencia de sus actividades sindicales. Asimismo, pide al Gobierno que lo mantenga informado de las medidas adoptadas a este respecto y de la situación de todas las personas concernidas.
  12. 60. El Comité toma nota con profunda preocupación de los alegatos de tortura y malos tratos a los Sres. Lotfi y Nikkhah mientras se encontraban recluidos, así como de los alegatos relativos a la aplicación del régimen de aislamiento prolongado a los Sres. Farhikhteh, Fathi y Habibi. El Comité recuerda a este respecto que en casos de alegatos de personas torturadas o maltratadas durante su detención, los Gobiernos deberían realizar investigaciones independientes sobre las quejas de esta naturaleza de manera que puedan adoptar medidas apropiadas, incluida la indemnización de los daños sufridos y la aplicación de sanciones a los culpables, así como para garantizar que ninguna persona detenida sea objeto de malos tratos [véase Recopilación, párrafo 112]. El Comité recuerda también que, con independencia de los motivos de los arrestos, de conformidad con las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, el aislamiento solo se aplicará en casos excepcionales, como último recurso, durante el menor tiempo posible y con sujeción a una revisión independiente, y únicamente con el permiso de una autoridad competente. El aislamiento prolongado, es decir, el aislamiento que se extienda durante un periodo superior a 15 días consecutivos, equivale a tortura y quedará prohibido (véase la resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 2015 (Reglas Nelson Mandela), A/RES/70/175, reglas 43 a 45) [véase 400.º informe, párrafo 511]. Por consiguiente, el Comité insta al Gobierno a que tome todas las medidas necesarias para que se realice una investigación independiente de los alegatos de tortura y malos tratos de los Sres. Lotfi y Nikkhah mientras se encontraban recluidos y en el futuro se abstenga de aplicar el régimen de aislamiento a los sindicalistas encarcelados. Pide también al Gobierno que lo mantenga informado de las medidas adoptadas a este respecto.
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