National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión ha tomado nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en su última memoria. Agradecería al Gobierno tenga a bien indicar si se garantiza en caso de residencia en el extranjero el pago de las indemnizaciones debidas a los trabajadores víctimas de un accidente de trabajo o a sus derechohabientes, ya sea en el marco del sistema de seguridad social, o en el marco de la responsabilidad del empleador prevista en el artículo 114 del Código de Trabajo. En caso afirmativo, sírvase precisar en qué condiciones se efectúa el pago de esas indemnizaciones tanto a los trabajadores nacionales como a los trabajadores nacionales de un país que haya ratificado el Convenio, así como a sus derechohabientes.