La relación entre la Confederación
del Trabajo de Viet Nam (VGCL) y el Gobierno se rige por la Constitución
y la constitución de la VGCL. Todos los sindicatos han de
estar afiliados a la VGCL. La sección local de la VGCL ha
de aprobar todo sindicato constituido por los mismos trabajadores.
No hay sindicatos independientes. La legislación exige que
un sindicato consiga una autorización previa de las autoridades
antes de poder constituirse. El Código de Trabajo de Viet
Nam (1995) faculta las secciones regionales de la VGCL para constituir
un sindicato dentro de un plazo de seis meses en todas las empresas
y empresas nuevas sin organización sindical.
El Código dispone el reconocimiento de los
sindicatos y de la negociación colectiva y prohíbe
los actos de discriminación antisindical. Si bien se han
firmado algunos convenios colectivos, el alcance y contenido de
estos últimos es limitado.
El Código reconoce a los trabajadores derechos
restringidos de huelga. Las huelgas se prohibían anteriormente,
pero el crecimiento del sector privado en los últimos años
ha conducido a tolerar huelgas pacíficas en empresas de propiedad
extranjera. Las huelgas sólo pueden declararse después
de haberse seguido las varias fases de un procedimiento muy largo.
La VGCL no inicia huelgas pero a menudo interviene para tratar de
terminarlas.
La mayor parte de las huelgas sino todas son ilícitas.
El incumplimiento del Código de Trabajo ha sido la causa
de muchas huelgas espontáneas, particularmente en los sectores
del textil y del calzado. También existen conflictos por
motivo de impago de salarios o demoras en este pago, reivindicaciones
salariales, rescisión de contratos, malas condiciones de
trabajo, despidos ilícitos, jornadas excesivamente largas
o abusos o humillaciones que sufren los trabajadores por parte de
supervisores extranjeros. En 1998 el aumento de los despidos debido
a la crisis económica regional motivó huelgas de indemnización.
El Gobierno acusó a las empresas extranjeras
de este desasosiego social y declaró que investigaciones
realizadas por el Ministerio de Trabajo mostraban que conflictos
tácitos de trabajo se registraban en pequeñas empresas
que eran propiedad o propiedad parcial de empresas de [... países
extranjeros designados por su nombre en tanto que responsables de
un alto porcentaje de huelgas].
Las huelgas se prohíben en empresas que
el Gobierno define como empresas de utilidad pública o empresas
esenciales para la economía nacional o la seguridad y la
defensa. En 1996, las huelgas se prohibieron en 54 sectores profesionales
y empresas "clave"; los sectores en los que no puede haber
huelgas comprenden el agua, la producción de electricidad,
correos y telecomunicaciones, transportes públicos, transportes
aéreos y marítimos, bancos, obras públicas,
industria del petróleo y del gas, y defensa nacional y seguridad.
El Primer Ministro puede suspender o terminar una
huelga que se considera como una amenaza para la economía
o la seguridad pública.
El código se aplica en seis zonas de producción
para la exportación que ocupan a más de 260.000 trabajadores.
Los inversores son principalmente asiáticos, pero también
franceses y estadounidenses.
[Este comentario reviste aquí la forma de
una reclamación y se refiere al trato de la gente de mar
pero no guarda una relación directa con la libertad sindical
o la negociación colectiva.]