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Demande directe (CEACR) - adoptée 2010, publiée 100ème session CIT (2011)

Convention (n° 159) sur la réadaptation professionnelle et l'emploi des personnes handicapées, 1983 - Sao Tomé-et-Principe (Ratification: 1992)

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La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2007, que estaba redactada del modo siguiente:

La Comisión toma nota de la sucinta respuesta proporcionada por el Gobierno en marzo de 2007, indicando que debido a la falta de recursos humanos, materiales y financieros, el Ministerio de Trabajo aún no dispone de una unidad para ocuparse de la problemática de las personas con discapacidades. En consecuencia, debe señalarse la ausencia en la actualidad de políticas relativas a las cuestiones abarcadas por el Convenio. La Comisión también toma nota de que sólo existe una organización no gubernamental (ONG) que trata las cuestiones relativas a las personas con discapacidades. Debido a la falta de recursos materiales y financieros, es poco lo que esta ONG ha podido hacer en favor de las personas con discapacidades. La Comisión se refiere a su solicitud directa anterior y espera que el Gobierno demostrará su compromiso con el Convenio y estará en condiciones de comunicar en su próxima memoria información detallada sobre las medidas adoptadas o previstas para promover las oportunidades de empleo en el mercado abierto del trabajo en el sentido del Convenio. La Comisión recuerda que el Gobierno puede solicitar el asesoramiento y la asistencia técnica de la Oficina para la aplicación de una política nacional destinada a lograr la readaptación profesional de las personas con discapacidades y a promover oportunidades de empleo para las mismas como requiere el Convenio.

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