Nigeria Medios de apreciación de la situación Evaluación del marco institucional El principio de la eliminación de la discriminación en materia de empleo y de ocupación se reconoce en el artículo 42 de la Constitución de la República Federal de Nigeria, que prohíbe toda discriminación basada en motivos de comunidad específica, grupo étnico, lugar de origen, sexo, religión u opinión política. El artículo 42 de la Constitución prohíbe diferentes tipos de discriminación. Ninguna persona o categoría de persona, categoría de empleo o de sector se excluye u omite de la aplicación del principio y derecho relativo a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. La aplicación del principio de la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación se aplica y se protege mediante la Comisión de Derechos Humanos, los Tribunales Civiles y la Inspección del Trabajo. Evaluación de la situación en la práctica No existen indicadores o estadísticas disponibles. Los esfuerzos desplegados o previstos con miras al respeto, La Inspección del Trabajo promueve la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. El Gobierno no ha tomado ninguna medida específica en relación con la discriminación en materia de empleo y ocupación. No obstante, el artículo 27 de la parte II del proyecto de política nacional del empleo (copia no adjunta) prevé la protección de los derechos humanos fundamentales, así como de los intereses de los trabajadores, dentro de los cuales figura el principio de no discriminación y de igualdad de oportunidades y trato. Además, se ha pedido asistencia a la OIT en materia de sensibilización y formación de los funcionarios del Ministerio de Trabajo, así como la creación de puntos focales en materia de género, tanto para el sector público como para el sector privado. Uno de los objetivos del programa para el país es la creación de un proyecto global en materia de género. El experto en materia de normas internacionales del trabajo hizo varias exposiciones sobre la Declaración y su seguimiento. El UNICEF ha organizado, en colaboración con el Ministerio Federal de la Mujer y del Desarrollo de la Juventud, un seminario sobre sensibilización e promoción de las cuestiones de género, en junio de 1999. Habría que realizar una encuesta sobre cuestiones relacionadas con la discriminación en el lugar de trabajo en el plano nacional a fin de tratar las siguientes cuestiones: a) estadísticas sobre prácticas discriminatorias; b) análisis de datos y determinación de eventuales problemas relacionados con la discriminación, tomando en cuenta el sistema jurídico; c) recomendaciones sobre formas específicas de promover la eliminación de discriminaciones eventuales. Esta encuesta, junto con las recomendaciones que contenga, será examinada en un seminario tripartito nacional en el que participarán otros organismos importantes (ONG, copartícipes, etc.) con el propósito de elaborar una estrategia nacional para la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. Esta tarea debería permitir la definición de: — un plan de acción; — metas; — objetivos; — un calendario; — resultados; — una evaluación; — un seguimiento. El Gobierno acoge con agrado la asistencia brindada por la OIT que tiene por objeto la realización de las actividades mencionadas. Las organizaciones representativas de empleadores Se ha enviado copia de esta memoria a: — la Asociación Consultiva de Empleadores de Nigeria (NECA); — el Congreso del Trabajo de Nigeria (NLC); Anexos (no reproducidos) — Extractos de la Constitución Nacional. — Proyecto de política nacional del empleo. |
Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.