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La abolición efectiva del trabajo infantil

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Eritrea

Eritrea ha ratificado el 15 de octubre de 1999 el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138). El instrumento de ratificación ha sido enviado a la OIT para su registro oficial.

Mientras tanto, esta memoria ha sido preparada en consulta con los interlocutores sociales, a fin de evaluar la situación nacional de Eritrea y los objetivos del Gobierno de asegurar el respeto, la promoción y la realización del principio de abolición efectiva del trabajo infantil.

[Nota de la Oficina: hasta el 31 de enero de 2000 los instrumentos originales de ratificación del Convenio arriba mencionado no habían sido registrados ante el Director General de la OIT.]

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

Eritrea reconoce el principio de abolición efectiva del trabajo infantil. Eritrea ha ratificado en 1995 la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

Respecto a la educación la Constitución de Eritrea de 23 de mayo de 1997 en su artículo 21.1 dispone que todo ciudadano tendrá el derecho de igualdad de acceso a los servicios sociales públicos y que el Estado actuará, dentro del límite de sus recursos, para poner a disposición de todos los ciudadanos servicios de salud, educación, culturales y otros.

La proclamación laboral núm. 8/1991 prohíbe el empleo de menores de 14 años de edad (artículo 32.2, copia adjunta (no se reproduce el texto)) y el trabajo de los menores de 18 años después de las 10 p.m. así como su contratación para trabajos peligrosos (artículo 32.4, copia adjunta (no se reproduce el texto)).

Sin embargo algunas disposiciones de esta ley están siendo revisadas por el Gobierno en consulta con los interlocutores sociales a fin de tomar en cuenta las propuestas efectuadas por la OIT en relación al principio de abolición efectiva del trabajo infantil. Se enviará mayor información al respecto una vez que el proceso de revisión haya sido completado.

Los medios para aplicar el principio de abolición efectiva del trabajo infantil son tanto administrativos como legales, especialmente a través del Poder Judicial y de la Inspección del Trabajo así como de la proclamación laboral núm. 8/1991 actualmente en proceso de revisión. Se enviará mayor información al respecto una vez que el proceso de revisión haya sido completado.

Evaluación de la situación en la práctica

En 1992 con anterioridad a la independencia se efectuaron algunas investigaciones sobre diferentes cuestiones relativas a los niños, las cuales ilustran algunos casos de explotación económica de los niños las cuales incluyen:

i) trabajo infantil y niños trabajadores;

ii) niños que realizan tareas domésticas o que trabajan en áreas rurales;

iii) niños trabajadores del sector informal tales como pequeños negociantes y vendedores;

iv) niños trabajando en fábricas, y

v) niños de la calle.

Sin embargo, debido a la movilidad social resultante de la independencia de Eritrea en 1993 y a los subsecuentes movimientos sociales de la población entre Etiopía y Eritrea, sumado a más 65.000 personas desplazadas en razón de los problemas fronterizos, las investigaciones que acabamos de señalar ya se han tornado obsoletas.

En consecuencia es necesario llevar a cabo una investigación profunda y actualizada, a nivel nacional, a fin de evaluar la magnitud del trabajo infantil en el país.

Los esfuerzos desplegados o previstos con miras al respeto,
la promoción y la realización de esos principios y derechos

En términos generales uno de los objetivos del Gobierno, en concordancia con el documento sobre macropolíticas de noviembre de 1994 es poner la educación básica a disposición de todos; al respecto a la educación primaria universal hasta los siete años debe gradualmente ponerse a disposición de todos (secciones 13.1.1.c y 13.1.2.a del documento de macropolíticas, copia adjunta (no se reproduce el texto)).

Tanto el Gobierno como las municipalidades están llevando a cabo varias medidas sobre cuestiones infantiles, entre ellas:

i) Programa de rehabilitación de niños de la calle, que incluye la aplicación de varias medidas, entre otras las desarrolladas por los educadores de la calle;

ii) programas de atención a la pobreza, con actividades generadoras de ingreso para familias pobres en áreas urbanas y programas de pago al contado por trabajo en las áreas rurales;

iii) ayuda especial para la alfabetización de las mujeres, planes generadores de ingreso y aumento de la participación y de los derechos legales, tomando en cuenta el importante efecto de la situación económica y social de las mujeres en el bienestar de los niños;

iv) programas especiales a favor, entre otros de los niños que retornan, desarrollados por la Comisión de Apoyo a los Refugiados de Eritrea, y

v) una campaña de sensibilización sobre cuestiones relativas a los niños, incluyendo actividades especiales para el Día Internacional del Niño.

La OIT ha organizado en Asmara en agosto de 1999 un Seminario nacional sobre normas internacionales de trabajo y sobre la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Muchos funcionarios de MOLHW, de otros ministerios, de prisiones así como los interlocutores sociales, los interesados y miembros de las ONG participaron en este taller, que demostró ser sumamente útil a efectos de generar conciencia y de formación sobre procedimientos y contenidos de las normas internacionales del trabajo.

En octubre de 1999 una delegación nacional tripartita participó en el primer Seminario Regional Africano para promover la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, organizado en Dakar, Senegal.

Durante el mismo período, el equipo consultivo multidisciplinario para Africa Oriental (EAMAT) de la OIT, las oficinas de Adis Abeba y de El Cairo, ayudaron al Gobierno a definir los objetivos del país a través del Programa de apoyo para la elaboración de políticas y programas (SPPD), en el cual se incorporó la cuestión del trabajo infantil.

En noviembre de 1999, el especialista de normas internacionales del trabajo mantuvo reuniones informativas con el Departamento de Trabajo y con los interlocutores sociales sobre la Declaración de la OIT de 1998 y brindó asistencia al Gobierno para preparar las memorias debidas en virtud de la Declaración, en consulta con los interlocutores sociales.

La UNICEF está proporcionando formación sobre cuestiones relativas a los niños a funcionarios gubernamentales y está asimismo apoyando a las ONG que trabajan en el terreno con niños y jóvenes, tales como la Asociación Nacional de Jóvenes y Estudiantes y la Asociación Nacional de Mujeres Eritreas.

La Asociación Nacional de Jóvenes y Estudiantes y la Asociación Nacional de Mujeres Eritreas están llevando a cabo numerosas acciones a favor de los niños que retornan, de los niños de la calle y de la educación infantil en general.

Respecto al trabajo infantil el principal objetivo del Gobierno es reducir y eliminar progresivamente este fenómeno, incluidas las peores formas del mismo.

Debido a que no se ha realizado ninguna investigación en este aspecto se deben desarrollar acciones específicas al respecto tales como:

1) sensibilizar a los dirigentes políticos para que comprendan el concepto de trabajo infantil;

2) reunir información, estadísticas y datos sobre las formas y la amplitud del fenómeno del trabajo infantil;

3) reunir, evaluar y analizar datos sobre el trabajo infantil;

4) fortalecer la aplicación de las disposiciones del Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) y del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 82).

Se debería tener en cuenta estas consideraciones en el marco de una investigación nacional que incluiría recomendaciones sobre acciones para promover la abolición efectiva del trabajo infantil en todas sus formas.

El Estudio nacional sobre el trabajo infantil junto con sus recomendaciones debería en consecuencia ser discutido en un foro tripartito nacional al cual participarían los interesados, las ONG y otros organismos pertinentes, a fin de definir la estrategia nacional para combatir y eliminar progresivamente el trabajo infantil incluso en sus peores formas.

Esta estrategia nacional debería comprender:

— plan de acción;

— fines;

— objetivos;

— período dentro del cual se desarrollará;

— resultados;

— evaluación;

— acciones de seguimiento, etc.

A fin de desarrollar esta estrategia exitosamente el Departamento de Trabajo necesita que se le brinde formación y que se le fortalezca en su acción para hacer frente a las cuestiones sobre trabajo infantil.

El Gobierno recibiría con agrado toda asistencia que pudiera proporcionar la OIT incluso el desarrollo de un proyecto nacional en el marco del Programa Internacional sobre la Eliminación del Trabajo Infantil (IPEC).

Las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores a quienes se ha transmitido
una copia de la memoria

Se envió copia de esta memoria a la Federación de Empleadores de Eritrea (EFE) y a la Confederación Nacional de Trabajadores Eritreos (NCEW).

Observaciones recibidas de organizaciones
de empleadores y de trabajadores

Cualquier comentario que se reciba de estas organizaciones será enviado a la OIT.

Anexos (no se reproducen)

— La Constitución Nacional de Eritrea de 23 de mayo de 1997.

— La proclamación núm. 8/1991 (documento disponible en Tigrinyan solamente).

— Documento sobre macropolítica, noviembre de 1994.

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Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.