La OIT es una agencia especializada de lasNaciones Unidas
ILO-es-strap

La abolición efectiva del trabajo infantil

indice

Nigeria

Evaluación del marco institucional

Nigeria reconoce la abolición efectiva del trabajo infantil en:

— ley de trabajo, CAP 198, legislación de la Federación de Nigeria (LFN), 1990, (artículos 59 a 65);

— ley de fábricas, CAP 126, LFN, 1990 (artículos 49 y 88, copia adjunta);

— ley sobre la indemnización por accidentes del trabajo, CAP 470, LFN, 1990 (artículo 1);

— ley de sindicatos, CAP 437, LFN, 1990 (artículo 19);

El trabajo infantil se define en relación con la edad mínima de admisión en el empleo en el artículo 59, 2) de la ley de trabajo, CAP 198, 1990.

El artículo 59, 5) de la ley de trabajo, CAP 198, 1990, especifica que ningún menor de menos de 16 años de edad deberá ser empleado en trabajos subterráneos, o en trabajos con maquinarias o en un día festivo. Además, el artículo 60 del mismo texto prevé que el trabajo nocturno sólo se aplicará a los menores de más de 16 años de edad.

El artículo 49, 5) de la ley de trabajo, CAP 198, 1990, prevé excepciones respecto del aprendizaje, régimen en el cual los menores de más de 12 años y de menos de 16 años de edad pueden ser contratados (copia no reproducida). Por otra parte, el artículo 61 de la ley de trabajo, CAP 198, 1990, prevé que el menor de 15 años de edad no será empleado en un buque, con excepción de los buques escuela; que son aprobados por el Ministerio o pertenecen a la familia del menor.

El Ministerio Federal de Empleo, Trabajo y Productividad tiene el mandato oficial de observar, controlar y prevenir el trabajo infantil mediante los servicios de inspección del trabajo y de fábricas que son las principales divisiones que cumplen esas tareas. Además, el Programa Universal de Educación Básica (UBE) prevé la obligatoriedad de la educación desde los 6 años hasta los 15 años de edad. El Ministerio Federal de Educación tiene a su cargo la educación básica en Nigeria. Por último, la ley de trabajo CAP 198, 1990 (artículo 64), y la ley de fábricas, CAP 198, 1990 (artículos 49 y 88), prevén sanciones en caso de infracciones a las disposiciones legales en materia de trabajo infantil.

Evaluación de la situación en la práctica

No hay indicadores o estadísticas disponibles sobre el trabajo infantil. No obstante, la Oficina Federal de Estadísticas colabora con la OIT a fin de incluir una encuesta sobre trabajo infantil en la encuesta sobre la fuerza de trabajo del país. El Ministerio Federal de Empleo, Trabajo y Productividad espera participar en esas actividades (carta relativa a la encuesta sobre trabajo infantil en Nigeria).

Los esfuerzos desplegados o previstos con miras al respeto,
la promoción y la realización de esos principios y derechos

Los gobiernos locales, las ONG y ciertos proyectos privados están llevando a cabo programas especiales para los niños abandonados. El Programa Universal de Educación Básica (UBE) prestará asistencia a fin de lograr una asistencia escolar efectiva (la asistencia escolar es obligatoria de los 6 a los 15 años de edad). Por último, la mendicidad y la prostitución infantil están prohibidas por órdenes estatales.

En 1998, el Gobierno organizó un seminario sobre la política nacional y la sensibilización en materia de trabajo infantil en Nigeria en colaboración con la OIT y el UNICEF. Además se crearon centros de adquisición de calificaciones para ayudar a los niños. Por último, el Gobierno ha ratificado algunos convenios de la OIT sobre trabajo infantil (Convenios núms. 15, 58, 59 y 123) así como también la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

Está en preparación un programa del IPEC para Nigeria. La OIT ha ayudado al Gobierno a organizar el seminario sobre la política nacional y la sensibilización al trabajo infantil en Nigeria, antes mencionado.

Además, el experto de la OIT en materia de normas internacionales del trabajo informó a los funcionarios del Ministerio de Trabajo sobre cuestiones relacionadas con el trabajo infantil en julio y octubre de 1999. Por otra parte, la Oficina de zona de la OIT de Lagos y el Equipo consultivo multidisciplinario para Africa oriental (EAMAT) de la OIT en Addis Abeba ayudaron al Gobierno a definir los objetivos del país para lograr la abolición del trabajo infantil. Por último, el Centro Regional Africano de Administración del Trabajo (ARLAC) organizó en Accra (Ghana) un seminario subregional (en el que se trataron cuestiones relacionadas con el trabajo infantil), y se prevé para el año 2000 un seminario nacional sobre normas internacionales del trabajo y la Declaración de la OIT de 1998.

En el plano nacional, muchas ONG, tales como el Centro Nacional para Asociaciones de Mujeres (NCWS), Child Life-Line, Family Craft y el Centro islámico ayudan a los niños abandonados y toman medidas contra la prostitución y los malos tratos a los niños.

Los objetivos nacionales han sido revisados en el marco del seminario sobre política nacional y sensibilización en materia de trabajo infantil en Nigeria de la siguiente manera:

— sensibilizar a los responsables de la formulación de políticas a fin de que entiendan la situación en materia de trabajo infantil en Nigeria;

— recopilar informaciones sobre las diferentes formas y el alcance del fenómeno del trabajo infantil en Nigeria;

— evaluar y analizar los datos existentes en materia de trabajo infantil en Nigeria;

— evaluar y valorar la legislación existente así como las estrategias para su aplicación en materia de trabajo infantil en el país;

— desarrollar en colaboración con los interlocutores sociales, los copartícipes, las ONG y los demás organismos pertinentes un plan de acción nacional a fin de eliminar el trabajo infantil.

El Programa de acción sobre trabajo infantil abarca entre otras cosas:

— la sensibilización del Gobierno, los interlocutores sociales, las ONG, los copartícipes, los padres en las zonas urbanas y rurales, las organizaciones religiosas, los líderes de opinión, además de otras medidas en materia de trabajo infantil recurriendo a medios de comunicación oficiales y oficiosos;

— otorgar poderes a los actores antes mencionados a fin de que participen en la lucha contra el trabajo infantil mediante la financiación, el suministro de los locales necesarios y la formación;

— la creación y el mantenimiento de planes de mitigación de la pobreza que estén al alcance de las personas necesitadas;

— incrementar la colaboración entre el Gobierno, los interlocutores sociales, las ONG, los donantes, los demás participantes y los medios de comunicación a fin de lograr una mayor conciencia en la opinión pública y un cambio social en materia de trabajo infantil. Además, los niños abandonados, los niños que trabajan en el sector no estructurado en las zonas rurales y urbanas, así como la participación de los niños en actividades ilegales (tráfico de drogas, prostitución, criminalidad, etc.) deberían ser considerados temas prioritarios. A este respecto, es indispensable reforzar el sistema de inspección del trabajo y prever una formación específica en ese campo.

Para más informaciones sobre los programas y los objetivos nacionales en materia de trabajo infantil, véase la copia adjunta del informe sobre el Seminario de política nacional y sensibilización en materia de trabajo infantil organizado en noviembre de 1998.

El Gobierno acoge con agrado el programa de asistencia OIT/IPEC que tiene por objeto realizar las actividades mencionadas, entre las cuales figura un seminario nacional para evaluar el cumplimiento de los objetivos, las estrategias y los planes de acción nacionales relativos al trabajo infantil, así como las medidas destinadas a mitigar la pobreza y lograr la eliminación progresiva del trabajo infantil en el país.

Las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores a quienes se ha transmitido
una copia de la memoria

Una copia de esta memoria ha sido enviada a:

— la Asociación Consultiva de Empleadores de Nigeria (NECA); y

    • el Congreso del Trabajo de Nigeria (NLC).

Indice

Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.