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Rapport intérimaire - Rapport No. 375, Juin 2015

Cas no 2254 (Venezuela (République bolivarienne du)) - Date de la plainte: 17-MARS -03 - Actif

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Alegatos: la marginación y exclusión de los gremios empresariales en el proceso de toma de decisiones, excluyendo así el diálogo social, el tripartismo y de manera general la realización de consultas (especialmente en relación con leyes muy importantes que afectan directamente a los empleadores), incumpliendo así recomendaciones del propio Comité de Libertad Sindical; actos de violencia y de discriminación y de intimidación contra dirigentes empleadores y sus organizaciones; detención de dirigentes; leyes contrarias a las libertades públicas y a los derechos de las organizaciones de empleadores y sus afiliados; acoso violento a la sede de FEDECAMARAS con amenazas y materiales; atentado de bomba contra la sede de FEDECAMARAS

  1. 560. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de marzo de 2015 y presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 374.º informe, párrafos 874 a 930, aprobado por el Consejo de Administración en su 323.ª reunión (marzo de 2015)].
  2. 561. En dicha ocasión el Comité solicitó al Gobierno [véase 374.º informe, párrafo 930, recomendación g)] que completara su respuesta sobre ciertas cuestiones y señaló que se proponía examinarlas de manera detallada en su reunión de mayo de 2015.
  3. 562. Por comunicación de fecha 19 de mayo de 2015, la OIE y FEDECAMARAS enviaron informaciones adicionales.
  4. 563. El Gobierno envió observaciones adicionales por comunicación de fecha 21 de mayo de 2015.
  5. 564. La República Bolivariana de Venezuela ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), así como el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 565. En su anterior examen del caso en su reunión de marzo de 2015, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 374.º informe, párrafo 930]:
    • a) al tiempo que expresa su profunda preocupación ante las graves y diferentes formas de estigmatización e intimidación por parte de las autoridades o grupos u organizaciones bolivarianas contra FEDECAMARAS, contra sus organizaciones afiliadas, contra sus dirigentes y contra empresas afiliadas que incluyen amenazas de encarcelamiento, declaraciones de instigación al odio, acusaciones de llevar a cabo una guerra económica, ocupaciones y saqueo de comercios, la toma de la sede de FEDECAMARAS, etc., el Comité señala al Gobierno la importancia de que se tomen medidas firmes para evitar este tipo de actos y de declaraciones contra personas y organizaciones que defienden legítimamente intereses en el marco de los Convenios núms. 87 y 98, ratificados por la República Bolivariana de Venezuela;
    • b) el Comité lamenta observar que los procesos penales relativos al atentado con bomba en la sede de FEDECAMARAS el 26 de febrero de 2008 y al secuestro y maltrato en 2010 de los dirigentes de esta organización, Sres. Noel Álvarez, Luis Villegas, Ernesto Villamil y Sra. Albis Muñoz (resultando herida con tres balas esta última), no han concluido todavía (la decisión judicial de archivo del caso del atentado con bomba a la sede había sido apelada por FEDECAMARAS), expresa nuevamente la firme esperanza de que terminarán sin mayor demora y pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto. El Comité reitera la importancia de que los culpables de estos delitos sean condenados con penas proporcionales a la gravedad de los mismos a fin de que no se repitan los delitos cometidos y se compense a FEDECAMARAS y los dirigentes concernidos por los daños causados por esos actos ilegales. El Comité pide al Gobierno que envíe sus observaciones sobre los puntos planteados por FEDECAMARAS sobre el atentado con bomba en la sede de la misma;
    • c) en lo que respecta a los alegatos de tomas de fincas, rescates, ocupaciones y expropiaciones en perjuicio de dirigentes o ex dirigentes empleadores, el Comité pide que se indemnice de manera justa a estos dirigentes o ex dirigentes de FEDECAMARAS. Al mismo tiempo, el Comité se remite a la decisión del Consejo de Administración de marzo de 2014 en la que «instó al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a que en consulta con los interlocutores nacionales, desarrollase e implantase el plan de acción como fue recomendado por la Misión Tripartita de Alto Nivel», que a su vez se refiere a «la constitución de una mesa de diálogo entre el Gobierno y FEDECAMARAS con la presencia de la OIT, para tratar todas las cuestiones pendientes relativas a recuperaciones de fincas y expropiaciones de empresas y otros problemas que se planteen o puedan presentarse en el futuro vinculados con estas cuestiones» y lamenta que en sus últimas comunicaciones el Gobierno declare que ello es inviable en cuestiones de recuperación de tierras y de consultas sobre leyes. El Comité urge al Gobierno a que ponga en práctica esta petición con los lineamientos señalados en las conclusiones y que le informe al respecto. Por último, como hiciera la Misión Tripartita de Alto Nivel, el Comité subraya «la importancia de tomar todas las medidas para evitar cualquier tipo de discrecionalidad o discriminación en los mecanismos jurídicos relativos a la expropiación o recuperación u otros que afecten al derecho de propiedad»;
    • d) en relación con los órganos estructurados de diálogo social bipartito y tripartito que deben establecerse en el país y el plan de acción en consulta con los interlocutores sociales, con el establecimiento de etapas y plazos concretos para la ejecución del mismo contando con la asistencia técnica de la OIT, recomendados por el Consejo de Administración, el Comité toma nota de que el Gobierno declara que no ha concluido todavía el proceso de consultas con diferentes sectores y organizaciones y le pide que se asegure de que se incluya en todas ellas a FEDECAMARAS. El Comité recuerda que las conclusiones de la Misión se refieren a una mesa de diálogo entre el Gobierno y FEDECAMARAS, con presencia de la OIT y una mesa de diálogo tripartito con participación de la OIT y con un presidente independiente. El Comité urge al Gobierno a que de inmediato adopte medidas tangibles en materia de diálogo social bipartito y tripartito como lo solicitó la Misión Tripartita de Alto Nivel. Constatando que el Gobierno no ha presentado todavía el plan de acción que se le había pedido, el Comité urge al Gobierno a que dé cumplimiento sin demora a las conclusiones de la Misión Tripartita de Alto Nivel ratificadas por el Consejo de Administración y que le informe al respecto. El Comité urge al Gobierno a que promueva el diálogo social e iniciativas en este sentido como la reunión que tuvo lugar en febrero de 2015 entre las autoridades y FEDECAMARAS y que implemente de inmediato las consultas tripartitas;
    • e) el Comité, siguiendo las conclusiones de la Misión Tripartita de Alto Nivel urge al Gobierno para que adopte de inmediato acciones que generen un clima de confianza basado en el respeto de las organizaciones empresariales y sindicales con miras a promover relaciones profesionales estables y sólidas. El Comité pide al Gobierno que le informe de toda medida en este sentido. El Comité pide al Gobierno que como una primera medida en la buena dirección que no debería plantear problemas se designe a un representante de FEDECAMARAS en el Consejo Superior del Trabajo;
    • f) el Comité toma nota con preocupación de los nuevos alegatos de la OIE y FEDECAMARAS de fecha 27 de noviembre de 2014 relativos a: i) la detención durante 12 horas del presidente de CONINDUSTRIA, Sr. Eduardo Garmendia; ii) acciones de seguimiento y acoso al presidente de FEDECAMARAS, Sr. Jorge Roig; iii) un recrudecimiento de los ataques verbales contra FEDECAMARAS por altos cargos del Estado en los medios de comunicación, y iv) la adopción por el Presidente de la República, en noviembre de 2014, de 50 decretos-leyes sobre importantes cuestiones económicas y productivas sin que se haya consultado a FEDECAMARAS. El Comité pide al Gobierno que envíe observaciones completas sobre estos alegatos;
    • g) el Comité toma nota con preocupación de los nuevos alegatos de la Organización Internacional de Empleadores (OIE) y de la Federación de Cámaras y Asociación de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECAMARAS) y de las recientes observaciones del Gobierno de 10 y 12 de marzo de 2015 sobre una parte de los alegatos. El Comité pide al Gobierno que complete su respuesta y se propone examinar estas cuestiones de manera detallada en su próxima reunión de mayo de 2015, y
    • h) el Comité llama especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.
  2. 566. En relación con la recomendación g), el informe sobre el anterior examen del caso sólo contenía un resumen muy sumario de los alegatos y de las respuestas del Gobierno ya que habían sido recibidos poco tiempo antes de la reunión del Comité de marzo de 2015. Por ello, se exponen a continuación de manera detallada dichos alegatos y las respuestas del Gobierno.

B. Nuevos alegatos de las organizaciones querellantes

B. Nuevos alegatos de las organizaciones querellantes
  1. 567. En su comunicación de 3 de marzo de 2015, la OIE y la comunidad empresarial venezolana FEDECAMARAS denuncian una vez más el asedio permanente del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela al empresariado libre de su país y protestan ante la OIT y el Comité de Libertad Sindical por nuevos ataques a las empresas privadas venezolanas, muchas de ellas miembros de FEDECAMARAS, organización de empleadores más representativa del país. Este planteamiento se basa en nuevos hechos de agresión y de descrédito público por parte del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela que vienen acaeciendo en la República Bolivariana de Venezuela contra empresas y empresarios venezolanos, que arrojaron sólo en el mes de febrero de 2015, la abrupta detención de más de 15 empresarios y directivos de empresas distribuidoras de medicinas y de alimentos y de organizaciones gremiales privadas dedicadas a la atención hospitalaria, al servicio de supermercados y a la distribución de carne, así como la ocupación de hecho, por parte del Gobierno de una empresa privada distribuidora de alimentos, bajo acusaciones de conspiración contra el Gobierno, sin el debido proceso ni respeto al derecho a la defensa, lo cual ha sido difundido ampliamente por los medios de comunicación.
  2. 568. Cabe recordar — prosiguen las organizaciones querellantes — que la OIT solicitó oficialmente al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela hace ya un año, en marzo de 2014, que adoptara urgentemente un plan de acción con el fin de establecer el diálogo social en el país sobre la base del respeto y la ausencia de intimidación hacia a las organizaciones empresariales y sindicales independientes y representativas. Esta petición contundente surgió tras expresar la preocupación por la violación de los derechos de libre asociación y sindicación de empleadores y trabajadores en el país y quedó detalladamente reflejada en el informe de la Misión de Alto Nivel de la OIT que visitó la República Bolivariana de Venezuela en el mes de enero de 2014 y que fue aprobado por el Consejo de Administración el 27 de marzo de ese mismo año. En este informe, también se pidió al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela que asegurase procedimientos efectivos y ágiles para perseguir los actos de violencia contra representantes de las organizaciones empresariales y sindicales. Sin embargo, los nuevos ataques de febrero de 2015 demuestran con profunda preocupación que el establecimiento del diálogo social sobre la base del respeto y la ausencia de intimidación hacia las organizaciones empresariales independientes y representativas está lejos de ser una realidad en la República Bolivariana de Venezuela.
  3. 569. La OIE y FEDECAMARAS alegan que el 1.º de febrero de 2015 fueron detenidos cuatro de los dueños y directivos de la cadena de farmacias FARMATODO, incluyendo al presidente ejecutivo de la cadena, Sr. Pedro Luis Angarita y a su vicepresidente de operaciones, Sr. Agustín Antonio Álvarez Costa, con ocasión de las colas formadas por los consumidores a las puertas de estos centros de distribución de medicinas y otros artículos de higiene personal que escasean en el país, lo cual fue visto por el Gobierno como una demora intencional en la atención de los usuarios para desprestigiar y sabotear al Gobierno, calificando el hecho de «conspiración» y de ser «parte de la guerra económica contra el Gobierno». El Presidente de la República señaló públicamente, en cadena de radio y televisión, que tenía presos a los dueños de FARMATODO en las instalaciones del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y que había formulado la denuncia ante la Fiscalía General de la República. Los delitos imputados a directivos de FARMATODO acarrean pena de diez a 12 años de prisión.
  4. 570. El día 2 de febrero de 2015, la empresa emitió un comunicado a sus trabajadores y destacó su disposición a colaborar para garantizar el oportuno abastecimiento de artículos de primera necesidad y continuar ofreciendo sus servicios a los clientes.
  5. 571. El 3 de febrero, el Sr. Jorge Roig, presidente de FEDECAMARAS, rechazó las acciones emprendidas por el Gobierno venezolano contra la directiva de FARMATODO. Indicó que medidas de esta índole tomadas por el Ejecutivo forman parte de «una persecución absoluta y exclusiva contra la empresa privada venezolana». El presidente de FEDECAMARAS rechazó que se «satanice» al sector empresarial, «se juzga sin haber tomado alguna prueba concluyente y no hemos oído las partes que dicen las personas agraviadas». Resaltó que la cadena de farmacias debe tener un proceso justo, «no hemos escuchado ninguna versión de la parte agredida». «Estas fiscalizaciones se han convertido en juicios sumarios.».
  6. 572. Las organizaciones querellantes alegan también que el 1.º de febrero de 2015, el Presidente de la Asamblea Nacional (AN) Sr. Diosdado Cabello, el Vicepresidente de Seguridad y Soberanía Alimentaria, Sr. Carlos Osorio; el Ministro de Alimentación, Sr. Yván Bello y fiscales de la Superintendencia Nacional de Precios Justos (SUNDDE) inspeccionaron los galpones del Supermercado Día a Día en Caracas, los cuales según anunció el Sr. Cabello, fueron ocupados por el Gobierno por detectar venta irregular de productos y por tener mucho inventario. Siguiendo instrucciones del Presidente de la República, señaló el Sr. Cabello, se ordenó la ocupación de toda la red de supermercados Día a Día desde el almacenamiento, hasta la distribución y puntos de venta, todo lo cual fue transferido a la cadena de distribución de alimentos del Estado, Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos (PDVAL). El 4 de febrero, el Gobernador del estado Aragua, informó que fueron ocupados cuatro galpones más de la cadena Día a Día en ese estado, repletos de productos alimenticios «acaparados».
  7. 573. El 5 de febrero de 2015, en el almacén de la cadena de Practimercados Día a Día, ubicado en Caracas, ocho camiones de la Misión Alimentación del Gobierno Nacional, acompañados de funcionarios de PDVAL, inspectores de la SUNDDE y la Guardia Nacional Bolivariana realizaron despachos de mercancía destinados a las 36 sucursales de la cadena y a los locales de PDVAL.
  8. 574. El 6 de febrero de 2015, el Presidente de la República anunció que a partir del día 7 de febrero la red del Estado PDVAL asumía todos los servicios de Día a Día, acusándoles de estar haciendo la guerra al pueblo venezolano. Asimismo, exhortó al Poder Judicial y al Ministerio Público para extremar acciones contra los responsables de los delitos contra el pueblo en esta guerra económica, de esta cadena en específico que ha pasado a manos de PDVAL, para que lo paguen plenamente y «no haya conmiseración con estas mafias que le hacen daño a un pueblo». Asimismo, le exigió a la Procuraduría General de la República, determinar los daños patrimoniales causados a la sociedad y al Estado por la conducta «de guerra económica de este grupo».
  9. 575. El día 6 de febrero de 2015, Día a Día emitió un comunicado donde precisó que es normal que en el almacén central tengan la mayor parte del inventario de productos, el cual cubre regularmente pocos días de venta. Por ejemplo, para el caso de cesta básica y, particularmente, harina de maíz, se cuenta regularmente sólo con tres días de inventario de las 197 toneladas diarias que se venden en todas las tiendas. Declaró que no han incurrido en acaparamiento ni boicot.
  10. 576. El Sr. Francisco Martínez, primer vicepresidente de FEDECAMARAS, sostuvo que la constante arremetida contra el sector privado genera preocupación a FEDECAMARAS, que ve peligroso que tener tres días de inventario sea considerado un delito.
  11. 577. El 8 de febrero de 2015, el presidente de Día a Día, explicó que no se ha definido la figura jurídica de su incorporación a la red estatal de distribución de alimentos PDVAL, «No sabemos si es una expropiación, intervención, o qué. Lo que sabemos es que nuestro director general está preso.» «Nuestra mercancía fue tomada para ser facturada por PDVAL.».
  12. 578. Las organizaciones querellantes señalan, por otra parte, que el 1.º de febrero de 2015, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) detuvo a directivos de la cadena de supermercados Día a Día y al Sr. Luis Rodríguez, presidente de la Asociación Nacional de Supermercados y Autoservicios (ANSA). Ambos fueron detenidos al salir de una reunión a la cual fueron convocados por el Gobierno en el Palacio de Miraflores, con el Vicepresidente de Seguridad y Soberanía Alimentaria, Sr. Carlos Osorio, en la cual trató el tema del abastecimiento de productos en el país.
  13. 579. Las organizaciones querellantes añaden que el 1.º de febrero de 2015, el Gobierno ocupó la distribuidora de carne «Corporación Cárnica 2005» y detuvo a sus dueños. El Superintendente Nacional de Precios Justos (SUNDDE) informó que fueron detenidas cinco personas responsables de la empresa ubicada en el estado Falcón, por vender carne, pollo y pescado a sobreprecios de hasta 1 000 por ciento, presumiendo el delito de acaparamiento. Durante una reunión con los representantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el Presidente de la República anunció que esta empresa sería ocupada por el Gobierno y que pasaría a formar parte de la red de PDVAL. En el marco de la plenaria ampliada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el Sr. Diosdado Cabello, Presidente de la Asamblea Nacional, solicitó al Presidente Nicolás Maduro estar al frente de la operación de toma de la Corporación Cárnica en el estado Falcón. El Jefe de Estado anunció que esta corporación pasará a manos de la cadena del Estado PDVAL.
  14. 580. La OIE y FEDECAMARAS alegan que el 5 de febrero de 2015, ocho funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) detuvieron al presidente de la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales, el médico Dr. Carlos Rosales Briceño, en su consultorio ubicado en la ciudad de Valencia, estado Carabobo. Los agentes del SEBIN conminaron al médico a acompañarlos hasta su sede regional. Se presume que la detención obedeció a unas recientes declaraciones del Dr. Carlos Rosales Briceño, respecto a la escasez de medicinas e insumos en clínicas y hospitales destinados a preservar la salud y la vida de los venezolanos, en la cual instó a las autoridades nacionales a atender la emergencia. El Dr. Carlos Rosales declaró, una vez liberado, que el SEBIN le comunicó que sus declaraciones a medios de comunicación «podrían haber generado alarma en la población y que no eran objetivas».
  15. 581. En su comunicación de fecha 19 de mayo de 2015, la OIE y FEDECAMARAS reiteran sus anteriores alegatos y envían resúmenes de prensa relativos a declaraciones de carácter intimidatorio, del Presidente de la República y otras autoridades contra FEDECAMARAS y sus dirigentes, acusándoles también de delitos y de guerra económica. Estas declaraciones cubren también el mes de abril de 2015.

C. Respuestas del Gobierno

C. Respuestas del Gobierno
  1. 582. En su comunicación de fecha 10 de marzo de 2015, el Gobierno declara que la República Bolivariana de Venezuela es hoy víctima de amenazas y sanciones promovidas desde el exterior para desestabilizar al país. Pruebas contundentes de esas amenazas desestabilizadoras han llevado a varias organizaciones populares y a varios organismos internacionales como la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), la Alianza Bolivariana de los Pueblos de Nuestra América – Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), a pronunciarse en forma unánime en contra de los intentos de desestabilización a la democracia y de intervención al país.
  2. 583. Como parte de esta guerra económica, sectores políticos y económicos, abiertamente conspirativos, han dedicado grandes capitales a la compra de productos de primera necesidad que son sacados al exterior, escondidos en depósitos clandestinos o simplemente destruidos para evitar su distribución a la población. Sólo en el mes de enero de 2015 se distribuyó un 35 por ciento más de productos con respecto a lo que se distribuyó en el mismo mes el año pasado. El sabotaje a la economía nacional ha propiciado un mercado negro de productos y zozobra en la población equivalente a la que se propició en Chile en los meses anteriores al golpe de Estado contra el Presidente Salvador Allende y que dio paso a la dictadura pinochetista.
  3. 584. Los objetivos políticos de este sabotaje económico son claros. Innumerables declaraciones políticas llamando a la sedición, a la realización de saqueos y actos violentos o abiertamente al derrocamiento del Gobierno legítimo del Presidente Nicolás Maduro lo demuestran.
  4. 585. La convocatoria a actos de violentos ha caído en el vacío, porque la población ha aguantado estoicamente las colas a las que obliga la distribución de productos controlados para evitar su extracción y desaparición.
  5. 586. El pueblo ha mantenido, a pesar de los ataques, firme su disposición de mantener la democracia, la independencia y conquistas alcanzadas, de mantener la revolución bolivariana y el legado del Comandante Supremo Hugo Chávez Frías.
  6. 587. Gracias a la acción organizada de sindicatos y consejos comunales, quienes se han constituido en brigadas de inspección, fiscalización e inteligencia contra el acaparamiento y la especulación, el país viene enfrentando con éxito esta guerra económica permitiendo la detección de depósitos semiclandestinos de bienes y prácticas de auto compra de bienes para sacarlos de circulación y que reaparecen fuera de los canales regulares de distribución a precios exagerados.
  7. 588. El Gobierno declara que esta acción ha permitido la detención de muchos comerciantes inescrupulosos, lamentablemente «empleadores» dedicados al contrabando de extracción, al acaparamiento y la especulación, establecidos éstos como delitos en el ordenamiento jurídico, así como en el de muchos países. Algunos de estos «empleadores», son gerentes o propietarios de grandes empresas de distribución pertenecientes a importantes grupos económicos. A pesar de su condición de miembros de grandes grupos económicos, se les ha tratado igual que a los pequeños, se les ha garantizado el derecho constitucional a la defensa y al debido proceso.
  8. 589. En octubre de 2014 fueron localizados, a 60 kilómetros de Caracas, varios galpones con material médico, quirúrgico y farmacéutico equivalentes a las necesidades de suministro a la red hospitalaria por seis meses. Para dar una idea del caso, se consiguieron 14 millones de jeringas y 9 millones de guantes, precisamente cuando los medios de comunicación, nacionales e internacionales, destacaban que en la República Bolivariana de Venezuela existía «ausencia de material médico y quirúrgico», haciendo énfasis en inyectadoras y guantes. Las empresas Suministros de Medicinas Javoy y Suplidora Hospimed 2004 recibieron del Estado venezolano, 236 millones de dólares para la importación de esos suministros que le eran negados a la población. Los propietarios de estas empresas están prófugos de la justicia.
  9. 590. En enero de 2015, fue ocupada la Distribuidora Herrera CA, incautándose más de 1 000 toneladas de alimentos de primera necesidad. En ambos casos, muchos de los bienes ya habían sido distribuidos a comercios y extrañamente habían desaparecido volviendo a los depósitos y estaban siendo embalados para sacarlos ilegalmente del país. La accionista principal de esta empresa es la firma Diamante Trading Investments LTD con sede en Barbados, cuya propietaria es la Sra. Peggy Ordaz, hoy prófuga de la justicia, militante del partido Voluntad Popular, vinculado a acciones golpistas en 2002 y cuyo principal dirigente se encuentra detenido por promover acciones violentas conocidas como «guarimbas» durante 2014.
  10. 591. Ambos casos, fueron profusamente reseñados en la prensa nacional, sin embargo, fueron omitidos en los recortes de prensa que acompañan la comunicación de FEDECAMARAS, a pesar de la vinculación directa con los hechos que denuncian. La prosecución de las investigaciones y las acciones de inteligencia llevaron a la detención de los propietarios de las cadenas de distribución de medicamentos FARMATODO y de la de alimentos Día a Día. No se trata de una acción vinculada a actividad sindical alguna de los imputados, que por cierto no existe, sino de la normal y legal acción judicial contra hechos vinculados a la delincuencia organizada.
  11. 592. Los representantes de la Corporación Cárnica 2005, fueron detenidos debido a que se les decomisó carne y pollo vendido por fuera de los canales de distribución regular y a precios hasta 1 000 por ciento por encima del valor del producto, cuyo precio está regulado por tratarse de artículos de primera necesidad. En este caso, tampoco los propietarios de esta empresa distribuidora de cárnicos realizaban ninguna actividad sindical, sino acciones de vil acaparamiento y especulación contra la población venezolana.
  12. 593. En todos estos casos se trata de hechos puntuales que involucran a ciudadanos de los que se presume la comisión de delito y que corresponderá al sistema judicial determinar su culpabilidad. La condición de «empleadores» es sólo un hecho circunstancial. La casi totalidad de los empresarios venezolanos están al margen de esta situación y por el contrario repudian los hechos delictivos de acaparamiento y especulación que viene afectando el normal desenvolvimiento de la economía nacional.
  13. 594. Por tanto, las acciones legales y judiciales fundamentadas en la legislación tomadas contra algunos de los dueños o representantes de estas empresas o cadenas, nada tienen que ver o se vinculan con su cualidad de empleador, sino por estar presuntamente incursos en hechos delictivos tipificados en las leyes venezolanas y sobre los cuales deben responder ante la justicia, sean o no empleadores.
  14. 595. El Presidente obrero, Nicolás Maduro ha hecho un llamado de invitación a todo el empresariado nacional e internacional que quiere trabajar, que es la gran mayoría. En lo que va de 2015 y como parte del enfrentamiento a la guerra económica, se han realizado 327 reuniones con cámaras, asociaciones y distintas organizaciones gremiales de empleadores, en una fructífera labor de diálogo social que ha servido para aislar determinados grupos delictivos que se hacen pasar por empresarios o empleadores.
  15. 596. La comunicación de FEDECAMARAS es muy específica indicando situaciones ocurridas, según ellos mismos indican, entre el 1.º y el 5 de febrero de 2015. Llama la atención que al presidente de FEDECAMARAS se le haya olvidado mencionar en su comunicación, que el 10 de febrero, es decir, con posterioridad a los hechos señalados, el Presidente de la República, Nicolás Maduro, convocó a todos los sectores empresariales a un «diálogo nacional para escuchar propuestas en materia económica», para tal fin designó al dirigente empleador Sr. Miguel Pérez Abad, presidente de FEDEINDUSTRIA, una de las principales organizaciones de empleadores del país, como comisionado presidencial para el área económica.
  16. 597. El día jueves 12 de febrero, el Sr. Pérez Abad se reunió con la representación de FEDECAMARAS, para informar de la importancia de la reunión tomamos las declaraciones del propio Sr. Jorge Roig, presidente de FEDECAMARAS y uno de los firmantes de la comunicación que nos ocupa, quien indicó «... es positiva la decisión de Maduro de convocar a todos los sectores a un diálogo en el área económica...» «... nos une sin lugar a dudas el objetivo de garantizar la adecuada y continua alimentación del país y satisfacer sus necesidades materiales diarias...» «... coincidimos igualmente en el rechazo firme y categórico al acaparamiento, la especulación y el contrabando, delitos contrarios a la ética comercial y empresarial que deben ser castigados con el peso de la ley…».
  17. 598. El Gobierno anexa el contenido completo de las declaraciones del Sr. Jorge Roig, presidente de FEDECAMARAS, así como del comunicado emitido por dicha asociación civil a la semana siguiente. En ellas no hay ninguna mención a situaciones como las que describe la presente queja ante el Comité de Libertad Sindical, a pesar de haber ocurrido tan sólo una semana antes.
  18. 599. El Gobierno señala que no se entiende como, apenas dos semanas después de estas declaraciones públicas de la asociación civil FEDECAMARAS haya una comunicación donde se usan palabras como «asedio al empresariado», «ataques a las empresas privadas», «hechos de agresión y descrédito público», las cuales no se compadecen con la situación real en la República Bolivariana de Venezuela ni con las declaraciones que acá emiten los dirigentes de esa asociación civil. Son precisamente este tipo de comportamientos ambiguos de parte de FEDECAMARAS, de doble juego político, los que generan desconfianza en la sinceridad de esa asociación civil por parte de la población venezolana, de las distintas organizaciones civiles, y que lamentablemente la han llevado a excluirse del diálogo social que existe en el país, a pesar de los innumerables llamados hechos por el propio Presidente de la República.
  19. 600. Es opinión del Gobierno que la gravedad de los hechos mencionados consiste en que ciudadanos que se dedican a la actividad empresarial incurran en este tipo de delitos. No se trata de ningún ataque al empresariado, sino que se trata de un pequeño grupo de ciudadanos que presuntamente han cometido delitos y le corresponderá a los órganos de justicia del Estado venezolano establecer las responsabilidades correspondientes. No se trata de persecución sindical, ya que la gran mayoría ni siquiera están afiliados sindicalmente, sino de detenciones regulares en medio de la comisión de delitos que la misma FEDECAMARAS repudia. La determinación de la culpabilidad le corresponde a las instancias judiciales para lo cual, a todos los detenidos se les está garantizando su debido proceso y el derecho a la defensa, como se le garantiza a cualquier ciudadano de nuestro país.
  20. 601. El Gobierno afirma que existe algún interés en la queja ante la OIT de hacer seguimiento a juicios que se llevan en el país por delitos cometidos por ciudadanos contra la población venezolana y que nada tienen que ver con persecución, asedio o agresión contra el empresariado o los empleadores.
  21. 602. Con respecto a la petición de la OIE, el país será respetuoso de los derechos humanos por vocación política de quienes hoy dirigen el Gobierno, que acumulan una larga tradición en el país como defensores activos de los derechos humanos y que han sufrido directamente la violación de sus propios derechos en el pasado. Tampoco indican ninguno de los convenios de la OIT, que el castigo o las responsabilidades que se generan por actividades y delitos como el contrabando, la especulación y el acaparamiento, pudieran ser descritos como persecución o asedio sindical, por el contrario, es en defensa de los derechos humanos del pueblo, que el Gobierno, ha emprendido acciones contra estos delitos.
  22. 603. Finalmente, el Gobierno rechaza rotundamente la presentación ante esa instancia internacional, de estos hechos delictivos contra la población venezolana, como medidas que «pueden crear un clima de intimidación que obstaculice el desenvolvimiento normal de las actividades de organizaciones de empleadores y sus miembros y el ejercicio de asociación y de los derechos consagrados en el Convenio núm. 87». Se reitera el total cumplimiento por parte de la República Bolivariana de Venezuela a la libertad sindical y al derecho de asociación y específicamente al Convenio núm. 87; y se puntualiza una vez más, que la comisión de hechos delictivos tipificados en la legislación, generarán las responsabilidades correspondientes que serán identificadas y probadas por los organismos de justicia, para todo aquel ciudadano, independientemente de su condición o cualidad.
  23. 604. En su comunicación de 12 de marzo de 2015, el Gobierno declara que solicitó a la Fiscalía General de la República, toda la información sobre los últimos alegatos de los querellantes, que de manera urgente e inmediata pudiera remitir sobre los hechos denunciados, relacionados con la presunta detención, sin debido proceso y sin derecho a la defensa, de 15 empresarios y directivos de empresas distribuidoras de medicinas y alimentos o dedicadas a la atención hospitalaria, durante el mes de febrero de 2015.
  24. 605. La Fiscalía se refiere a la situación procesal de los ciudadanos imputados en los siguientes casos:
    • — Cadena de farmacias FARMATODO: se encuentran procesados los ciudadanos Sres. Pedro Luis Angarita y Agustín Álvarez, quienes fueron aprendidos en flagrancia, por los delitos de boicot y desestabilización de la economía, siendo acordadas por el Tribunal Cuadragésimo Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas (Tribunal de Garantía), medidas de privación judicial preventiva privativa de libertad. Actualmente, en etapa de investigación.
    • — Cadenas de Automercados Día a Día – Practimercados: encontrándose procesados los ciudadanos Sres. Manuel Andrés Morales Ordosgoitti y Tadeo Arriechi, el primero de ellos aprehendido en flagrancia y el segundo, con orden judicial de aprehensión, por los delitos de boicot y desestabilización de la economía, siendo acordada por el Tribunal Trigésimo Sexto en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas (Tribunal de Garantía), medida de privación judicial preventiva de libertad. Aunado, el órgano rector de SUNDDE decretó medida administrativa de ocupación temporal de los establecimientos Día a Día, según providencia administrativa de fecha 7 de febrero de 2015, encontrándose en la fase procesal de investigación.
  25. 606. En cuanto a la Asociación Nacional de Supermercados v. Autoservicios (ANSA), hace de su conocimiento que no existe investigación penal contra el ciudadano Luis Rodríguez, quien funge como presidente de la indicada Asociación.
    • — Corporación Cárnica: se encuentran procesados los ciudadanos Sres. Tania Carolina Salinas (aprehendida en flagrancia y decretada medida judicial preventiva privativa de libertad), Delia Isabel Ribas (aprehendida en flagrancia y decretada medida cautelar sustitutiva de libertad), Angelly López Graterol (aprehendida en flagrancia y decretada medida cautelar sustitutiva de libertad) y Ernesto Luis Arenas Pulgar (aprehendido en flagrancia y decretada medida cautelar sustitutiva de libertad) y Yolman Valderrama (aprehendido en flagrancia y decretada medida cautelar sustitutiva de libertad), por los delitos de boicot, acaparamiento alteración fraudulenta de la calidad de los bienes, condicionamiento de la venta, expendio de alimentos vencidos, agavillamiento y especulación, cuya investigación cursa ante los Tribunales Segundo Itinerante en Funciones de Control en Materia de Delitos Económicos y Fronterizos de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Tribunal de Garantía) y el Primero en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Tribunal de Garantía). Además, el órgano rector de SUNDDE decretó medida administrativa de ocupación temporal, según providencia administrativa de fecha 28 de enero de 2015.
  26. 607. En cuanto a la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales, la Fiscalía informa que contra el ciudadano Sr. Rafael Guerra Méndez, presidente de la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales, no cursa investigación penal alguna. No obstante, en fecha 6 de febrero de 2015, le fue tomada entrevista en la sede del comando del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), en relación a declaraciones dadas por éste a los medios de comunicación.
  27. 608. La Fiscalía concluye destacando que de conformidad con los principios de derecho y de justicia que propugna la Carta Magna venezolana, el derecho a la defensa está concebido como una garantía del debido proceso, el cual es aplicable a todas las actuaciones judiciales y administrativas, por tanto, a los ciudadanos que están siendo procesados por la presunta comisión de hechos tipificados como punibles en la legislación, además de reconocerles sus derechos, se les ha garantizado el ejercicio de los mismos.
  28. 609. En su comunicación de fecha 21 de mayo de 2015 el Gobierno declara que ratifica la respuesta enviada el 25 de febrero de 2015 con relación a este caso, por cuanto, ahí se responde suficientemente lo solicitado en esta nueva oportunidad. Asimismo, se ratifican cada una de las respuestas anteriores que ha aportado el Gobierno con relación a las recomendaciones contenidas en el Informe de la Misión Tripartita de la OIT que visitó el país en enero del 2014, así como cada una de las respuestas aportadas con relación a este caso.
  29. 610. En cuanto al proceso relativo al atentado con bomba en la sede de FEDECAMARAS el 26 de febrero de 2008, el Gobierno informa que la Fiscalía General notificó que en lo que respecta a la causa penal relacionada con el atentado con bomba en la sede de FEDECAMARAS, el Tribunal Vigésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dictó decisión absolutoria a la imputada Ivonne Gioconda Márquez Burgos, por los delitos de intimidación pública y uso indebido de cédula de identidad. Sin embargo el Ministerio Público presentó recurso de apelación y en fecha 29 de abril de 2015, se celebró la respectiva audiencia y la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, se acogió al lapso de ley para dictar su fallo y la mencionada instancia judicial deberá emitir la correspondiente decisión.
  30. 611. Con relación al proceso sobre los hechos contra los Sres. Noel Álvarez, Luis Villegas, Ernesto Villamil y Sra. Albis Muñoz, el Gobierno declara que no han asistido a ninguno de los actos fijados por el Tribunal, a pesar de encontrarse debidamente notificados. El Gobierno añade que la Fiscalía General de la República informó que en fecha 21 de enero de 2015, se encontraba fijada la continuación del juicio oral y público ante el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el cual fue interrumpido, toda vez que el acusado revocó a su defensor, por lo que el Tribunal de la Causa debe fijar la apertura del juicio oral y público, una vez el imputado nombre a su nuevo representante.

D. Conclusiones del Comité

D. Conclusiones del Comité
  1. 612. En lo que respecta a la recomendación g) de su anterior examen del caso, el Comité recuerda que en sus conclusiones de marzo de 2015,
    • … tomó nota con preocupación de que en sus recientes comunicaciones conjuntas, la Organización Internacional de Empleadores (OIE) y la Federación de Cámaras y Asociación de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECAMARAS), alegan la detención sin debido proceso y sin derecho de defensa de 15 empresarios de varios sectores, en febrero de 2015, incluido el presidente de la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales, y el presidente de la Asociación Nacional de Supermercados y Autoservicios, Sr. Luis Rodríguez, así como otros alegatos (ocupación de locales de empresas, riesgo de expropiaciones). El Comité tomó nota de las comunicaciones del Gobierno de 10 y 12 de marzo de 2015 negando ataques contra el empresariado y declarando que no existen acciones penales contra los dos dirigentes empleadores mencionados por los querellantes (Sres. Luis Rodríguez y Rafael Guerra Méndez) e informando del procesamiento de ocho directivos de empresas por delitos de carácter económico, y señalando también de que respecto de estos ocho directivos la autoridad judicial ha tomado medidas de privación judicial preventiva de libertad o medidas cautelares sustitutivas de libertad [véase 374.º informe, párrafo 929].
  2. 613. El Comité lamenta profundamente que el Gobierno no haya enviado el complemento de la información que le había solicitado en relación con los alegatos de la OIE y FEDECAMARAS mencionados en la recomendación g) y que no haya siquiera enviado informaciones sobre la evolución de los procesos penales iniciados contra la mayoría de los dirigentes o empresarios cuya detención había sido alegada, a pesar de que consideró este caso como extremadamente grave y urgente y lo había, por tanto, señalado especialmente a la atención del Consejo de Administración. El Comité expresa su preocupación observando que algunos detenidos están expuestos a penas de diez a 12 años de prisión.
  3. 614. Dado que en sus últimas respuestas el Gobierno se limita a reiterar sus anteriores declaraciones sobre los alegatos de detenciones de empresarios y dirigentes empleadores y sobre la ocupación de locales de empresas e incautación de mercancías, el Comité subraya la importancia de contar con el complemento de información solicitado dada la contradicción existente entre los alegatos y la respuesta del Gobierno sobre el respeto o no de las reglas del debido proceso, sobre la existencia o no de delitos económicos, sobre si se trata o no de un ataque contra el empresariado y sus dirigentes y sobre la existencia o no de móviles conspirativos sin conexión con la defensa de los intereses de las organizaciones de empleadores y de sus miembros. El Comité destaca en particular la importancia de que el Gobierno indique los hechos concretos que se reprocharían a cada uno de los empresarios o dirigentes mencionados en la queja, sin limitarse a señalar cargos penales genéricos (boicot, acaparamiento, contrabando, especulación, etc.). El Comité insta al Gobierno a que comunique estas informaciones, así como informaciones sobre la evolución de los respectivos procesos penales. El Comité pide también al Gobierno que envíe sus observaciones sobre las recientes informaciones adicionales sobre estas cuestiones comunicadas por la OIE y FEDECAMARAS en su comunicación de fecha 19 de mayo de 2015 y sus anexos. El Comité pide a las autoridades que consideren el levantamiento de las medidas cautelares de privación de libertad contra empresarios o dirigentes empleadores en espera de juicio.
  4. 615. En lo que respecta a la recomendación b), el Comité observa con preocupación que de las declaraciones del Gobierno se desprende que los procesos penales en cuestión no han concluido todavía por lo que reitera sus anteriores recomendaciones.
  5. 616. En lo que respecta a las recomendaciones a) y c) a f) que había formulado en relación con los otros aspectos del caso, el Comité expresa su profunda preocupación observando la falta de informaciones y de cualquier progreso, reitera sus anteriores conclusiones y recomendaciones e insta al Gobierno a que tome las medidas solicitadas sin demora. De manera muy particular, el Comité expresa su profunda preocupación observando que en sus alegatos de 19 de mayo de 2015, la OIE y FEDECAMARAS señalan nuevos actos de intimidación y estigmatización contra esta última y sus dirigentes por parte de las autoridades, inclusive en abril de 2015.
  6. 617. De manera general, el Comité expresa su grave preocupación ante la situación específica de los derechos de libertad de asociación de FEDECAMARAS sus líderes y sus asociados.

Recomendaciones del Comité

Recomendaciones del Comité
  1. 618. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) al tiempo que expresa su profunda preocupación ante las graves y diferentes formas de estigmatización e intimidación por parte de las autoridades o grupos u organizaciones bolivarianas contra FEDECAMARAS, contra sus organizaciones afiliadas, contra sus dirigentes y contra empresas afiliadas que incluyen amenazas de encarcelamiento, declaraciones de instigación al odio, acusaciones de llevar a cabo una guerra económica, ocupaciones y saqueo de comercios, la toma de la sede de FEDECAMARAS, etc., el Comité señala al Gobierno la importancia de que se tomen medidas firmes para evitar este tipo de actos y de declaraciones contra personas y organizaciones que defienden legítimamente intereses en el marco de los Convenios núms. 87 y 98, ratificados por la República Bolivariana de Venezuela;
    • b) el Comité lamenta observar que los procesos penales relativos al atentado con bomba en la sede de FEDECAMARAS el 26 de febrero de 2008 y al secuestro y maltrato en 2010 de los dirigentes de esta organización, Sres. Noel Álvarez, Luis Villegas, Ernesto Villamil y Sra. Albis Muñoz (resultando herida con tres balas esta última), no han concluido todavía, expresa nuevamente la firme esperanza de que terminarán sin mayor demora y pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto. El Comité reitera la importancia de que los culpables de estos delitos sean condenados con penas proporcionales a la gravedad de los mismos a fin de que no se repitan los delitos cometidos y se compense a FEDECAMARAS y los dirigentes concernidos por los daños causados por esos actos ilegales. El Comité pide al Gobierno que envíe sus observaciones sobre los puntos planteados por FEDECAMARAS sobre el atentado con bomba en la sede de la misma;
    • c) en lo que respecta a los alegatos de tomas de fincas, rescates, ocupaciones y expropiaciones en perjuicio de dirigentes o ex dirigentes empleadores, el Comité pide que se indemnice de manera justa a estos dirigentes o ex dirigentes de FEDECAMARAS. Al mismo tiempo, el Comité se remite a la decisión del Consejo de Administración de marzo de 2014 en la que «instó al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a que en consulta con los interlocutores nacionales, desarrollase e implantase el plan de acción como fue recomendado por la Misión Tripartita de Alto Nivel», que a su vez se refiere a «la constitución de una mesa de diálogo entre el Gobierno y FEDECAMARAS con la presencia de la OIT, para tratar todas las cuestiones pendientes relativas a recuperaciones de fincas y expropiaciones de empresas y otros problemas que se planteen o puedan presentarse en el futuro vinculados con estas cuestiones» y lamenta que en sus últimas comunicaciones el Gobierno declare que ello es inviable en cuestiones de recuperación de tierras y de consultas sobre leyes. El Comité urge al Gobierno a que ponga en práctica esta petición con los lineamientos señalados en las conclusiones y que le informe al respecto. Por último, como hiciera la Misión Tripartita de Alto Nivel, el Comité subraya «la importancia de tomar todas las medidas para evitar cualquier tipo de discrecionalidad o discriminación en los mecanismos jurídicos relativos a la expropiación o recuperación u otros que afecten al derecho de propiedad»;
    • d) en relación con los órganos estructurados de diálogo social bipartito y tripartito que deben establecerse en el país y el plan de acción en consulta con los interlocutores sociales, con el establecimiento de etapas y plazos concretos para la ejecución del mismo contando con la asistencia técnica de la OIT, recomendados por el Consejo de Administración, el Comité toma nota de que el Gobierno declara que no ha concluido todavía el proceso de consultas con diferentes sectores y organizaciones y le pide que se asegure de que se incluya en todas ellas a FEDECAMARAS. El Comité recuerda que las conclusiones de la Misión se refieren a una mesa de diálogo entre el Gobierno y FEDECAMARAS, con presencia de la OIT y una mesa de diálogo tripartito con participación de la OIT y con un presidente independiente. El Comité urge al Gobierno a que de inmediato adopte medidas tangibles en materia de diálogo social bipartito y tripartito como lo solicitó la Misión Tripartita de Alto Nivel. Constatando que el Gobierno no ha presentado todavía el plan de acción que se le había pedido, el Comité urge al Gobierno a que dé cumplimiento sin demora a las conclusiones de la Misión Tripartita de Alto Nivel ratificadas por el Consejo de Administración y que le informe al respecto. El Comité urge al Gobierno a que promueva el diálogo social e iniciativas en este sentido como la reunión que tuvo lugar en febrero de 2015 entre las autoridades y FEDECAMARAS y que implemente de inmediato las consultas tripartitas;
    • e) el Comité, siguiendo las conclusiones de la Misión Tripartita de Alto Nivel urge al Gobierno para que adopte de inmediato acciones que generen un clima de confianza basado en el respeto de las organizaciones empresariales y sindicales con miras a promover relaciones profesionales estables y sólidas. El Comité pide al Gobierno que le informe de toda medida en este sentido. El Comité pide al Gobierno que como una primera medida en la buena dirección que no debería plantear problemas se designe a un representante de FEDECAMARAS en el Consejo Superior del Trabajo;
    • f) el Comité toma nota con preocupación de los alegatos de la OIE y FEDECAMARAS de fecha 27 de noviembre de 2014 relativos a: i) la detención durante 12 horas del presidente de CONINDUSTRIA, Sr. Eduardo Garmendia; ii) acciones de seguimiento y acoso al presidente de FEDECAMARAS, Sr. Jorge Roig; iii) un recrudecimiento de los ataques verbales contra FEDECAMARAS por altos cargos del Estado en los medios de comunicación, y iv) la adopción por el Presidente de la República, en noviembre de 2014, de 50 decretos-leyes sobre importantes cuestiones económicas y productivas sin que se haya consultado a FEDECAMARAS. El Comité pide al Gobierno que envíe observaciones completas sobre estos alegatos;
    • g) el Comité toma nota con preocupación de los alegatos de la Organización Internacional de Empleadores (OIE) y de la Federación de Cámaras y Asociación de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECAMARAS) y de las observaciones del Gobierno de 10 y 12 de marzo de 2015 sobre una parte de los alegatos. El Comité pide una vez más al Gobierno que complete su respuesta, que indique los hechos concretos que se reprocharían a cada uno de los 13 empresarios o dirigentes de diferentes sectores detenidos y/o sujetos a medidas cautelares ante la autoridad judicial, sin limitarse a señalar cargos genéricos (boicot, acaparamiento, contrabando, especulación, etc.) así como que facilite informaciones sobre la evolución de los respectivos procesos judiciales. El Comité pide también al Gobierno que envíe sus observaciones sobre las recientes informaciones adicionales de la OIE y FEDECAMARAS sobre estas cuestiones, contenidas en su comunicación de 19 de mayo de 2015. El Comité se propone examinar estas graves cuestiones de manera detallada con todos los elementos, y pide a las autoridades que consideren el levantamiento de las medidas cautelares de privación de libertad de empresarios o dirigentes empleadores en espera de juicio;
    • h) el Comité expresa su profunda preocupación observando la falta de informaciones y de cualquier progreso sobre los puntos anteriores e insta al Gobierno a que tome todas las medidas solicitadas sin demora, inclusive en relación con los nuevos alegatos de actos de intimidación y estigmatización contra FEDECAMARAS, sus dirigentes y afiliados por parte de las autoridades, y contenidos en la comunicación de 19 de marzo de 2015, e
    • i) el Comité llama especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.
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