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La abolición efectiva del trabajo infantil

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Trinidad y Tabago

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

El país está haciendo todos los esfuerzos posibles para completar la memoria sobre el trabajo infantil y así cumplir con sus obligaciones en materia de presentación de informes a la OIT. Además, cabe señalar los esfuerzos que realiza con miras a la ratificación del Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), el último de los convenios fundamentales que queda por ratificar a este país.

El comité tripartito 144 ha examinado detalladamente ese Convenio y ha recomendado su ratificación al Ministro de Trabajo y Cooperativas.

El Ministro a su vez presentó esa recomendación al Parlamento, que es la autoridad competente del país. Tras su aceptación por el Parlamento, se presentó una propuesta de ratificación a la OIT. Sin embargo, dado que dicha propuesta no contenía una declaración categórica relativa a la edad mínima de admisión al empleo, la ratificación no fue aceptada por la OIT.

Trinidad y Tabago por intermedio del Ministro del Trabajo y Cooperativas lleva a cabo actualmente los procedimientos administrativos necesarios para que el país declare la edad mínima de admisión al empleo de 16 años, cumpliendo así con los requisitos de la OIT en materia de ratificación.

El país se ha comprometido con los objetivos de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y por lo tanto da atención prioritaria a las cuestiones de ese ámbito.

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Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.