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La abolición efectiva del trabajo infantil

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Mozambique

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

Mozambique ha ratificado cinco de los convenios fundamentales de la OIT: Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111); Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98); Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87); Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105); Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100). El Gobierno está realizando trabajos preparatorios sobre los siguientes convenios, a fin de someterlos a la Asamblea de la República de Mozambique: Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29); Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182).

Los esfuerzos desplegados o previstos con miras al respeto,
la promoción y la realización de esos principios y derechos

Como parte de las actividades que están siendo desarrolladas en relación con la ratificación del Convenio núm. 182, el Ministerio de Trabajo, organizó un Seminario tripartito en noviembre de 1999 acerca de la Carta Social de los Derechos Fundamentales de la Comunidad de Desarrollo de Sudáfrica (SADC) y del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil.

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Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.