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La eliminación de todas las formas
de trabajo forzoso u obligatorio

indice

Ucrania

Medios de apreciación de la situación

Evaluación del marco institucional

En el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105) se estipula que todo Miembro de la Oficina Internacional del Trabajo que lo ratifique se obliga a suprimir y no hacer uso de ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio:

a) como medio de coerción política o de educación o como castigo por tener o expresar determinadas opiniones políticas o por manifestar oposición ideológica al orden político, social o económico establecido;

b) como método de movilización y utilización de la mano de obra con fines de fomento económico;

c) como medida de disciplina en el trabajo;

d) como castigo por haber participado en huelgas;

e) como medida de discriminación racial, social, nacional o religiosa.

Este principio está reconocido en Ucrania en virtud de las disposiciones siguientes:

El artículo 43, parte 3 de la Constitución de Ucrania prohíbe la utilización del trabajo forzoso.

En el artículo 2 del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) de la OIT se define el trabajo forzoso u obligatorio como todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

En la Constitución de Ucrania se prohíbe recurrir al trabajo forzoso.

El Gobierno hace referencia al párrafo 2 del artículo 2 del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) en relación con los trabajos o servicios que no están comprendidos en la definición del término trabajo forzoso u obligatorio. Con respecto a las categorías de empleos o trabajos excluidos, véase la respuesta anterior.

Evaluación de la situación en la práctica

No se dispone de indicadores o estadísticas al respecto.

Las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores a quienes se ha transmitido
una copia de la memoria

El texto de la memoria fue transmitido a la Federación de Sindicatos de Ucrania y a la Federación de Industriales y Empresarios de Ucrania para su aprobación.

Observaciones recibidas de organizaciones
de empleadores y de trabajadores

Las observaciones y propuestas de esas organizaciones se tuvieron en cuenta en la redacción final de la memoria y se examinarán también en el marco de la futura labor del Gobierno.

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Creada por CG. Aprobada por NdW. Última actualización: 7 de mayo de 2000.