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Colección del Consejo de Administración


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Convenios de la OIT: antecedentes y trabajos preparatorios
(pdf 227 KB)


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(en inglés)


El folleto de la Biblioteca de la OIT
(pdf 144 KB)

El papel de la OIT frente a los nuevos desafíos planetarios (Parte 2: 1999-)
1999

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  1. Documentos claves

Guy Ryder, Director General de la OIT (2012-)

Select to magnify the image «Si no hay empleos suficientes, no puede haber un crecimiento económico sostenible. Si la economía no puede crecer, no puede crear empleos. Esta lógica tan simple no era evidente a los responsables de la formulación de políticas que instauraron la austeridad en Europa. No es el único elemento del malestar económico que enfrentamos, pero es la quintaesencia de todo. »
  1. Biografía de Guy Ryder

Juan Somavia, Director General de la OIT (1999-2012)

Select to magnify the image « El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo será nombrado por el Consejo de Administración, del que recibirá instrucciones y ante el cual será responsable del buen funcionamiento de la Oficina y de la ejecución de cualesquiera otras funciones que pudieren serle confiadas. El Director General o su suplente asistirá a todas las reuniones del Consejo de Administración. » (Artículo 8 de la Constitución de la OIT (pdf 679 KB), art. 394, p. 7).
  1. Biografía de Juan Somavia

Creación de la Agenda de Trabajo Decente

« El objetivo primario de la OIT es hoy promover oportunidades para que mujeres y hombres obtengan trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y respeto de la dignidad humana ». (Juan Somavia, Director General de la OIT).

Iniciada en 1999 por el Director General de la OIT, Juan Somavia, la Agenda de la OIT de Trabajo Decente propone una estrategia de desarrollo que reconoce el papel central del trabajo en la vida de las personas. La Organización presta asistencia a través de programas integrados de trabajo decente, desarrollados a nivel de país, en coordinación con los mandantes de la OIT. Estos programas definen las prioridades y las metas dentro de los marcos de desarrollo nacional y tratan de resolver el gran déficit de trabajo decente a través de programas efectivos que cumplan con cada uno de los cuatro objetivos estratégicos de la OIT :

  • promover y contribuir al cumplimiento de las normas, y los principios y derechos fundamentales en el trabajo ;
  • crear mayores oportunidades para las mujeres y los hombres con el objeto de que dispongan de unos ingresos y empleo decorosos ;
  • realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos ;
  • fortalecer el tripartismo y el diálogo social.
El Director General recordaba en su informe en la 87a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (1999), los retos inherentes a la noción de trabajo decente: « La OIT milita por un trabajo decente. No se trata solamente de crear puestos de trabajo, sino que éstos han de ser de calidad aceptable. No cabe disociar la cantidad de empleos de su calidad. Todas las sociedades tienen sus propias ideas de lo que es un trabajo decente y la calidad del empleo puede tener diferentes acepciones. Puede referirse a distintas formas de trabajo y también a muy diversas condiciones de trabajo, así como a conceptos de valor y satisfacción. Hoy en día, es indispensable crear sistemas económicos y sociales que garanticen el empleo y la seguridad, a la vez que sean capaces de adaptarse a unas circunstancias en rápida evolución, en un mercado mundial muy competitivo ».

El 10 de junio de 2008 en su 97ª reunión, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó la Declaración de la OIT sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa, que se llevará a la práctica en el marco de la Agenda de Trabajo Decente y sus cuatro objetivos estratégicos.

Convenio (n°182) Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999

« Este Convenio fundamental define " al niño " como toda persona menor de 18 años de edad. Requiere de los Estados que lo ratifiquen la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, incluidas todas las formas de esclavitud o prácticas análogas […] Este Convenio exige que los Estados que lo ratifiquen brinden la asistencia directa y adecuada para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y para su rehabilitación e integración social. Asimismo, establece que los Estados deberán garantizar el acceso gratuito a la educación básica, y, siempre que sea posible, a la formación profesional a los niños que hayan sido librados de las peores formas de trabajo infantil ». (Ver. Las Reglas del Juego, Una Breve Introducción a las Normas Internacionales del Trabajo (pdf 1,5 MB), p. 30).

En junio de 1994, durante la 81a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se produce claramente un consenso entre los mandantes de la OIT a favor de una mayor promoción de los derechos sociales fundamentales. La Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, organizada en Copenhague en marzo de 1995, reforzaba los esfuerzos de la OIT invitando a los gobiernos a proteger y promover el " respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores ". Es en este contexto internacional favorable que la Organización califica de " fundamentales " los convenios que tratan asuntos considerados como principios y derechos fundamentales en el trabajo ". El 25 de mayo de 1995, el Director General de la OIT, Michel Hansenne, dirige una carta a los Estados Miembros a fin de obtener la ratificación universal de estos convenios fundamentales (7 en ese entonces). La Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (pdf 80 KB) (1998), instrumento promocional específico creado para reforzar la aplicación de los principios de derecho fundamentales para la justicia social, contribuye en gran medida al impulso de la campaña de ratificación.

En 2008, el Director General de la OIT, Juan Somavia, recordó la necesidad de acelerar la ratificación de los convenios fundamentales y propuso como objetivo su ratificación universal de aquí al año 2015. (Ver. Ratificación y Promoción de los Convenios Fundamentales de la OIT (pdf 209 KB), p. 1)

Actualmente existen 8 convenios fundamentales :
  1. Convenio (n°29) sobre el trabajo forzoso, 1930 (pdf 51 KB)
  2. Convenio (n°87) sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (pdf 36 KB)
  3. Convenio (n°98) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (pdf 31 KB)
  4. Convenio (n°100) sobre igualdad de remuneración, 1951 (pdf 32 KB)
  5. Convenio (n°105) sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (pdf 28 KB)
  6. Convenio (n°111) sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (pdf 31 KB)
  7. Convenio (n°138) sobre la edad mínima, 1973 (pdf 41 KB)
  8. Convenio (n°182) sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (pdf 33 KB)

  1. 1999-:
    El papel de la OIT frente a los nuevos desafíos planetarios (Parte 2: 1999-)
    1. 1999
    2. 2000
    3. 2001
    4. 2002
    5. 2003
    6. 2006
    7. 2008
  2. 1919-1939
  3. 1940-1945
  4. 1946-1959
  5. 1960-1988
  6. 1989-1998


El Proyecto del Centenario de la OIT


ILO Century Project Timeline

(en inglés)

La

Video: La OIT y la búsqueda de la Justicia Social

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Última actualización: 23.02.2015 ^ top