El instrumento de enmienda a la
Constitución de la OIT (pdf 143 KB) fue adoptado el 24 de junio de 1986 en la 72ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en el contexto del 75 º aniversario de la OIT y el 50 º aniversario de la Declaración de Filadelfia.
Hasta la fecha este instrumento no ha entrado en vigor. Entrará en vigor cuando haya sido ratificado o aceptado por dos tercios de los
Estados Miembros de la Organización, incluidos 5 de los 10 Estados Miembros de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Francia, India, Italia, Japón, Federación de Rusia, Reino Unido y Estados Unidos).
Esta enmienda constitucional, que prevé cambios en el contenido de 11 artículos sobre 40 de la Constitución, abarca varios aspectos importantes de la estructura y el funcionamiento de la OIT. Se refiere más concretamente a cuatro grandes áreas:
- a composición y la gestión del Consejo de Administración de la OIT ;
- el procedimiento de nombramiento del Director General de la OIT ;
- el modo de escrutinio en la Conferencia Internacional del Trabajo ;
- las normas que rigen la forma en que la Constitución podría ser modificada.