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La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación

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Uganda

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

El principio de la eliminación de la discriminación en materia de empleo y de ocupación está reconocido por Uganda.

Aunque Uganda no ha ratificado todavía los convenios de la OIT núms. 100 y 111, sí es signataria de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y ha ratificado el Convenio de la OIT sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159).

Al mismo tiempo, el principio antes citado ha sido reconocido en la Constitución nacional de 1995. En su parte XIV, Objetivos sociales y económicos de carácter general, se declara que el Estado tendrá la obligación de garantizar las derechos fundamentales de todos los ciudadanos de Uganda en materia de justicia social y desarrollo económico, y de velar en particular por que:

— todos los esfuerzos en el plano del desarrollo se orienten a lograr un máximo bienestar social y económico de toda la población;

— todos los ciudadanos de Uganda ejerzan los derechos y oportunidades de acceso a la educación, atención sanitaria, abastecimiento de agua potable inocua, trabajo, vivienda decente y condiciones adecuadas de vestuario, alimentación, pensiones y prestaciones de jubilación.

Por otra parte, el artículo 21 de la Constitución estipula también la igualdad de oportunidades y la protección contra la discriminación. Estas materias incumben enteramente a la responsabilidad del Ministerio de Asuntos de Género, Trabajo y Desarrollo Social.

También se ha establecido una política nacional de género, con el objeto de velar por que las cuestiones de igualdad entre hombres y mujeres figuren en todos los aspectos de la planificación y el desarrollo nacionales.

Los grupos vulnerables, como las mujeres, las personas con discapacidades y los jóvenes, están representados en el Parlamento. En los comités locales también participan representantes de las mujeres y los jóvenes, los que defienden sus intereses a nivel comunitario.

En la definición del concepto de discriminación han quedado comprendidas todas las prácticas discriminatorias descritas en el Convenio sobre la discriminación, (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111).

A pesar de que la Constitución nacional reconoce el principio amplio de no discriminación, la legislación laboral actual, concretamente el decreto sobre el empleo, núm. 4, de 1975, no se aplica al sector informal y a los trabajadores del servicio doméstico, sectores en que se concentra la mayoría de las mujeres y los jóvenes que trabajan. No obstante, se ha emprendido un proceso de revisión de la legislación laboral en lo relativo al empleo, con el fin de ampliar su ámbito de cobertura e incluir materias específicas relativas al acoso sexual y a los trabajadores migrantes.

Como se ha indicado más arriba, el sector informal está por ahora excluido del ámbito de aplicación de la legislación. El trabajo clandestino de las mujeres está prohibido en virtud del decreto sobre el empleo. Ahora bien, cabe señalar que las mujeres se apartan por propia iniciativa de determinadas actividades profesionales, movidas por la presión de las tradiciones y los valores culturales de la sociedad.

Evaluación de la situación en la práctica

Los datos estadísticos y otras informaciones sobre las profesiones, remuneraciones, promoción, prestaciones suplementarias, formación profesional y lesiones profesionales de las mujeres, así como los datos procedentes de los establecimientos de enseñanza y de formación profesional, dan algunas indicaciones que permiten evaluar la situación. Desgraciadamente, el volumen disponible de estos datos no desglosados es por ahora muy limitado.

Se sabe que más del 50 por ciento de la población ugandesa es de sexo femenino. Más del 80 por ciento de las trabajadoras se encuentran en la categoría de trabajadores agrícolas, que todavía no está plenamente amparada por la legislación.

En los sectores público y privado, la mayoría de las mujeres sigue ocupando puestos de responsabilidad inferior, como, por ejemplo, los servicios de secretaría y de empleadas de oficina.

Las mujeres constituyen también una proporción importante del personal de los servicios de atención sanitaria. En este campo, no se deben ignorar los riesgos que para la seguridad y la salud de los trabajadores entrañan las exposiciones a rayos X y a diversos productos de desecho. Existen pruebas fehacientes de que entre el personal sanitario femenino está aumentando la contaminación por VIH/SIDA, que ocurre en el marco de manipulaciones profesionales no protegidas.

Los esfuerzos desplegados o previstos con miras al respeto,
la promoción y la realización de esos principios y derechos

El Gobierno ha creado organismos como la Comisión de Derechos Humanos, encargados de velar por que la población ejerza equitativamente sus derechos, así como de investigar, por su propia iniciativa o dando curso a quejas formuladas por personas o por grupos, situaciones relacionadas con la violación de cualesquiera de los derechos humanos.

Se ha previsto la constitución de un nuevo organismo, la Comisión sobre Igualdad de Oportunidades, dependiente del Ministerio de Asuntos de Género, Trabajo y Desarrollo Social, que estará encargada de resolver los problemas que afectan a todos los grupos vulnerables.

El Gobierno ha establecido un programa de fomento de la educación primaria universal, aplicable en principio a un máximo de 4 niños por familia, cuyo objetivo es promover la igualdad de oportunidades en la enseñanza y garantizar ulteriormente la formación profesional y el empleo tanto de las niñas como de los varones.

Los planes de acción positiva en la educación superior, los institutos de formación profesional y en especial en la Universidad forman parte de los esfuerzos constantes que el Gobierno despliega para reducir la discriminación en la enseñanza y, ulteriormente, en el empleo.

También se han desarrollado muchas actividades en el campo de la promoción y la sensibilización sobre la cuestión de la discriminación, mediante la realización de cursillos y campañas de divulgación en los medios de comunicación.

En otro nivel, se han logrado algunos resultados interesantes en actividades de fomento de la autoayuda y de la participación popular a nivel comunitario.

La OIT ha prestado asistencia a Uganda para la formulación de una política nacional del empleo, de carácter global, que comprende entre sus muchos aspectos la promoción del empleo de los grupos vulnerables.

En relación con la revisión de la legislación del trabajo, han visitado Uganda varias misiones de la OIT. Uganda ha podido participar también en programas de formación realizados en Turín (Italia) y en el Centro Regional Africano de Administración del Trabajo (ARLAC). En lo inmediato, se ha previsto que Kampala acoja, el año 2000, un cursillo subregional de la OIT sobre igualdad de oportunidades.

Algunas ONG, como FIDA (asociación de juristas de sexo femenino), la Unión Nacional de Personas Discapacitadas de Uganda, el Consejo Nacional de Mujeres y la Asociación de Trabajadoras Ugandesas de los Medios de Comunicación, están realizando también un considerable trabajo en colaboración con las autoridades.

Como se señaló más arriba, los objetivos del Gobierno consisten en promover el ejercicio equitativo de los derechos y oportunidades, en particular en materia de educación, servicios sanitarios, suministro de agua potable e inocua, trabajo, vivienda decente y condiciones adecuadas de vestuario, seguridad de la alimentación, pensiones y prestaciones de jubilación.

Se necesita la participación activa de todos los interlocutores más influyentes en la formulación de políticas y elaboración de programas. Es preciso modificar algunas disposiciones legales, sobre todo en el ámbito de la legislación laboral, para hacerlas concordar con las disposiciones de la Constitución nacional y con el principio de la no discriminación (Convenios núms. 100 y 111).

Es urgente realizar estudios que permitan disponer de datos precisos y de gran fiabilidad con el fin de evaluar la situación en la práctica, elaborar indicadores y determinar qué grupos específicos de la población se encuentran en dificultades.

También se necesita desarrollar una mayor colaboración con las ONG y fortalecer la capacidad de los interlocutores sociales, a fin de que representen y promuevan adecuadamente los intereses de los grupos afectados.

Hay que establecer un sistema de control eficaz, especialmente en el ámbito de la inspección del trabajo, a fin de obtener informes periódicos sobre los avances de la aplicación de las distintas medidas previstas por las autoridades. Paralelamente, debe asegurarse la capacitación de los funcionarios de los servicios de inspección del trabajo en técnicas de acopio de datos desglosados y de análisis de los mismos.

Las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores a quienes se ha transmitido
una copia de la memoria

Se ha remitido copia de esta memoria a la Federación de Empleadores de Uganda (FUE) y a la Organización Nacional de Sindicatos (NOTU).

Observaciones recibidas de organizaciones
de empleadores y de trabajadores

Se remitirán a la OIT todas las observaciones que formulen estas organizaciones, tan pronto las hagan llegar a las autoridades.

Indice

Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 8 de mayo de 2000.