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La abolición efectiva del trabajo infantil

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Letonia

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

En la República de Letonia, las cuestiones relacionadas con la edad mínima para la admisión al empleo están reglamentadas por la legislación siguiente:

— Código del Trabajo de Letonia;

— decisión núm. 291 del Consejo de Ministros, sobre "los tipos de empleo en los que está prohibido el empleo de niños en edad escolar y menores de 15 años" de 24 de julio de 1992;

— decisión núm. 292 del Consejo de Ministros, sobre "los trabajos arduos y que han de realizarse en condiciones de peligro, en los que está prohibido el empleo de mujeres y de menores de 18 años", de 24 de julio de 1992.

El principio de la prohibición del trabajo infantil está reconocido tanto en la legislación nacional como en los documentos internacionales que vinculan a la República de Letonia. El artículo 180 del Código de Trabajo declara que:

No está permitido admitir al empleo permanente a personas menores de 15 años.

Desde la edad de 13 años, los niños en edad escolar podrán ser admitidos a trabajos ligeros que no perjudiquen su salud o su moralidad, en sus horas libres y contando con el permiso de sus padres o de las personas que hagan sus veces. La lista de tipos de empleo a los que está prohibido admitir a los niños en edad escolar menores de 15 años, está sometida a la aprobación del Consejo de Ministros de la República de Letonia.

Con vistas al oportuno cumplimiento de la parte 2 del mencionado artículo, el Consejo de Ministros aprobó en 1992 la lista de tipos de empleo en los cuales está prohibido el trabajo de los niños menores de 15 años.

En el artículo 182 del Código de Trabajo, se afirma que:

Está prohibido admitir a personas menores de 18 años a los tipos de trabajo arduo y a los tipos de empleo que supongan unas condiciones de trabajo peligrosas para la salud y la moralidad de los menores.

La lista de los tipos de trabajo arduo y los tipos de empleo que suponen unas condiciones de trabajo peligrosas para la salud y moralidad de los menores, y en los que está prohibido emplear a personas menores de 18 años, está sometida a la aprobación del Consejo de Ministros de la República de Letonia, en coordinación de las instituciones nacionales responsables de la organización comercial.

Las personas de edad inferior a la requerida están sometidas a la prohibición de llevar o remover cargas pesadas que superen los límites máximos estipulados por la legislación a tales personas.

Con vistas a la aplicación de la parte 2 del mencionado artículo, el Consejo de Ministros aprobó en 1992 la lista de tipos de empleo en los que se prohíbe emplear mujeres y personas menores de 18 años.

La ley sobre "Protección de los derechos del niño" está en vigor en la República de Letonia con efectos de 19 de junio de 1998. La parte 1 del artículo 15 de esta ley estipula que:

El niño tiene derecho a ser protegido contra la explotación económica, contra una admisión al empleo que suponga condiciones peligrosas o nocivas para su salud mental o física o para su desarrollo moral, así como a trabajo nocturno o a unos tiempos de trabajo que interfieran con su educación.

La Convención sobre los Derechos del Niño, del 20 de noviembre de 1989, está en vigor en la República de Letonia con efectos del 14 de abril de 1992. Su artículo 32 estipula que:

1. Los Estados partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

2. Los Estados partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados partes, en particular:

a) fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;

b) dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;

c) estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.

Según la Parte 1 del artículo 215 del Código del Trabajo, los derechos de los trabajadores (y entre ellos, los de las personas cuya edad es inferior a la requerida) están protegidos por los tribunales, de conformidad con el procedimiento general:

Los trabajadores que hayan concluido un contrato de trabajo con un empleador, tendrán derecho a la protección de los tribunales de conformidad con el procedimiento estipulado por el Código de Procedimiento Civil de Letonia.

Los tribunales de primera instancia tratan los conflictos laborales cuando los trabajadores despedidos por iniciativa de su empleador solicitan la readmisión al empleo, y también en el caso de las enmiendas a las razones de despido: en tal caso los trabajadores no tienen que pagar las costas del juicio (las tasas estatales y las costas relacionadas con el juicio).

Las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores a quienes se ha transmitido
una copia de la memoria

Se han remitido copias de este informe a:

— la Confederación de Empleadores de Letonia, y

— la Federación de Sindicatos Libres de Letonia.

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Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.