Artículo 51. Se prohíbe al patrón pagar a otra persona el salario de un niño empleado. Se prohíbe al patrón exigir o aceptar de un niño empleado, dinero como garantía con cualquier propósito. Si un patrón, un niño empleado, uno de los padres o el tutor del niño empleado pagara o aceptara dinero o cualquier beneficio remunerativo por adelantado antes de iniciar el empleo, a comienzo del mismo, o previo a la etapa de pago de los salarios del niño empleado en cada ocasión, dicho dinero o beneficio no se considerará un pago, ni el cobro del salario de ese niño empleado y se prohibirá al patrón descontar dicho beneficio remunerativo del sueldo que resulte pagadero al niño empleado conforme a la fecha de pago.

[Tailandia, Ley de Protección en el Trabajo, 1998]

 

Artículo 58. Ni los padres ni el tutor podrán celebrar un contrato de trabajo en representación del menor.
...
(2). Los padres, el tutor, o la oficina administrativa podrán eventualmente cancelar un contrato si consideran que el mismo no es ventajoso para el menor.

Artículo 59. El menor podrá convenir su salario en forma independiente. Ni los padres ni el tutor podrán cobrar, en nombre del menor, el salario que éste haya ganado.

[Japón, Ley sobre Normas Laborales]