Artículo 51. Se prohíbe al patrón pagar a otra persona
el salario de un niño empleado. Se prohíbe al patrón exigir
o aceptar de un niño empleado, dinero como garantía con cualquier
propósito. Si un patrón, un niño empleado, uno de los padres
o el tutor del niño empleado pagara o aceptara dinero o cualquier beneficio
remunerativo por adelantado antes de iniciar el empleo, a comienzo del mismo,
o previo a la etapa de pago de los salarios del niño empleado en cada
ocasión, dicho dinero o beneficio no se considerará un pago, ni
el cobro del salario de ese niño empleado y se prohibirá al patrón
descontar dicho beneficio remunerativo del sueldo que resulte pagadero al niño
empleado conforme a la fecha de pago.
[Tailandia, Ley de Protección en el Trabajo, 1998]
Artículo 58. Ni los padres ni el tutor podrán celebrar
un contrato de trabajo en representación del menor.
...
(2). Los padres, el tutor, o la oficina administrativa podrán eventualmente
cancelar un contrato si consideran que el mismo no es ventajoso para el menor.
Artículo 59. El menor podrá convenir su salario en forma independiente.
Ni los padres ni el tutor podrán cobrar, en nombre del menor, el salario
que éste haya ganado.
[Japón, Ley
sobre Normas Laborales]