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Las actividades de la OIT en el Mundo después de 1945 (Parte 1: 1946-1959)
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Extensión de los Programas de Cooperación Técnica de la OITLa cooperación técnica, al igual que la aplicación de las normas internacionales del trabajo y las actividades de investigación, constituye una misión fundamental de la OIT inscrita en el seno de su Constitución.
Desde el inicio de los años 30, la asistencia técnica de la OIT consistió en enviar misiones consultativas a los países que deseaban recibir asesoría para la aplicación de las normas. Posteriormente la acción desarrollada, a partir de 1949, en el marco del Programa Ampliado de Asistencia Técnica de las Naciones Unidas (PEAT), se vuelve sistemática. Dicha acción se organizó en torno a ciclos de proyectos, divididos en 5 grandes etapas: identificación, preparación, examen preliminar, ejecución y evaluación. Concretamente, la asistencia técnica proporcionada por la OIT a los Estados Miembros se articuló en base a la puesta a disposición de expertos y de equipamiento y a la creación de programas de formación profesional. En 1960, durante la primera Conferencia Regional Africana, el concepto de asistencia fue oficialmente reemplazado por el de cooperación técnica. La Cooperación técnica, actividad de suma importancia en la historia de la OIT, no puede concebirse separadamente de las Normas Internacionales del Trabajo establecidas por la Organización. La verdadera sinergia que existe entre las dos confiere toda su coherencia a la acción de la OIT : " La verdadera naturaleza de la relación que existe entre la cooperación técnica y las normas surge naturalmente del examen de esas obligaciones recíprocas: los Estados Miembros ayudan a la Organización a cumplir su programa participando activamente en sus actividades normativas; la Organización secunda, mediante programas prácticos, los esfuerzos de los Estados encaminados a alcanzar esos mismos objetivos[…] Para lograr esta sinergia, la OIT y sus Estados Miembros deben trabajar como socios. Esta asociación requiere de una definición común de objetivos específicos y un compromiso mutuo en cuanto a los principios que deben respetarse. Requiere, sobre todo, mantener un diálogo constante entre la OIT y sus mandantes tripartitos ". (Ver. Normas Internacionales del Trabajo y Cooperación Técnica (pdf 2,5 MB), p. 5-17). Así pues, la cooperación técnica constituye una de las herramientas esenciales de la aplicación concreta de los principios y derechos fundamentales en el trabajo. En el año 1996, la creación del Programa de las Naciones Unidas Para el Desarrollo (PNUD), en reemplazo del PEAT y del Fondo Especial Para el Desarrollo (SUNFED, creado en 1958), da un nuevo impulso a las actividades de cooperación técnica. Desde el inicio, las instituciones especializadas de la ONU se encargaron de poner en marcha los diferentes proyectos que se inscribían dentro de esa red mundial de desarrollo. En virtud de esta división de tareas, es que se le atribuyó lógicamente a la OIT el campo del trabajo. Convenio (n°98) Sobre el Derecho de Organización y de Negociación Colectiva, 1949« Este Convenio fundamental establece el derecho de los trabajadores y los empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas sin autorización previa. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de organizarse libremente, no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa, y tienen derecho de constituir federaciones y confederaciones, así como el de afiliarse a las mismas. Estas pueden afiliarse a su vez, a organizaciones internacionales de trabajadores y empleadores ». (Ver. Las Reglas del Juego, una Breve Introducción a las Normas Internacionales del Trabajo (pdf 1,5 MB), p. 24).
En junio de 1994, durante la 81a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se produce claramente un consenso entre los mandantes de la OIT a favor de una mayor promoción de los derechos sociales fundamentales. La Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, organizada en Copenhague en marzo de 1995, reforzaba los esfuerzos de la OIT invitando a los gobiernos a proteger y promover el " respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores ". Es en este contexto internacional favorable que la Organización califica de " fundamentales " los convenios que tratan asuntos considerados como principios y derechos fundamentales en el trabajo ". El 25 de mayo de 1995, el Director General de la OIT, Michel Hansenne, dirige una carta a los Estados Miembros a fin de obtener la ratificación universal de estos convenios fundamentales (7 en ese entonces). La Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (pdf 80 KB) (1998), instrumento promocional específico creado para reforzar la aplicación de los principios de derecho fundamentales para la justicia social, contribuye en gran medida al impulso de la campaña de ratificación. En 2008, el Director General de la OIT, Juan Somavia, recordó la necesidad de acelerar la ratificación de los convenios fundamentales y propuso como objetivo su ratificación universal de aquí al año 2015. (Ver. Ratificación y Promoción de los Convenios Fundamentales de la OIT (pdf 209 KB), p. 1) Actualmente existen 8 convenios fundamentales :
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Última actualización: 23.02.2015 | ^ top |