National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en junio de 1996, que contiene informaciones detalladas en respuesta a su solicitud anterior y comunica una documentación útil en anexo. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, la pobreza, el desempleo y el subempleo se deben esencialmente a la falta de inversión productiva. La tasa de desempleo abierto alcanzaba 4,3 por ciento en 1995, pero la característica principal del mercado del empleo sigue siendo el subempleo de la mayoría de los trabajadores en empleos poco calificados, poco productivos y mal remunerados.
2. La Comisión observa con interés que los objetivos del Plan de Acción 1996-2000 del Gobierno en materia de elevación de niveles de vida, de lucha contra el subempleo y de libre elección del empleo se conforman en gran parte con los del Convenio. Además, la Comisión toma nota de las estipulaciones pertinentes del Acuerdo sobre los aspectos socioeconómicos y situación agraria suscrito en mayo de 1996, en el marco de los Acuerdos de Paz. La Comisión toma nota de que el Plan de Acción de Desarrollo Social se propone en particular reducir a 45 por ciento la tasa de subempleo y alcanzar una tasa de actividad de 30 por ciento para las mujeres. La Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar en su próxima memoria los primeros resultados obtenidos en la consecución de dichos objetivos, mediante la descripción de las medidas puestas en práctica y precisando las dificultades enfrentadas. La Comisión invita al Gobierno a seguir adjuntando a sus memorias ejemplares de informes, encuestas o estudios que analicen las repercusiones de las medidas de política económica y social sobre el empleo.
3. Además, la Comisión ha tomado nota con interés de la memoria de labores de 1995 del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP). La Comisión solicita al Gobierno se sirva seguir comunicando ese tipo de información, e indicar en qué medida se han alcanzado los objetivos de la política de enseñanza y de formación profesional.
4. Sírvase facilitar informaciones detalladas sobre la puesta en práctica de las medidas destinadas a fomentar la inserción duradera de las mujeres en el empleo productivo. Sírvase indicar si se prevén programas específicos para los jóvenes que buscan su primer empleo.
5. Sírvase describir los progresos realizados en lo que se refiere a la cooperación entre la Oficina Nacional del Empleo y los servicios privados de colocación a fin de dar una mejor atención a las necesidades de los trabajadores del sector informal, habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los Convenios núms. 88 y 96.
6. Sírvase seguir facilitando informaciones sobre las actividades desarrolladas en materia de migraciones para el empleo, y en particular sobre la ejecución del proyecto piloto Tecun Umán.
7. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con interés de la creación del Consejo Consultivo del Departamento Nacional del Empleo. La Comisión agradecería al Gobierno se sirviera indicar si recurrió, como lo tenía previsto, a la asistencia del equipo técnico multidisciplinario de la OIT de San José (Costa Rica) para mejorar el funcionamiento de dicho Consejo. La Comisión recuerda a este respecto que las consultas exigidas en virtud del artículo 3 del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo, y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a seguir comunicando informaciones sobre el efecto dado a esta disposición esencial del Convenio.