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Observation (CEACR) - adoptée 2015, publiée 105ème session CIT (2016)

Convention (n° 142) sur la mise en valeur des ressources humaines, 1975 - Guinée (Ratification: 1978)

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  1. 2003
  2. 2000
  3. 1993
  4. 1992
  5. 1988

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Artículo 1 del Convenio. Elaboración y aplicación de las políticas de educación y de formación. En su memoria, el Gobierno se refiere a las estrategias aplicadas para reforzar la relación entre la formación y el empleo con miras a reducir la pobreza. Además, el Gobierno indica que se han creado centros de formación posterior a la primaria (CFPP) a fin de ofrecer formación profesional a los jóvenes que no hayan superado los niveles educativos primario y secundario (escuela secundaria elemental). Asimismo, el Gobierno se refiere a las iniciativas llevadas a cabo por el Ministerio de la Juventud y el Empleo de los Jóvenes, como, por ejemplo, la creación de centros de escucha, asesoramiento y orientación de los jóvenes, y la implementación del programa «Vivir para aprender». La Comisión se refiere a sus comentarios en relación con el Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122), y pide al Gobierno que transmita información detallada sobre la forma en la que garantiza una coordinación eficaz entre las políticas y los programas de orientación y formación profesionales y las políticas y programas de empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información sobre medidas para asegurar la coordinación de los diferentes organismos competentes con miras a desarrollar políticas y programas completos y concertados de orientación y formación profesionales. Además, la Comisión solicita al Gobierno que transmita información sobre los niveles de instrucción, las calificaciones y las actividades de formación que permiten apreciar la aplicación de todas las disposiciones del Convenio en la práctica.
Artículo 5. Cooperación con los interlocutores sociales. La Comisión señala de nuevo a la atención del Gobierno la importancia del diálogo social para elaborar, aplicar y reexaminar una política nacional de desarrollo de los recursos humanos, y de la educación y la formación. La Comisión pide al Gobierno que transmita información detallada sobre la participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas y programas de orientación y formación profesionales.
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